DEMETRIO/BERNARD LESAGE
Rol
C-56-2021
Fecha
11 de diciembre de 2021
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, con fecha 06 de enero de 2021, comparece doña CARMEN AIDA DEMETRIO BRIONES, dentista, en representación de don ARMANDO JAVIER IBARRA TISCAREÑO, ambos domiciliados en Concepción, calle Salas 330 , e interpone demanda de terminación de contrato de arrendamiento por no pago de rentas en contra de don REGIS MARIEPIERRE BERNARD LASAGE, Chef en gastronomía, con domicilio en calle Los Acacios Nro.1621 San Pedro de la Paz, solicitando se declare: a) La terminación del contrato de arrendamiento; b) Que el demandado debe pagar el total de las rentas adeudadas un monto de $4.950.000, con los reajustes e intereses y las que se devenguen durante la tramitación del juicio hasta que se efectúe la restitución o el pago, más el reajuste indicado en el artículo 21 de la Ley Nº 18.101;c) que el demandado debe $205.700.- correspondientes a gastos de electricidad al mes de octubre del año 2020; d) que se restituya la propiedad arrendada totalmente desocupada dentro de tercero día contado desde que el fallo cause ejecutoria, bajo el apercibimiento de lanzamiento con el auxilio con la fuerza pública, todo ello con costas. Funda la demanda señalando que consta que celebró un contrato de arrendamiento con la demandada, respecto del inmueble ubicado en calle Los Acacios N° 1621 de la comuna de San Pedro de la Paz, el que comenzaba a regir desde el 23 de septiembre de 2019 hasta el año 22 de septiembre del año 2020, renovable. Refiere que en dicho contrato se pactó una renta mensual de $450.000.- que se pagará anticipadamente dentro de los primeros 5 días de cada mes de arriendo mediante depósito bancario en la cuenta corriente Nro.41-521809 del Banco Corpbanca a nombre de doña Carmen Demetrio Briones. Agrega que se entregó un mes de arriendo anticipado, que corresponde entonces a la renta del mes de octubre de 2019. Foja: 1 Expone que el arrendatario pagó en forma regular la renta hasta el mes de enero de 2020, dejando de pagar desde esa fecha hasta la actualidad, a pesa
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°.- Que doña CARMEN AIDA DEMETRIO BRIONES, dentista, en representación de don ARMANDO JAVIER IBARRA TISCAREÑO, ambos domiciliados en Concepción, calle Salas 330, interpuso demanda de terminación de contrato de arrendamiento por no pago de rentas en contra de don REGIS MARIEPIERRE BERNARD LASAGE, Chef en gastronomía, con Foja: 1 domicilio en calle Los Acacios Nro.1621 San Pedro de la Paz, solicitando se declare: a) La terminación del contrato de arrendamiento; b) Que el demandado debe pagar el total de las rentas adeudadas un monto de $4.950.000, con los reajustes e intereses y las que se devenguen durante la tramitación del juicio hasta que se efectúe la restitución o el pago, más el reajuste indicado en el artículo 21 de la Ley Nº 18.101;c) que el demandado debe pagar $205.700.- correspondientes a gastos de electricidad al mes de octubre del año 2020; d) que se restituya la propiedad arrendada totalmente desocupada dentro de tercero día contado desde que el
Fallo
fallo cause ejecutoria, bajo el apercibimiento de lanzamiento con el auxilio con la fuerza pública, todo ello con costas. Funda la demanda señalando que consta que celebró un contrato de arrendamiento con la demandada, respecto del inmueble ubicado en calle Los Acacios N° 1621 de la comuna de San Pedro de la Paz, el que comenzaba a regir desde el 23 de septiembre de 2019 hasta el año 22 de septiembre del año 2020, renovable. Refiere que en dicho contrato se pactó una renta mensual de $450.000.- que se pagará anticipadamente dentro de los primeros 5 días de cada mes de arriendo mediante depósito bancario en la cuenta corriente Nro.41-521809 del Banco Corpbanca a nombre de doña Carmen Demetrio Briones. Agrega que se entregó un mes de arriendo anticipado, que corresponde entonces a la renta del mes de octubre de 2019. Foja: 1 Expone que el arrendatario pagó en forma regular la renta hasta el mes de enero de 2020, dejando de pagar desde esa fecha hasta la actualidad, a pesar de los numerosos requerimientos en ese sentido, adeudando por tanto la renta de arrendamiento correspondiente a los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020, la cantidad de $ 4.950.000.- Hace presente que además el arrendatario tiene una deuda por concepto de servicio eléctrico con la empresa CGE por la suma de $205.700, hasta el mes de octubre de 2020.- En cuanto al derecho, cita el artículo 1977 del Código Civil y el artículo 10 de la
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Foja: 1 FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-56-2021 CARATULADO : DEMETRIO/BERNARD LESAGE Concepci nó , once de Diciembre de dos mil veintiuno. VISTO: A folio 1, con fecha 06 de enero de 2021, comparece doña CARMEN AIDA DEMETRIO BRIONES, dentista, en representación de don ARMANDO JAVIER IBARRA TISCAREÑO, ambos domiciliados en Conce
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