1º Juzgado de Letras de Melipilla

IBÁÑEZ/

Rol

V-142-2021

Fecha

10 de diciembre de 2021

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS 1° Que, ha comparecido en estos autos voluntarios Rol 142 – 2020, don Carlos Guillermo Ibáñez Hernández, jubilado y doña Eladia Victoria Baeza Silva, jubilada, ambos domiciliados en pasaje Giordano Bruno N° 980, Villa Lo Errázuriz, comuna de Maipú, deduciendo reclamo por la negativa en la inscripción por parte del Conservador de Bienes Raíces de Melipilla, representada por doña Rosemarie Mery Ricci, abogada, con domicilio en Avenida Serrano N°264, comuna de Melipilla. Exponen que consta en escritura pública de fecha 24 de julio de 2021, otorgada en notaría de Melipilla de don Juan Pino Muñoz, que con don Luis Octavio Huerta Soto, Auristela del Carmen Huerta Huerta, Luis Octavio Huerta y María Cecilia Huerta Huerta, celebraron un contrato de compraventa, mediante el cual adquirieron el Lote D, resultante de la subdivisión del Lote Agrícola N° 17, del predio denominado “Culipran” ubicado en la comuna de Melipilla, Región Metropolitana y sus aguas, respecto del cual transcribe sus deslindes. Explica que el notario público de la época de la compraventa, don Juan Pino Muñoz, no era el Conservador de Bienes Raíces actual en la ciudad, por lo que se intentó un proyecto de inscripción de la propiedad por el conservador correspondiente a la época, el cual no fue autorizado, desconociendo los

Fundamentos

motivos de aquello. Hacen presente que el 2 de febrero del año 2018 celebraron una compraventa, en virtud de la cual vendieron la propiedad en cuestión y sus derechos de agua a don Luis Alberto Ibañez Baeza. Dicha compraventa fue realizada en la 24º Notaría de Santiago e inscrita junto a sus aguas, en el Conservador de Bienes Raíces de Foja: 1 Melipilla, en el Registro de Propiedad y en el Registro de Propiedad de Aguas, con fecha 29 de abril de 2019. Agregan que el actual dueño de la propiedad y sus aguas, se encuentra interesado en vender la propiedad, por lo que acudió al Conservador de Bienes Raíces actual, cuya titular es doña Rosemarie Mery Ricci, donde se le indicó que no era posible realizar una compraventa sin que previamente se regularice el problema de la inscripción pendiente de dicha propiedad. Consideran de suma importancia regularizar esta situación, por lo cual acudiendo al Conservador actual de Melipilla, representado por doña Rosemarie Mery Ricci, sus funcionarios les aconsejaron solicitar la autorización del tribunal para poder realizar la inscripción correspondiente pendiente. Indicaron que como consecuencia de lo anterior, con fecha 3 de junio de 2021, solicitaron copia de inscripción con vigencia o dominio vigente del Registro de Propiedad el cual en la parte del costado izquierdo del documento señala que doña Rosemarie Mery Ricci certifica que: “A fojas 781 vta. N° 1226 del Registro de Propiedad a su cargo del año 2001 se encuentra un proyecto de inscripción no autorizado por el Conservador de la epoca.” Citan y transcriben el artículo 13 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, haciendo presente que no están ante ninguna de las hipótesis establecidas en el reglamento referido. Agregaron que en base a dicha escritura, se ha logrado amparar el dominio sobre la propiedad y sus aguas en su momento y el dominio de ella respecto al actual dueño.

Fallo

Por lo expuesto y previo informe del Conservador de Bienes Raíces de Melipilla, solicitan se ordene al Conservador señalado, practique la inscripción correspondiente de la compraventa indicada, la cual se encuentra en proyecto de inscripción a fojas 781 vta. N° 1226 del año 2001. 2° Que en apoyo a su reclamación acompañaron la documental consistente en 1.- copia digitalizada de proyecto de inscripción a fojas 781 vta. N° 1226 del Registro de Propiedad de 2001, otorgada el 3 de junio de 2021. Emitida por la Notaria y Conservadora de Bienes Raíces de Melipilla doña Rosemarie Mery Ricci; 2.- copia digitalizada de escritura de fecha 2 de febrero de 2018, otorgada en la 24ª notaría de Santiago de don Sergio Martel Becerra de compraventa entre don Carlos Guillermo Ibañez y otros como vendedores y don Luis Alberto Ibañez Baeza como comprador. La cual se encuentra inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de Foja: 1 Melipilla de doña Rosemeri Mery Ricci con fecha 29 de abril de 2019; 3.- Copia digitalizada de escritura de fecha 2 de febrero de 2018, otorgada en la 24ª notaría de Santiago representado por don Sergio Martel Becerra de compraventa entre don Carlos Guillermo Ibañez y otros como vendedores y don Luis Alberto Ibañez Baeza como comprador; 4.- Copia digitalizada de complementación de compraventa entre Auristela del Carmen Huerta y otros, y Carlos Guillermo Ibañez Hernández y otros. Emitida por la Notaría y Conservador de Bienes Raíces de Melipilla doña Rosemarie Mery Ricc

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Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Melipillaº CAUSA ROL : V-142-2021 CARATULADO : IB EZ/ÁÑ Melipilla, diez de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS 1° Que, ha comparecido en estos autos voluntarios Rol 142 – 2020, don Carlos Guillermo Ibáñez Hernández, jubilado y doña Eladia Victoria Baeza Silva, jubilada, ambos domiciliados en pasaje Giordano B

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