INVERSIONES INDEPENDENCIA SPA/
Rol
V-41-2021
Fecha
11 de diciembre de 2021
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Primero. Que en folio 1, con fecha 18 de marzo de 2021, comparece don Guillermo Monsalve Mercadal, abogado, en representación judicial y convencional de la sociedad “Inversiones Independencia SpA.”, del giro de su denominación, ambos domiciliados en calle 30 Oriente N° 1528, Oficina 709, de la ciudad de Talca, quien reclama de la negativa del Conservador de Bienes Raíces de Talca en orden a inscribir la escritura pública de compraventa de 15 de diciembre de 2020, suscrita entre la sociedad “Inmobiliaria Independencia S.A.” y la sociedad “Inversiones Independencia SpA.”, ante Notario Público, por las razones que expone: Refiere "que la sociedad “Inmobiliaria Independencia S.A”, es dueña del LOTE 2A, resultante de la división del Lote 2, tiene superficie de 69.209,083 metros cuadrados, encerrado en el polígono E2-E3-E4-E5-E6-E7- E8-E9-E10-E11-E12-E13-E14-E15-E16-E17-E18-E19-E20-E21-E22-E23- E24-E25-E26-E27-E28-E29-E30-E31-K4-K5-K2-K1-L1-L2-L3-L4-Q2-E2, y deslinda: NORTE: tramo Q2-E2 de cuarenta y dos coma ochenta y tres metros con Calle Dos Norte del plano, tramo E6-E7 de ciento dos coma ochenta y cuatro metros con Resto de Lote 2 de la misma subdivisión, tramo E8-E9 de cuarenta y siete coma cincuenta y cuatro metros, tramo E10-E11 de cincuenta y ocho coma noventa y cuatro metros, tramo E12-E13 de treinta y cuatro coma cincuenta y siete metros y tramo E17-E18 de setenta y tres coma cuarenta y siete metros, todos con Resto Lote 2 de la misma subdivisión; y tramo L1-L2 de doscientos cincuenta y tres coma cincuenta y un metros con Lote tres; SURORIENTE: tramo E2-E3 de cuatro metros con Lote 2B de la misma subdivisión, tramo E23-E24 de cuatro coma cuarenta y un metros con Resto Lote 2 de la misma subdivisión y tramo K2-K1 de doce coma seis metros con calle del plano; ORIENTE: tramo E3-E4 de cuarenta y cuatro coma cuarenta y cinco metros con Lote 2B de la misma subdivisión, tramo E5-E6 de quince coma cero nueve metros; tramo E7-E8 de tres metros; tramo E9-E10 de ve
Fundamentos
motivos expuestos por el Conservador, resolverá por escrito y sin más trámite lo que corresponda.”
Fallo
Por Tanto, y previas citas legales, solicita tener por interpuesta, en gestión voluntaria, reclamación en contra de la negativa del Conservador de Bienes Raíces de Talca a inscribir la compraventa singularizada en el cuerpo de esta presentación, admitirla a tramitación, acogerla en todas sus partes y, en definitiva, disponer, previo informe del Sr. Conservador de Bienes Raíces de Talca, que se inscriba en el Registro de Propiedad, la escritura pública de compraventa de fecha 15 de diciembre de 2020, suscrita entre la sociedad “Inmobiliaria Independencia S.A.” y la sociedad “Inversiones Independencia SpA.”, ante don David Barros Valenzuela, Notario Público Suplente del Titular, don Gabriel Guerrero González.- Segundo. Que en apoyo de su solicitud, el peticionario acompañó los siguientes documentos: En folio 1. 1.- Copia autorizada de la escritura pública de 15 de diciembre de 2020, suscrita entre la sociedad “Inmobiliaria Independencia S.A.” y la sociedad “Inversiones Independencia SpA.”, ante don David Barros Valenzuela, Notario Público Suplente del Titular, don Gabriel Guerrero González.- 2.- Copia del certificado emitido por el Sr. Conservador de Bienes Raíces de Talca, de fecha 25 de enero de 2021 En folio 6. 3.- Copia de la Circular N°0205, de 18 de marzo de 2010, dictada por don Javier Wood Larraín, Jefe de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanización.- 4.- Sentencia dictada en los autos Rol N° V-388-2019 del Segundo Juzgado de Letras de T
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4º Juzgado de Letras de Talca CAUSA ROL : V-41-2021 CARATULADO : INVERSIONES INDEPENDENCIA SPA/ Talca, once de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: Primero. Que en folio 1, con fecha 18 de marzo de 2021, comparece don Guillermo Monsalve Mercadal, abogado, en representación judicial y convencional de la sociedad “Inversiones Independencia SpA.”, del giro
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