ESCUDERO/ILUSTRE MUNCIPALIDAD DE MAIPU
Rol
C-3902-2021
Fecha
9 de diciembre de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 23 de abril de 2021, comparece doña Eliana del Carmen Escudero Díaz, pensionada, con domicilio en Eliseo N° 0361, Villa Jardín Los Héroes, comuna de Maipú, quien deduce demanda de declaración de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, representada legalmente por su alcaldesa doña Cathy Barriga Guerra, ambas con domicilio en Avenida Cinco de Abril N° 260, comuna de Maipú. Funda su demanda en que es residente y dueña del inmueble ubicado en Eliseo N° 0361, Villa Jardín Los Héroes, comuna de Maipú, respecto del cual existen derechos de aseo que se encuentran pendientes de pago, desde el 30 de noviembre de 2011 al 30 de septiembre de 2020, según consta en documento denominado “Informe de deuda derechos de aseo”. Precisa que en dicho documento, consta que existe un periodo de derechos de aseo pendientes de pago, que abarca desde el 30 de noviembre de 2011 al 30 de noviembre de 2015, respecto del cual ha transcurrido un plazo superior al establecido por la ley para que se declare la prescripción de la acción de cobro, con sus respectivos reajustes, intereses y multas. Invoca los artículos 2493, 2514 y 2515 del Código Civil, y sostiene que, en virtud de los antecedentes señalados, es procedente que se declare la prescripción extintiva de la acción de cobro de los derechos de aseo municipal, comprendidos entre el 30 de noviembre de 2011 al 30 de noviembre de 2015, ascendentes a la suma de $416.818. Finaliza solicitando tener por interpuesta demanda de declaración de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, representada legalmente por su alcaldesa, doña Cathy Barriga Guerra, ya individualizadas, y en definitiva declarar la prescripción extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal impagos, más sus respectivos reajustes, intereses y eventuales multas respecto de la propiedad ubicada en Eliseo N° 0361, Villa Jardín Los Héroes, comuna de Maipú, correspondiente al periodo que co
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña Eliana del Carmen Escudero Díaz interpuso demanda de declaración de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, todos ya individualizados, en atención a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho señalados en lo expositivo de la presente sentencia. SEGUNDO: Que la demandante acompañó los siguientes documentos en el folio 1: 1. Informe de deuda emitido por la Municipalidad de Maipú con fecha 7 de octubre de 2020, que da cuenta que el inmueble ubicado en Eliseo N° 0361, presenta una deuda de derechos de aseo correspondiente a cuotas vencidas entre el 30 de noviembre de 2011 y el 30 de septiembre de 2020. 2. Copia de la inscripción de fojas 44042, número 66586, del Registro de Propiedad del año 2010, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, de acuerdo a la cual doña Eliana del Carmen Escudero Díaz es dueña del inmueble ubicado en Eliseo N° 0361, comuna de Maipú. 3. Certificado de residencia emitido por la Junta de Vecinos El Cerrito de Los Héroes, con fecha 8 de octubre de 2020, según el cual doña Eliana del Carmen Escudero Díaz tiene su domicilio en Eliseo N° 0361, comuna de Maipú. 4. Certificado de avalúo fiscal emitido por el Servicio de Impuestos Internos, de fecha 8 de octubre de 2020. TERCERO: Que la demandada en su escrito de contestación, se allanó totalmente a la acción deducida. CUARTO: Que para una acertada resolución del asunto sometido al conocimiento y decisión de este Tribunal, es menester analizar la normativa legal que al efecto establece nuestro ordenamiento jurídico. El artículo 2492 del Código Civil indica que la prescripción extintiva es un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos, por no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo y concurriendo los demás requisitos legales; el artículo 2514 de la señalada compilación legal agrega que la prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones y que él se cuenta desde que la obligación se haya hecho exigible. A su turno, el artículo 2493 de la referida recopilación establece que el que quiera aprovecharse de la prescripción debe alegarla, y luego el artículo 2521 del citado código señala que prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. QUINTO: Que conforme a los artículos 5 y 6 del Decreto Ley N° 3063, sobre Rentas Municipales, esta magistratura estima que la obligación de cuya prescripción se trata corresponde a la renta producida por un servicio público municipal (el de extracción de residuos sólidos domiciliarios), de modo que no resulta aplicable, en la especie, el plazo prescrito en el artículo 2521 del Código Civil, pues no se trata de ninguna clase de impuestos. A mayor abundamiento es el mismo Decreto Ley N° 3063 el que hace una clara diferenciación entre impuesto y derecho,
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 2492, 2493, 2497, 2514 y 2515 del Código Civil; 144, 160, 170 y 254 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I. Que se acoge la demanda de fecha 23 de abril de 2021, en el sentido que se declara prescrita la acción de cobro de la deuda por concepto de derechos de aseo domiciliarios respecto del inmueble ubicado en Eliseo N° 0361, Villa Jardín Los Héroes, comuna de Maipú, correspondiente a las cuotas vencidas entre el 30 de noviembre de 2011 y el 30 de noviembre de 2015, ambas inclusive. II. Que cada parte asumirá sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol C-3902-2021 Pronunciada por doña Daniela Royer Faúndez, Juez Titular. En Santiago, a nueve de Diciembre de dos mil veintiuno, se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-12-09T18:27:57-0300
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FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 30º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-3902-2021 CARATULADO : ESCUDERO/ILUSTRE MUNCIPALIDAD DE MAIPU Santiago, nueve de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 23 de abril de 2021, comparece doña Eliana del Carmen Escudero Díaz, pensionada, con domicilio en Eliseo N° 0361, Villa Jardín Los Héroes, comuna de Maipú, quien deduce
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