23º Juzgado Civil de Santiago

BANCO SECURITY/VALDÉS

Rol

C-10096-2020

Fecha

13 de diciembre de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: A folio N 1 comparece ° Jos Ignacio M rquez Espinosa, Abogado, ené á representaci n convencional de ó Banco Security, persona jur dica del giroí de su denominaci n representada legalmente por don Bonifacio Bilbaoó Hormaeche, Ingeniero Comercial todos domiciliados para estos efectos en calle Estado N 57, oficina N 501, comuna y ciudad de Santiago° ° , quien interpone demanda ejecutiva en contra de German Vald s Corral, é ignora profesi n u oficio, domiciliado en El Solar N 8087, departamento N 21,ó ° ° comuna de Pe alol n, ciudad de Santiago.ñ é A folio N 12 consta el estampado receptorial de 12 de agosto de° 2020, que da cuenta de la notificaci n personal subsidiaria de la demanda. ó A folio N 13 comparece el ejecutado, ° quien opuso a la ejecuci n lasó siguientes excepciones a saber, la del N 11 del art culo 464 del C digo de° í ó Procedimiento Civil, esto es, la concesi n de esperas o la pr rroga del“ ó ó plazo , y la contemplada en el N 7 del mismo art culo, esto es, la falta de” ° í “ alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n alí ó demandado .” A folio N 17 se tuvieron por opuestas las excepciones, confiri ndose° é traslado. A folio N 18 el ejecutante evacu el traslado conferido, solicitando el° ó rechazo de las excepciones opuestas. C-10096-2020 Foja: 1 A folio N 19 se tuvo por evacuado el traslado, ° se declararon admisibles las excepciones opuestas a la ejecuci n y se las recibi a prueba,ó ó fij ndose los hechos substanciales, pertinentes y controvertidos, sobre losá cuales debi rendirse. Resoluci n que consta notificada a ambos apoderadosó ó a folios N 22 y N 23.° ° A folio N 29 se dispuso la reactivaci n del t rmino probatorio, de° ó é conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley N 21.379.° A folio N 33 se cit a las partes para o r sentencia.° ó í Y

Fundamentos

Considerando: Primero: Que Jos Ignacio M rquez Espinosa, en representaci né á ó convencional de Banco Security, representada legalmente por Bonifacio Bilbao Hormaeche, interpone demanda ejecutiva en contra de German Vald s Corral.é Expuso que su representada es due o del pagar N 603712 a suñ é º orden, que acompa y suscrito el 20 de diciembre del 2019, cuyo valorñó inicial de $56.587.677.- se dividi en 72 cuotas mensuales, iguales yó sucesivas de $1.102.772.-, en las que se encuentran comprendidos los intereses de 0,99% mensual, con vencimiento los d as 05 de cada mes, aí contar del mes de febrero del 2020. El demandado no ha pagado la cuota n mero 3, con vencimiento aú partir del 05 de marzo del 2020, y todas las siguientes, raz n por la cual yó de acuerdo a lo estipulado viene en hacer exigible el total de la obligaci nó insoluta, la que asciende a $55.015.730.- por concepto de capital, m s losá intereses correspondientes, hasta la fecha de pago efectivo. A adi que el pagare fue suscrito por el demandado, su firma señ ó encuentra debidamente autorizada ante Notario P blico competente, por loú cual conforme prescribe el articulo 434 numeral cuarto del C digo deó Procedimiento Civil, el instrumento tiene m rito ejecutivo toda vez que laé obligaci n es l quida, actualmente exigible y su acci n no se encuentraó í ó prescrita. Previas citas legales solicit tener por interpuesta demanda ejecutivaó en contra de German Vald s Corral, ya individualizado, ordenar seé despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la sumaó C-10096-2020 Foja: 1 de $55.015.730.- por concepto de capital m s intereses convencionales hastaá la fecha de vencimiento los que deben capitalizarse, e intereses penales a contar de esta ltima fecha, hasta el d a de pago total de lo adeudadoú í calculado sobre el total del capital adeudado m s los intereses capitalizados;á ordenado se siga adelante con la ejecuci n hasta hacerse entero y cumplidoó pago de todo lo adeudado, con costas. Segundo: Que respecto de la primera excepci n opuesta- concesi nó ó de esperas o la pr rroga del plazo- el ejecutado sostuvo acordaron con laó demandante, a trav s de su ejecutivo Hern n Collinao Lefihuala, del reaé á á de normalizaci n de la demandante que se renegociar a la deudaó í correspondiente al pagare que se cobra en estos autos, incluso con descuento de intereses, ya que el banco estaba en absoluto conocimiento de la situaci n de la dif cil situaci n econ mica de su empresa conó í ó ó posterioridad al estallido social de fines del mes de Octubre de 2019, que fue ajena absolutamente a su voluntad.- Le propusieron una f rmula de pago a largo plazo, que significabaó en definitiva pagar una deuda de un monto superior en un 100% al valor original de la misma, la cual, obviamente no acept . ó En vista de lo anterior el ejecutivo qued de proponerle una nuevaó f rmula de pago, con bajos intereses, acordando que en el intertanto eló banco quedar a en espera del t rmino de la negociaci n

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas a la ejecuci n y se las recibi a prueba,ó ó fij ndose los hechos substanciales, pertinentes y controvertidos, sobre losá cuales debi rendirse. Resoluci n que consta notificada a ambos apoderadosó ó a folios N 22 y N 23.° ° A folio N 29 se dispuso la reactivaci n del t rmino probatorio, de° ó é conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley N 21.379.° A folio N 33 se cit a las partes para o r sentencia.° ó í Y Considerando: Primero: Que Jos Ignacio M rquez Espinosa, en representaci né á ó convencional de Banco Security, representada legalmente por Bonifacio Bilbao Hormaeche, interpone demanda ejecutiva en contra de German Vald s Corral.é Expuso que su representada es due o del pagar N 603712 a suñ é º orden, que acompa y suscrito el 20 de diciembre del 2019, cuyo valorñó inicial de $56.587.677.- se dividi en 72 cuotas mensuales, iguales yó sucesivas de $1.102.772.-, en las que se encuentran comprendidos los intereses de 0,99% mensual, con vencimiento los d as 05 de cada mes, aí contar del mes de febrero del 2020. El demandado no ha pagado la cuota n mero 3, con vencimiento aú partir del 05 de marzo del 2020, y todas las siguientes, raz n por la cual yó de acuerdo a lo estipulado viene en hacer exigible el total de la obligaci nó insoluta, la que asciende a $55.015.730.- por concepto de capital, m s losá intereses correspondientes, hasta la fecha de pago efectivo. A adi que el pagare fue suscrito por el demandado, su f

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C-10096-2020 Foja: 1 FOJA: 39 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-10096-2020 CARATULADO : BANCO SECURITY/VALD SÉ Santiago, trece de Diciembre de dos mil veintiuno. Visto: A folio N 1 comparece ° Jos Ignacio M rquez Espinosa, Abogado, ené á representaci n convencional de ó Banco Security, persona jur dica del giroí de su denominaci n representad

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