ANONIMIZADO
Rol
P-357-2023
Fecha
16 de enero de 2024
Materia
VULNERACIÓN DE DERECHOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Que
Fundamentos
considerando que la presente causa de medida de protección se inicia en favor de un no nato, por posibles descuidos en los controles pre natales por parte de su progenitora, que han transcurrido más de 8 meses desde el inicio de la causa, que no fue posible ubicar a la progenitora, y habiendo pasado el tiempo de embarazo sin poder intervenir se resolverá rechazar la medida de protección en favor del o la no nata, y visto lo dispuesto en los artículo 8, 68 y siguientes de la Ley 19.968,
Fallo
Se Resuelve: Que no Ha Lugar a tramitar la presente medida de protección. Déjese sin efecto la designación de curador...
Texto Completo (Preview)
Osorno, dieciséis de enero de dos mil veinticuatro. Téngase presente opinión de consejero técnico que precede. VISTOS Que considerando que la presente causa de medida de protección se inicia en favor de un no nato, por posibles descuidos en los controles pre natales por parte de su progenitora, que han transcurrido más de 8 meses desde el inicio de la causa, que no fue posible ubicar a la progenit
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica