ANDRÉS/FISCO DE CHILE-CDE-SERVICIO DE GOBIERNO INTERIOR
Rol
O-3726-2022
Fecha
24 de noviembre de 2022
Materia
Despido injustificado, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que comparece doña MARCELA ALEJANDRA ANDRÉS ALARCÓN, Periodista, domiciliada en Obispo Manuel de Alday N° 1145, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido improcedente en contra del FISCO DE CHILE, representado por el Presidente del Consejo de Defensa del Estado, don JUAN ANTONIO PERIBONIO PODUJE, Abogado, ambos con domicilio en calle Agustinas N° 1225, cuarto piso, comuna y ciudad de Santiago, quienes actúan en representación del ex-empleador, MINISTERIO PÚBLICO, RUT N° 61.935.400-1, órgano autónomo, jerarquizado, con rango constitucional, representado por don JORGE ABBOTT CHARME, abogado, ambos domiciliados en calle Catedral N°1437, comuna y ciudad de Santiago, a fin que el tribunal, acogiendo su demanda declare que el despido de que fue objeto el día 31 de marzo de 2022, es improcedente, incausado e ilegal; se condene a la demandada al pago del recargo de la indemnización por años de servicios, en los términos que solicita, y en subsidio, se condene a la demandada al pago de la suma que V.S. establezca, de conformidad con el mérito del proceso, con costas. Sostiene la competencia de esta magistratura para conocer lo relativo al procedimiento de terminación del contrato de trabajo de los funcionarios del Ministerio Público, los reclamos que originare y las indemnizaciones a que diere lugar, conforme las normas pertinentes de los artículos 66 y 83 de la Ley Orgánica Constitucional N°19.640, en lo concerniente al análisis de la causal de despido, todas las decisiones del Ministerio Público en torno al despido de funcionarios que no sean de exclusiva confianza están sujetas al control de los Tribunales Laborales en el caso de reclamo por parte del trabajador o funcionario. Funda su demanda en que ingresó a prestar servicios para el ente denunciado, Ministerio Público, durante el período 03 de junio de 2013 al 02 de noviembre de 2021, bajo el cargo de “Asesor Comunicacional”
Fundamentos
fundamentos de la solicitud. En este último ítem se indica en su título “NECESIDADES DE LA FISCALÍA REGIONAL”, y se marca la opción “b) De la racionalización o modernización”, y bajo el epígrafe de “FUNDAMENTOS DE LA PROPOSICIÓN”, señala lo siguiente: “La nueva administración Regional Metropolitana Oriente se ha abocado a la implementación de modificaciones estructurales a fin de potenciar las fortalezas de sus fiscalías locales, redistribuyendo las cargas, optimizando procesos y el uso de los recursos disponibles a la luz de las prioridades definidas para avanzar hacia mejores resultados en persecución penal. Así, en el último trimestre 2021, fue creada la nueva Fiscalía Local de Violencia de Género, se enfocó el trabajo de alta complejidad a la persecución de criminalidad organizada y se fusionó parte de la estructura territorial (La Florida-Macul-Peñalolén) resultando tres fiscalías locales de tamaño similar. “La puesta en marcha y consolidación de este proyecto requiere reforzar el control jurídico, así como el desarrollo de nuevas estrategias comunicacionales. Para eso se propone prescindir de una periodista del equipo de asesoría comunicacional, para incorporar un profesional abogado en el cargo de Jefe/a de Asesoría Jurídica y Comunicaciones, que asesore directamente a la autoridad regional y apoye operativamente, atendiendo oportunamente los requerimientos de los distintos actores internos y externos, además de hacerse cargo de la vocería regional.” Luego, en el subcuadro “EXPLICITAR PROYECTO O DESTINO DEL CARGO (*)” se indica: “El abordaje de este desafío obliga a hacer un esfuerzo de racionalización y redestinar un cargo de periodista de la Unidad Regional de Asesoría Comunicacional, que actualmente cuenta con dos profesionales con esa formación, de manera de incorporar un profesional abogado con fortalezas en materia de gestión comunicacional, formación y competencias idóneas para asumir como Jefe/a de Asesoría Jurídica y Comunicaciones para asesorar y apoyar directamente a la Fiscal Regional en la ejecución y avance de la implementación de los nuevos proyectos así como la estrategia de comunicación interna/externa, incluyendo la vocería regional.” Finalmente, consigna: “(*) Señalar brevemente si el cargo que se suprime será reemplazado y adjuntar documento con el nuevo perfil que se pretende buscar”; antecedente que, si bien adjuntan, es bastante abierto y derechamente no señala funciones, sino más bien aptitudes y características. Sostiene que respecto de este formulario es el antecedente, por medio del cual la jefatura directa solicita la autorización de desvinculación al Fiscal Nacional, por lo que detenta una naturaleza distinta a una carta de despido, además sostiene que si bien hace referencia a los fundamentos de la proposición de desvinculación al Fiscal Nacional, los hechos que en esta parte se exponen son manifiestamente confusos e imprecisos, de tal modo que no logran explicar por sí solos cuál es la real Necesidad de la
Fallo
se decide que la periodista que realizaba las comunicaciones internas Macarena Tapia Diaz pase a depender de asesoría jurídica, con el fin de dotar de apoyo comunicacional interno y externo, en atención a los cambios realizados por la nueva fiscal regional Lorena Parra. Además se han realizado convenios institucionales con diversas instituciones públicas, todas cuestiones en la cuales tiene la experticia Macarena Tapia y no así la periodista Marcela Andrés. Con el cargo vacante de la demandante se logró obtener un grado de jefe para asesoría jurídica y comunicaciones grado VII, además de aumentar la dotación con un cargo de abogado asesor grado IX para crimen organizado, en actual etapa de concurso. Por todos los desafíos de la Fiscalía Regional Oriente claramente no era necesario el trabajo de dos periodistas, ya que, el enfoque está en mejorar y apoyar las investigaciones jurídicas de los Fiscales, con el fin de obtener mejores resultados dentro de las 9 comunas a las cuales pertenece la Fiscalía Oriente. Por lo tanto, definido institucionalmente el perfil necesario para el cumplimiento de las funciones institucionales – recuérdese que se trata de una institución de derecho público cuyos fines son definidos en la Constitución y la ley - no pudo haber otra decisión responsable que no sea disponer su desvinculación e implementar las transformaciones necesarias para el cumplimiento de la función pública. De acuerdo con lo expuesto, a nuestro juicio, existe fundamento expres
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Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: PRIMERO: Que comparece doña MARCELA ALEJANDRA ANDRÉS ALARCÓN, Periodista, domiciliada en Obispo Manuel de Alday N° 1145, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido improcedente en contra del FISCO DE CHILE, representado por el Presidente del Consejo de Defens
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