Juzgado de Letras del Trabajo de Los Angeles

FALABELLA RETAIL S.A./PEÑA

Rol

O-246-2022

Fecha

24 de noviembre de 2022

Materia

Costas, Desafuero Maternal

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia preparatoria en los antecedentes Rit Nº O-246-2022, compareciendo don Guillermo Hartmann González, abogado, en representación de FALABELLA RETAIL S.A., quien compareció representada a la audiencia por la abogada doña Daniela Hartmann Cortina, y la demandada doña CAROLINA OLIVIA PEÑA ARRIAGADA, trabajadora, domiciliada en avenida Los Ángeles número 571 de esta ciudad y en calle Pantoja número 730 de la comuna de Mulchén, quien no compareció a la audiencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO:   PRIMERO: Que compareció don Guillermo Hartmann González, en representación de Falabella Retail S.A., quien interpuso demanda en procedimiento de aplicación general en contra de doña Carolina Olivia Peña Arriagada, solicitando y en definitiva, en mérito de los hechos expuestos, disposiciones legales invocadas y pruebas que rendirá, acogerla en todas sus partes, y conceder la autorización judicial previa requerida para proceder a la terminación inmediata del contrato de trabajo suscrito con la demandada, sin derecho a indemnización alguna, dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia que se dicte en la causa, con costas. SEGUNDO: Que interpuesta la demanda referida, el Tribunal accedió a darle tramitación conforme a las normas del procedimiento de aplicación general, contempladas en los artículos 446 y siguientes del Código del Trabajo, razón por la que se procedió a fijar audiencia preparatoria. TERCERO: Que la demandada no contestó el libelo deducido en su contra. CUARTO: Que el Tribunal efectuó el llamado a conciliación, la que, atendida la incomparecencia de la demandada, no se produjo. QUINTO: Que teniendo presente que la demandada no compareció, estando legalmente notificada, a la audiencia decretada para el día de hoy, no contestando

Fallo

por tanto el libelo deducido en su contra, y teniendo presente lo dispuesto en el inciso séptimo del número 1 en relación al inciso segundo del número 3, ambos numerales del artículo 453 del Código del Trabajo, el Tribunal estimó que no era necesario recibir la causa a prueba por no existir hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. SEXTO: Que así las cosas, se tendrán por tácitamente admitidos por la demandada los hechos contenidos en el libelo, razón por la que se entenderán por establecidos los siguientes antecedentes: a) Que la demandada doña Carolina Olivia Peña Arriagada ingresó a prestar servicios personales bajo subordinación y dependencia de la empresa demandante Falabella Retail S.A. el 20 de noviembre de 2003, mediante un contrato de trabajo a plazo fijo que después devino en una relación laboral de naturaleza indefinida, desempeñando labores de vendedora en jornada parcial por treinta horas semanales. b) Que el hijo de la demandada nació el 24 de febrero de 2021, razón por la que se encuentra amparada por fuero maternal. c) Que desde el 31 de diciembre de 2021 la demandada no se ha presentado a trabajar sin justificación alguna que la ampare. SÉPTIMO: Que establecido lo anterior cabe tener presente que el fuero ha sido definido por el profesor don Daniel Nadal Serri en su obra “El Despido en el Código del Trabajo”, Primera Edición, marzo de 2003, Editorial Lexis Nexis, página 350, como “el estado legal que beneficia al trabajador ante el empresario cua

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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO AUDIENCIA VIRTUAL FECHA Jueves 24 de noviembre de 2022 RUC 22-4-0424218-4 RIT O-246-2022 Materia Desafuero maternal MAGISTRADO SERGIO HERNÁN YÁÑEZ ARELLANO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Octavio Tobar Chávez HORA DE INICIO 09:16 horas HORA DE TERMINO 09:20 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2240424218-4-1359 PARTE DEMANDANTE FALABELLA RET

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