BARRAZA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA
Rol
C-2886-2021
Fecha
13 de diciembre de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Se ha iniciado este proceso rol N 2886-2021 sobre declaraci n de prescripci n extintiva de° ó ó acci n de cobro de acci n de derechos de aseo, por demanda interpuesta por do a ó ó ñ Susana de las Mercedes Barraza Olmos, empleada, domiciliada en Av. Paz N 8454, comuna de La Cisterna,° contra la Ilustre Municipalidad de La Cisterna, persona jur dica de derecho p blico del giro deí ú su denominaci n, representada legalmente por su alcalde don Joel Andr s Olmos Espinoza,ó é ingeniero civil industrial, ambos domiciliados para estos efectos en calle Pedro Aguirre Cerda N° 0161, La Cisterna, a fin de que se declare la prescripci n extintiva de las acciones de cobro de losó derechos de aseo, devengados y con vencimiento de pago entre el 31 de mayo de 2008 y el 30 de junio de 2016, que gravan el predio inscrito a su nombre a fojas 14.658, N 13.574, a o 2018, del° ñ Registro de propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel, que le sirve de domicilio,í cuotas seg n detalle que indica en su libelo.ú Funda su solicitud en lo previsto en los art culos 2492, 2493, 2497, 2514, y 2515 inciso 1 delí ° C digo Civil; y pide la declaraci n de prescripci n ordinaria de la acci n de cobro de los derechosó ó ó ó de aseo municipal, correspondientes al periodo que va desde el 31 de mayo del 2008 hasta el 30 de junio del 2016, por la suma de $1.720.583.-, con expresa condena en costas para el caso de oposici n. ó A folio 10 se dio curso a la demanda. A folio 20, atenta comparecencia de la demandada de 13 de noviembre de 2021, folio 18, se la tuvo por notificada de la acci n dirigida en su contra, a la fecha indicada y, acorde a igualó presentaci n, se tuvo por contestada la demanda y por allanada a la misma.ó A folio 22, conforme a lo previsto en el art culo 313 del C digo de Procedimiento Civil, seí ó cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
Considerando : Primero: Que comparece a estrados do a Susana de las Mercedes Barraza Olmosñ interponiendo acci n de cobro de acci n de derechos de aseo en contra de la Ilustre Municipalidadó ó de La Cisterna, debidamente representada, por los fundamentos y con las peticiones referidas en lo expositivo de este fallo. Segundo: Que la demandada, notificada legalmente de la demanda dirigida en su contra, la contest allan ndose a los hechos en ella expuestos, seg n se ha indicado ya en lo expositivo.ó á ú Tercero: Que de acuerdo a la previsto en el art culo 1698 del C digo Civil, incumbe probarí ó las obligaciones o su extinci n al que alega aqu llas o sta.ó é é Cuarto: Que la parte demandante para acreditar los fundamentos de su demanda acompa , en forma legal y sin objeci n de la contraria, informe de deuda de derechos de aseoñó ó RIT« » Foja: 1 emitido por la Direcci n de Administraci n y Finanzas de la Ilustre Municipalidad de La Cisterna,ó ó el 20 de abril de 2021. Acompa adem s certificado de dominio vigente de fojas 14.658 vta., N 13.574, a o 2018,ñó á ° ñ del Registro de propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel; y certificado deí residencia de do a Susana de las Mercedes Barraza Olmos.ñ Quinto: Que frente a la demanda materia de autos, corresponde siempre a la parte interesada impetrar la prescripci n de deuda por concepto de derechos de aseo, ello porque eló art culo 2493 del C digo Civil se ala que quien quiera aprovecharse de la prescripci n debeí ó ñ ó alegarla, no pudiendo el Juez declararla de oficio. Sexto: Que ante la solicitud de prescripci n extintiva de acciones de cobro efectuada por laó actora, y fundada en un plazo de prescripci n de cinco a os, resulta este plazo aplicable en laó ñ especie en atenci n a que el cobro que se persigue declarar prescrito responde a derechosó municipales de aseo domiciliario, que se rige por la regla general contemplada a prop sito de laó prescripci n de las acciones, que es de cinco a os (art culo 2515 del C digo Civil).ó ñ í ó S ptimoé : Que atentos los fundamentos de la acci n principal, con el m rito del certificadoó é de deuda de derechos de aseo aportado por la actora, legalmente apreciado, y conforme al allanamiento de la demandada expresado en el proceso, se tiene por acreditada tanto la legitimidad activa e inter s de la demandante en la declaraci n que persigue, en la medida que apareceé ó Barraza Olmos Susana De Las Mercedes en calidad de deudora de derechos de aseo de marras,“ ” respecto del predio de Av. Paz 8454 (La Cisterna). De igual modo, y con el mismo documento, acredita la actora la existencia de las deudas materia de autos, a saber, cuotas impagas por concepto de derechos de aseo, las que seg n informeú emitido por la propia municipalidad demandada, se han devengado y tienen vencimiento entre el 31 de mayo de 2008 y el 30 de junio de 2016. Octavo: Que en estas condiciones, acreditada legalmente la existencia de obligaciones pendientes de pego que pesan sobre
Fallo
se declarar la extinci n del derecho de cobro de los reajustes, multas yá ó cualquier recargo que accedan a los derechos de aseo correspondientes al periodo antes referido, atendida precisamente la calidad de accesorios de aqu llos en relaci n a stos.é ó é Noveno: Que no se condenar en costas a la demandada por no mediar oposici n de suá ó parte. Por estas consideraciones y atento, adem s, lo previsto en los art culos 144, 160 y 170 delá í C digo de Procedimiento Civil y 1437, 1698, 2515, 2521 y 2493 del C digo Civil, se declara que:ó ó Se acoge, sin costas, la demanda de prescripci n extintiva interpuesta por ó do a Susana deñ las Mercedes Barraza Olmos, y se declaran extinguidas las acciones de cobro respecto de los derechos de aseo correspondientes a los per odos con í vencimiento entre el 31 de mayo de 2008 y el 30 de junio de 2016, respecto del predio de Av. Paz N 8454, comuna de La° Cisterna; as como tambi n las referentes a los reajustes, multas y dem s que le accedan.í é á RIT« » Foja: 1 Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Dictada por Katherine Campbell Espinosa, juez suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, trece de Diciembre de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horari
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-2886-2021 CARATULADO : BARRAZA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA San Miguel, trece de Diciembre de dos mil veintiuno Vistos: Se ha iniciado este proceso rol N 2886-2021 sobre declaraci n de prescripci n extintiva de° ó ó acci n de cobro de acci n de derechos de aseo, por demanda interpuesta por
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