2º Juzgado de Letras de Quilpue

BANCO FALABELLA/OBREQUE

Rol

C-2177-2020

Fecha

10 de diciembre de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece Mario Morales Ib ez, abogado, c dula nacional deáñ é identidad N° 15.150.862-6, en representaci n convencional del ó BANCO FALABELLA S.A, persona jur dica del giro de su denominaci n, Rol nicoí ó Ú Tributario N° 96.509.660-4, representada legalmente por don Juan Manuel Matheus Loitegui, administrador de empresas, todos domiciliados para estos efectos en Monta a 853 Of.308-310, Vi a del Mar, quien viene en interponer demandañ ñ ejecutiva en contra de don ERICK ARNOLDO OBREQUE VARGAS, ignora profesi n u oficio, domiciliado en Almirante Wilson 132, Belloto Centro, comunaó de Quilpu , por la suma de $ 7.677.264 m s el inter s m ximo convencional paraé á é á operaciones no reajustables y las costas de la presente causa; ordenando que un ministro de fe lo requiera de pago, y si no lo hiciere, se embarguen bienes suficientes, ra ces o muebles, de su propiedad y se siga adelante la ejecuci n, hastaí ó efectuarse el ntegro pago de lo adeudado.í A folio 12, se notific a la parte ejecutada la demanda de autos deó conformidad con lo dispuesto en el art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil yí ó a folio 13 opuso excepciones. A folio 17, la parte ejecutante evacu el traslado conferido y a folio 21 seó recibi la causa a prueba, por el t rmino legal.ó é A folio 27, encontr ndose la causa en estado, se cit a las partes para o rá ó í sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece Mario Morales Ib ez, abogado,áñ c dula nacional de identidad N° 15.150.862-6, en representaci n convencional delé ó BANCO FALABELLA S.A, persona jur dica del giro de su denominaci n, Rolí ó nico Tributario N° 96.509.660-4, representada legalmente por don Juan ManuelÚ Matheus Loitegui, administrador de empresas, todos domiciliados para estos efectos en Monta a 853 Of.308-310, Vi a del Mar, quien viene en interponer demandañ ñ ejecutiva en contra de don ERICK ARNOLDO OBREQUE VARGAS, ignora profesi n u oficio, domiciliado en Almirante Wilson 132, Belloto Centro, comunaó de Quilpu , por la suma de $ 7.677.264 m s el inter s m ximo convencional paraé á é á operaciones no reajustables y las costas de la presente causa; ordenando que un ministro de fe lo requiera de pago, y si no lo hiciere, se embarguen bienes suficientes, ra ces o muebles, de su propiedad y se siga adelante la ejecuci n, hastaí ó efectuarse el ntegro pago de lo adeudado.í Funda su demanda en que el actor es due o y legitimo tenedor del pagarñ é Nº220015615134, suscrito con fecha 19 de noviembre de 2019 por el BANCO FALABELLA en representaci n de don ERICK ARNOLDO OBREQUEó VARGAS, ya individualizado, por la suma de $ 7.677.264. Dicho capital se pagar aí en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas. Agrega que se estipul en el pagar que, el simple retardo y/o mora en eló é pago oportuno del capital y/o los intereses, dar derecho al ejecutante para exigirá el pago total de la deuda o del saldo a que se halle (sic) reducida, consider ndoseá la obligaci n como de plazo vencido.ó Asimismo, refiere que, a contar del simple retardo y/o mora de cualquiera de las cuotas, y hasta el pago efectivo, la obligaci n devengar el inter s m ximoó á é á convencional que la ley permita estipular para operaciones de cr dito en monedaé nacional no reajustable. La obligaci n contra da en este instrumento es indivisible,ó í de conformidad al art culo 1528 del C digo Civil, por lo que su cumplimientoí ó podr exigirse a cualquiera de los herederos del deudor. á Puntualiza que, el suscriptor liber expresamente al acreedor de la obligaci nó ó de protesto. Explica que el demandado ha dejado de pagar, encontr ndose en mora desdeá la cuota con vencimiento el 17 de febrero de 2020, y todas las sucesivas, por lo que, a partir de la presentaci n de la demanda, viene en hacer uso de la cl usulaó á de aceleraci n pactada en el pagar , demandando el pago de la suma de capital deó é $7.677.264, m s los correspondientes intereses, reajustes y costas.á A ade que, la firma del demandado estampada en el pagar , se encuentrañ é autorizada ante Notario P blico, raz n por la cual se encuentra preparada la v aú ó í ejecutiva en su contra conforme a lo dispuesto en el art culo 434 Nº 4 delí C digo de Procedimiento Civil. De igual modo, la obligaci n demandada es l quida,ó ó í actualmente exigible, y su acci n ejecutiva no est prescrita.ó á Finalmente, en m rito de lo expuesto y prev

Fallo

fallo: 32.064-2014, de fecha diez de junio de dos mil quince de nuestra Excma. Corte Suprema. Por ltimo, y a mayor abundamiento, la ejecutada de autos tampoco rindiú ó prueba alguna a fin de acreditar la excepci n en comento, lo que era de su cargo,ó en virtud de lo previsto en el art culo 1698 del C digo Civil.í ó Y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1698 del C digo Civil, la Leyá í ó 18.092; DL 3475, 170, 341, 342 y siguientes, 434 y siguientes, 464 n mero 7 yú 17, 465 y 471 del C digo de Procedimiento Civil, ó SE RESUELVE: I.- Que, se rechazan las excepciones se aladas en el N° 7 y N° 17 delñ art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, opuestas por la parte ejecutada ení ó lo principal de su escrito de oposici n, debiendo seguirse adelante la ejecuci n hastaó ó que se haga entero y cumplido pago a la demandante de la suma de $7.677.264.-, m s intereses, yá II.- Que, se condena a la parte ejecutada al pago de las costas. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Dictada por N stor Vald s Sep lvedaé é ú , Juez Titular. C-2177-2020 En Quilpue, a diez de Diciembre de dos mil veintiuno, se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pas

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FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Quilpue CAUSA ROL : C-2177-2020 CARATULADO : BANCO FALABELLA/OBREQUE Quilpue, diez de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: A folio 1, comparece Mario Morales Ib ez, abogado, c dula nacional deáñ é identidad N° 15.150.862-6, en representaci n convencional del ó BANCO FALABELLA S.A, persona jur dica del giro de su den

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