1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MORALES/COMERCIALIZADORA FAMILY S.P.A.

Rol

O-3220-2022

Fecha

24 de noviembre de 2022

Materia

Bonos, Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece don OSCAR MAIKOL EDUARDO MORALES PIZARRO, encargado de tienda, C.I.18.752.273, domiciliado en calle Caupolicán N°1349, comuna de Vallenar, Región de Atacama. Interpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de su ex empleadora COMERCIALIZADORA FAMILY SpA, del giro de su denominación, Rut 77.188.140-k, representada legalmente por don JAIME EXPOSITO PIÑEIRO, C.I. 24.252.214-1, ignora profesión, ambos domiciliados en calle Colo Colo N°301, comuna de Quilicura, Región Metropolitana, a objeto que se declare que ha sido víctima de un despido injustificado y, por ende, sea condenada la demandada al pago de las prestaciones e indemnizaciones adeudadas, en virtud de los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que expone. Indica que, con fecha 15 de mayo de 2019, ingresó a prestar servicios bajo dependencia y subordinación de la demandada en labores denominadas de gerente de tienda, en primer término, en la ciudad de Vallenar, específicamente en el local de calle Prat N°1155 de dicha comuna y posteriormente, con fecha 15 de abril de 2022, se le trasladó en el mismo cargo de gerente de tienda al local ubicado en calle Coquimbo N°282-292 de la comuna de Ovalle. En razón de su cargo, conforme al artículo 22 del Código del Trabajo, se encontraba exento de cumplir jomada de trabajo. Al cese del vínculo laboral, su última remuneración para efectos de lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo, ascendió a la suma de $1.479.128.-, que comprende el promedio de los tres últimos meses trabajados íntegramente, esto es, noviembre y diciembre de 2021 y enero de 2022. En relación al despido, señala que con fecha 28 de abril de 2022 se le comunicó su desvinculación por medio de carta enviada a su domicilio en la que se le aplica la causal del articulo 160 N°3 del Código del Trabajo, esto es: “No concurrencia a sus labores sin causa justificada durante dos días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días durante igual período". En los hechos, se basa su despido, a ausentismos, supuestamente sin justificación los días 21, 22, 25 y 26 de abril de 2022. Respecto de sus ausencias, hace presente lo siguiente: a) El día 21 de abril de 2022, su hijastro de 7 años de edad de nombre Sebastián Ignacio Guerrero Cortés, amaneció con un cuadro complejo y repentino de salud, con mialgia, temperatura alta, tos seca, rinofaringitis aguda. De lo cual comunicó a su ex empleador, ya que estuvo imposibilitado de asistir a su trabajo. Lo anterior, se encuentra corroborado por atención de urgencia del Servicio de Atención Primaria de Urgencia (SAR) Raúl Silva Henríquez de La Serena. b) Respecto de los días 25 y 26 de abril de 2022, estuvo afecto a licencia médica otorgada por el profesional don Marco José Rojas Hidalgo, la cual fue tramitada electrónicamente. Agrega que además de la comunicación por teléfono, con fecha 02 de mayo de 2022, envió cart

Fallo

Por tanto, pide, en virtud do los hechos expuestos, normas citadas, entre ellas Decreto N° 3 del Ministerio de Salud de 1984 y lo señalado en los artículos 73. 161, 162, 168, 172, 423, 425, 446, 510 y siguientes del Código del Trabajo, tener por interpuesta demanda en procedimiento de aplicación general por demanda de despido injustificado y de cobro de indemnizaciones y prestaciones, en contra de su ex empleadora COMERCIALIZADORA FAMILY SpA, ya individualizada, a objeto que se declare que ha sido víctima de un despido injustificado y, por ende, sea condenada la demandada al pago de las prestaciones e indemnizaciones adeudadas, señaladas en el cuerpo y conclusiones de este libelo pretensor, las que solicita tener íntegramente por reproducidas, a objeto de evitar innecesarias repeticiones, ascendentes en total a la suma de $10.955.547-, todo con sus respectivos reajustes e intereses legales y expresa condena en costas, sin perjuicio de lo que se resuelva en derecho. SEGUNDO: Comparece don MARIO ISAÍAS SANDAÑA SAMUR, abogado, C.I. 16.764.508-9, en representación convencional de COMERCIALIZADORA FAMILY SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rut 77.188.140-8, ambos con domicilio para estos efectos en calle Colo-Colo N° 301, comuna de Quilicura, contesta la demanda de autos, solicitando desde ya su total y absoluto rechazo, con expresa condena en costas, de conformidad a los antecedentes de hecho y argumentos de derecho que expone. En conformidad con lo dispuesto en

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece don OSCAR MAIKOL EDUARDO MORALES PIZARRO, encargado de tienda, C.I.18.752.273, domiciliado en calle Caupolicán N°1349, comuna de Vallenar, Región de Atacama. Interpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado y cobr

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