1º Juzgado de Letras de Curicó

ASOCIACION CRISTIANA TESTIGOS DE JEHOVA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ

Rol

C-1877-2021

Fecha

13 de diciembre de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 29 de noviembre de 2021, a folio 1, comparece don Pablo Rodrigo Mart nez G mezí ó , c dula nacional de identidad N 17.586.368-é º 0, abogado, chileno, soltero, en representaci n de ó Asociaci n Cristiana Testigos Deó Jehová, RUT N 65.501.350-4, entidad religiosa de derecho p blico, inscrita en el° ú Registro de Entidades Religiosas de Derecho P blico a cargo del Ministerio deú Justicia, bajo el N 821, representada legalmente por don º Fernando Gonzalo Morr sá Oyanedel, c dula nacional de identidad N 5.891.175-5, ministro religioso, chileno,é º casado, todos con domicilio para estos efectos en Avenida Col n N 1232, comuna yó ° ciudad de Curic , quien viene en deducir demanda en Procedimiento Ordinario deó Menor Cuant a, solicitando se declare la prescripci n extintiva de las acciones yí ó derechos que se detallar n, en contra de la I. Municipalidad De Curic , RUTá ó 10.204.975-6, corporaci n de derecho p blico, representada legalmente por su alcaldeó ú Sr. Javier Antonio Mu oz Riquelmeñ , contador auditor, chileno, casado, ambos domiciliados en Estado N 279, comuna y ciudad de Curic .º ó Funda su demanda, se alando que la Asociaci n Cristiana Testigos de Jehovñ ó á adquiri , en virtud de compraventa realizada con fecha 11 de Agosto de 2005 ante eló Notario P blico de Curic , el inmueble ubicado en Avenida Col n N 560, hoy Nú ó ó º º 1232, ciudad de Curic , Rol de aval o fiscal N 296-3, comuna de Curic . Laó ú º ó inscripci n de dominio rola a fojas 4743 VTA N 2855 del Registro de Propiedad deló º Conservador de Bienes Ra ces de Curic , correspondiente al a o 2005 y se acompa aí ó ñ ñ en un otros de su demanda.í Que su representada, estaba en completo desconocimiento de la existencia de deuda alguna por concepto de extracci n de basura domiciliaria, ya que las cuotas queó estar an impagas, fueron devengadas con anterioridad a que la demandante adquirieraí la propiedad. RIT« » Foja: 1 Cabe se alar, que las cuotas impagas abarcaban desde la Cuota N 4 de 1998ñ ° (devengada el 30 de noviembre de 1998) hasta la Cuota N 4 de 2004 (devengada el° 30 de noviembre de 2004), ambas inclusive, raz n por la cual a la fecha suó representada adeudar a por este concepto, la aparente suma de $824.299.- í Que atendido lo anterior, las respectivas acciones sobre dichas cuotas impagas se encuentran prescritas con creces. Que, en todo este tiempo, su representada no ha sido requerida judicialmente por parte de la I. Municipalidad de Curic a objeto de obtener su pago y, de esaó forma, interrumpir legalmente el plazo de prescripci n respectivo.ó Que el art culo 2514 del C digo Civil establece que la prescripci n queí ó “ ó extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones . A su turno, el inciso 2 de dicha” ° norma se ala que dicho lapso de tiempo se cuenta desde que la obligaci n se hayañ “ ó hecho exigible .” El art culo 2515 inciso 1 del mismo cuer

Fallo

Por tanto y teniendo presente lo dispuesto en los art culo 1698 y 2515 delí C digo Civil, art culos 160, 170 y 313 del C digo de Procedimiento Civil, ó í ó se declara: I.- Que se hace lugar a la demanda interpuesta a folio 1, por don Pablo Rodrigo Mart nez G mezí ó en representaci n de ó Asociaci n Cristiana Testigos Deó Jehová en contra de la Ilustre Municipalidad de Curic ó y se declara la prescripci nó extintiva de las acciones tendientes al cobro de los derechos de aseo domiciliarios respecto del inmueble ubicado en Avenida Col n N 560, hoy N 1232, Rol de aval oó º º ú fiscal N 296-3, de la ciudad de Curic , º ó correspondiente al periodo comprendido entre el 30 de noviembre de 1998 al 30 de noviembre de 2004. II.- Que no se condena en costas a la demandada por haberse allanado a la demanda. An tese, reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vese, si no se apelare.ó í í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Curico, trece de Diciembre de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-12-13T10:42:16-0300

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 6 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Curicº ó CAUSA ROL : C-1877-2021 CARATULADO : ASOCIACION CRISTIANA TESTIGOS DE JEHOVA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ Curico, trece de Diciembre de dos mil veintiuno VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 29 de noviembre de 2021, a folio 1, comparece don Pablo Rodrigo Mart nez G mezí ó , c dula nac

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