Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

DELGADO C/ PANADERÍA Y PASTELERÍA GERARDO SEGUNDO NAV

Rol

O-1215-2021

Fecha

24 de noviembre de 2022

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en la demanda. Argumentos contenidos íntegramente en el registro de audio por lo que no se transcriben.- El Tribunal Resuelve: La demandada no asiste por lo que no prospera el llamado a conciliación y, asimismo, no habiendo contestado la demanda, se estima no hay hechos controvertidos por lo que se procede a dictar el fallo. Téngase por notificadas a las partes de las resoluciones dictadas en la presente audiencia. DICTACION Y NOTIFICACION DE SENTENCIA Se procede a la dictación y notificación de la sentencia.- se deja constancia que el registro íntegro de la sentencia se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva.- Valparaíso, a veintitrés de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Por las consideraciones precedentemente dictadas, contenidas en audio y, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 1°, 5°, 63, 67, 159 al 168, 173, 453 N°1, 454, y demás pertinentes del Código del Trabajo, ley 19.728 y ley 17.322,

Fallo

SE DECLARA: I. Que, se acoge la demanda deducida por doña ELIZABETH ELENA DELGADO OVALLE, en contra de PANADERÍA Y PASTELERÍA GERARDO SEGUNDO NAVARRO GALLEGUILLOS E.I.R.L, representada legalmente por don GERARDO SEGUNDO NAVARRO GALLEGUILLOS, declarando que el despido materia de autos ha sido incausado y nulo para todos los efectos legales y, por tanto, se le condena a pagar las siguientes prestaciones: 1) Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, por la suma de $407.205. 2) Remuneraciones pendientes de pago por el último mes trabajado y devengado, correspondiente a $407.205. 3) Feriado proporcional devengado y no pagado por el período trabajado de $162.692. 4) Indemnización por años de servicios correspondiente a la suma de $4.449.750 con más el recargo legal correspondiente a la aplicación de la causal del articulo 168 letra b) del Código del Trabajo, equivalente a un 50% de la indemnización fijada, ascendente a la suma de $2.239.875. 5) La suma de $906.365, equivalente a aquellas prestaciones por concepto de subsidio de cesantía que no ha percibido la trabajadora, de acuerdo a lo razonado en los considerando precedentes de la sentencia. II. Que, asimismo y habiéndose declarado nulo el despido, es obligación del empleador enterar cada una de las cotizaciones previsionales y de salud devengadas por un período pendiente de pago, equivalentes, respecto de FONASA, al mes de septiembre de 2021 y respecto de AFP Capital, por los períodos correspondientes a junio y a sep

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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO POR VIDFEOCONFERENCIA EN PLATAFORMA ZOOM. FECHA Valparaíso, miércoles, 23 de noviembre de 2022 RUC 21-4-0364983-7 RIT O-1215-2021 MAGISTRADO Catalina Lagos Gómez ADMINISTRATIVO DE ACTAS Jean Paul Debeuf HORA DE INICIO 10:21 Horas.- HORA DE TERMINO 10:45 Horas.- SALA DE AUDIENCIA VIRTUAL Sala N° 8 Nº REGISTRO DE AUDIO 21-4-03

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