MARÍN CON GARCIA
Rol
O-280-2020
Fecha
25 de noviembre de 2022
Materia
Costas, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don EDGARDO ARTURO MARÍN ARIAS, Rut 10218161-1, operador de auto hormigonera, con domicilio en Los Ruiseñores N° 1355, Padre Las Casas, quien interpone demanda laboral en procedimiento aplicación general por cobro de prestaciones adeudadas, en contra de: 1.-CONSTRUCTORA CARLOS RENE GARCIA GROSS LIMITADA, Rut 78.868.250-6, en procedimiento concursal de liquidación forzosa, conforme resolución judicial emanada del 2° Juzgado Civil de Temuco, rol causa C- 1349- 2020, dictada con fecha 10 de febrero del 2022 de enero del 2020, con domicilio y representación para estos efectos por el Liquidador don Nelson Nicolás Machuca Casanovas, domiciliado en Amunátegui N.°277, oficina 901, Santiago; 2.-CARLOS RENE GARCIA GROSS, Rut 7966993-8, en procedimiento concursal de liquidación forzosa, conforme resolución judicial emanada del 2° Juzgado Civil de Temuco, rol causa C- 5235-2019, dictada con fecha 20 de enero del 2020, publicada en boletín concursal con fecha 29 de enero del 2020, con domicilio y representación para estos efectos por el Liquidador don Nelson Nicolás Machuca Casanovas Becerra, domiciliado en Amunátegui N.°277, oficina 901, Santiago; 3.-SOCIEDAD DE TRANSPORTES NORCAR LIMITADA, RUT 79.549.700-5, representada legalmente en conformidad del artículo 4 del Código del Trabajo por don CARLOS RENE GARCIA GROSS, Rut 7966993-8, con domicilio en Calle, Av José Rabat 9200 Condominio Los Robles Los Peumos, Casa35, Chicureo No 9200, Colina, o por quien lo subrogue o represente; 4.-CONSTRUCTORA CARLOS RENE GARCIA GROSS Y COMPAÑIA LIMITADA RUT 78.773.950-4, en procedimiento concursal de liquidación forzosa, conforme resolución judicial emanada del 2° Juzgado Civil de Temuco, rol causa C- 1133-2020, dictada con fecha 20 de junio del 2022, con domicilio y representación para estos efectos por el Liquidador Titular Provisional, a don Nabor Osvaldo Urzúa Becerra, domiciliado en calle Andrés Bello N° 765 oficina 83, comuna de Temuco; 5.-ARRIENDO DE MAQUINARIAS Y VEHICULOS RENTA GAROMAQ LIMITADA Rut 76.119.879-3, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente en conformidad del artículo 4 del Código del Trabajo, por don Carlos Rene Garcia Gross, Rut 7966993-8, con domicilio con domicilio en Calle, Av José Rabat 9200 Condominio Los Robles Los Peumos, Casa 35, Chicureo No 9200, Colina o por quien lo subrogue o represente; 6.-INVERSIONES E INMOBILIARIA TEUCO LIMITADA 76.546.952-K, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente en conformidad del artículo 4 del Código del Trabajo por don Carlos Rene Garcia Gross, Rut 7966993-8, con domicilio en Calle, Av José Rabat 9200 Condominio Los Robles Los Peumos, Casa35, Chicureo No 9200, Colina o por quien lo subrogue o represente y 7.-y solidariamente en virtud del artículo 183 B del Código del Trabajo, en contra de MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS (DIRECCIÓN DE VIALIDAD), Rut: 61.202.000-0, representado legalmente por el CONSEJO DE DEF
Fallo
se declara que CARLOS RENÉ GARCÍA GROSS RUT 7.966.993-8, CONSTRUCTORA CARLOS RENÉ GARCÍA GROSS LIMITADA RUT 78.868.250-6, SOCIEDAD DE TRANSPORTES NORCAR LIMITADA RUT 79.549.700-5, CONSTRUCTORA CARLOS RENÉ GARCÍA GROSS Y COMPAÑÍA LIMITADA RUT 78.773.950-4, ARRIENDO DE MAQUINARIAS Y VEHÍCULOS RENTA GAROMAQ LIMITADA RUT 76.119.879-3, e INVERSIONES E INMOBILIARIA TEUCO LIMITADA RUT 76.546.952-K, constituyen un solo empleador para efectos laborales y previsionales de conformidad al artículo 3° del Código del Trabajo. 2. Certificado de fecha 16 enero del 2020, relativa a que sentencia definitiva dictada en esta causa R.I.T. O-997-2019, R.U.C. 19- 4-0224852-4, del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco se encuentra firme y ejecutoriada. 3.- Presentación de reclamo ante la Inspección del Trabajo, de fecha 27 de diciembre del 2019. 4.- Acta de Comparendo de Conciliación ante la Inspección del Trabajo de fecha 06 de enero del 2020. 5.- Carta de despido de fecha 24 de diciembre del 2019 dirigida a Edgardo Arturo Marín Arias, por parte de Constructora Carlos René García Gross Limitada, en virtud de la cual se señala que se ha tomado la decisión de poner término al contrato que lo vincula con la compañía con fecha 24 de diciembre de 2019 por la causal contemplada en el artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, añadiendo que los hechos que configuran la causal son el mal estado de los negocios del empleador, conformado por las dificultades
Texto Completo (Preview)
Temuco, veinticinco de noviembre dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don EDGARDO ARTURO MARÍN ARIAS, Rut 10218161-1, operador de auto hormigonera, con domicilio en Los Ruiseñores N° 1355, Padre Las Casas, quien interpone demanda laboral en procedimiento aplicación general por cobro de prestaciones adeudadas, en contra de: 1.-CONSTRUCTORA CARLOS RENE GARCIA GROSS LIM
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica