ANONIMIZADO
Rol
C-1302-2023
Fecha
16 de enero de 2024
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA, DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
No especificado
Fallo
se resuelve: No se da curso a la demanda interpuesta. Recúrrase ante quien corresponde. Notifíquese a través de correo electrónico, sin perjuicio del estado diario. RIT C-1302-2023 Se proveyó y firmó mediante firma electrónica avanzada, Juez de Familia de Curicó, según lo dispuesto en la Ley 20.886...
Texto Completo (Preview)
// Curicó, dieciséis de enero de dos mil veinticuatro. A lo principal y otrosí: Advirtiendo el tribunal que el domicilio de la parte demandada no corresponde a esta jurisdicción y conforme a lo previsto el artículo 87 de la ley 19.947, norma que dispone: “Será competente para conocer de las acciones de separación, nulidad o divorcio, el juzgado con competencia en materias de familia, del domicilio
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