2º Juzgado Civil de San Miguel

SAN CRISTÓBAL/ÁGUILA

Rol

C-6690-2019

Fecha

13 de diciembre de 2021

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Se ha iniciado este proceso Rol N 6690-2019, sobre t rmino de contrato de arriendo por noº é pago de rentas y acci n subsidiaria de desahucio, por demanda interpuesta por do a ó ñ Cecilia Ver nica San Crist bal Herreraó ó , independiente, domiciliada en Nave Blanca N 1.743, comunaº de La Florida, en contra de do a ñ Cecilia guila MontecinosÁ , ignora profesi n, domiciliada enó Pasaje Urano N 11.222, depto. 32 S, comuna de El Bosque (sic).º Expone que el 3 de enero del a o 2017, celebr con la demandada contrato de arriendo,ñ ó respecto del departamento 32, Block S, ubicado en el predio de Pasaje Urano N 1962, Poblaci nº ó El Almendro II, comuna de El Bosque, por una renta mensual de $70.000, pagadera por anticipado y reajustable en forma convencional, por lo que hoy asciende a $72.685.-; rentas de las que la demandada solo pag cuatro, devengadas en los meses de enero, febrero, marzo y abril deló a o 2017, adeudando al d a de hoy la de los restantes meses, esto es, 25 meses impagos de renta,ñ í por la suma de $2.056.446.- El contrato se pact con vigencia indefinida, a contar del 3 de eneroó de 2017, salvo aviso de t rmino en contra, de los que, dice, su parte ya ha enviado dos, siné resultado. A ade que en cuanto a deudas por servicios b sicos, se adeuda a Aguas Andinas S.A. al 23ñ á de julio de 2019, $391.570.-, y a la compa a de electricidad CGE, al 19 de julio de 2019 la sumañí de $541.900.- Funda su demanda en derecho conforme a lo previsto en los art culos 1489, 1545 y 1915 alí 1977 del C digo Civil; art culos 380,588 al 599, 611, 680 y siguientes del C digo de Procedimientoó í ó Civil; y 1 , 7 , 8 , 10 y 21 de la Ley 18.101; y pide que previas reconvenciones legales de pago, se° ° ° ° declare terminado el contrato de arriendo que la liga a la demandada, y se la condene a restituir el inmueble arrendado, dentro del tercero d a, desde que el fallo cause ejecutoria, o en el plazo que elí Tribunal fije, totalmente desocupada y bajo el apercibimiento de lanz

Fundamentos

Considerando : Primero: Que comparece estos do a Cecilia Ver nica San Crist bal Herrera interponiendoñ ó ó demanda de t rmino de contrato de arriendo por no pago de rentas y acci n subsidiaria deé ó desahucio en contra de do a Cecilia guila Montecinos, por los fundamentos y con las peticionesñ Á reproducidas en lo expositivo de este fallo. Segundo: Que notificada la demanda en forma legal, se llev a efecto el comparendo deó estilo, ocasi n en que se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de la demandada, seg n lo yaó í ú referido en lo expositivo. En dicha ocasi n, adem s, se practic segunda reconvenci n legal de pago y se llam a lasó á ó ó ó partes a conciliaci n, sin resultado; posterior a esto se recibi la causa a prueba y se recibi laó ó ó misma en forma legal. Tercero: Que acorde a lo previsto en el art culo 1698 del C digo Civil, incumbe probar lasí ó obligaciones o su extinci n al que alega aqu llas o sta.ó é é Cuarto: Que para efectos de acreditar los hechos descritos en su acci n, la parteó demandante aport al proceso prueba ó instrumental, consistente en: a) Copia de contrato de arrendamiento de 3 de enero de 2017 b) Copia de seguimiento en l nea de carta certificada enviada, c digoí ó 1176162269445. c) Captura de pantalla de informe de deuda en CGE. d) Fotograf a de informe de deudas de Aguas Andinas.í e) Copia simple compraventa celebrada el 16 de octubre del a o 2006. ñ Adem s obtuvo la actora la comparecencia personal de la demandada a estrados, a laá diligencia de absoluci n de posicionesó , en la que esta confiesa que, efectivamente, el 3 de enero de 2017 consensu con do a Cecilia Ver nica San Crist bal Herrera, el arriendo de la propiedadó ñ ó ó ubicada en Pasaje Urano N 1.962, departamento 32, Block S, Poblaci n El Almendro II de la° ó comuna de El Bosque; que desde la fecha de entrada en vigencia de dicho contrato ha vivido en compa a de su familia, hasta la fecha, en el departamento ya indicado, en calidad de arrendataria;ñí departamento que pertenece a do a Cecilia Ver nica San Crist bal Herrera, quien se lo arrend .ñ ó ó ó Requerida para decir c mo es cierto y efectivo que dej de pagar las rentas mensuales desdeó ó mayo del a o 2017, a la fecha, por un monto total de $70.000.-, sin consideraci n de reajustesñ ó seg n contrato, dice no recordar, pero que pag como un a o mediante dep sitos en cuenta rut.ú ó ñ ó Reconoce que adeuda los servicios b sicos del departamento, los que son de suá responsabilidad pagar y que de igual modo reconoce, o puede decir que efectivamente recibi eló inmueble en perfectas condiciones, inclusive con la instalaci n de artefactos electrodom sticoó é nuevos, salvo instalaciones el ctricas y el cielo, y que hab a dos dormitorios agujereados.é í RIT« » Foja: 1 Niega que al saber que la propiedad se vender a haya propuesto a la actora una promesa deí comprar la propiedad, ni que para ello solicitar a un cr dito ante el Banco, ya que, explica, noí é puede tener cr dito bancario, que si se conve

Fallo

fallo cause ejecutoria, o en el plazo que elí Tribunal fije, totalmente desocupada y bajo el apercibimiento de lanzamiento, conden ndola alá pago de las rentas vencidas adeudadas, m s reajuste e intereses correspondientes, as como las queá í se devenguen durante el juicio, hasta la restituci n efectiva de la propiedad, reajustado de acuerdoó al IPC anual; y que se condene a la arrendataria al pago de las deudas por concepto de electricidad y agua potable, por la suma de $933.470.-, m s intereses y reajustes; todo lo anterior, con costas.á En subsidio, y para el caso de enervarse la acci n antes indicada, acciona solicitando eló desahucio del contrato de arriendo de marras. A folio 13 se dio curso a la demanda y, conforme a ello, el 29 de febrero del a o 2020, folioñ 23, consta su notificaci n a la demandada, conforme a lo previsto en el art culo 44 del C digo deó í ó Procedimiento Civil; ocasi n en que adem s se le practic primera reconvenci n legal de pago, sinó á ó ó resultado. RIT« » Foja: 1 A folio 26 tuvo lugar el comparendo de contestaci n, conciliaci n y prueba, en rebeld a de laó ó í demandada; en dicha ocasi n la actora ratific la demanda en todas sus partes, con costas yó ó correspondiendo la segunda reconvenci n legal de pago, practicada, no tuvo resultado. Se procedió ó entonces a efectuar el llamado a conciliaci n a las partes tambi n sin resultado, y se tuvo entoncesó é por contestada la demanda en rebeld a; finalmente, se recibi la causa a prueba, rindi ndose

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-6690-2019 CARATULADO : SAN CRIST BAL/ GUILAÓ Á San Miguel, trece de Diciembre de dos mil veintiuno Vistos: Se ha iniciado este proceso Rol N 6690-2019, sobre t rmino de contrato de arriendo por noº é pago de rentas y acci n subsidiaria de desahucio, por demanda interpuesta por do a ó ñ Cecilia Ver

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