1º Juzgado de Letras de Vallenar

COMPAÑIA MINERA KAIROS CHILE LIMITADA/

Rol

V-451-2021

Fecha

9 de diciembre de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que en estos autos rol V-451-2021, se presenta don GONZALO PHILLIPS DEL POZO, chileno, casado, Abogado, Cédula Nacional de Identidad Nº 10.143.029-4, en representación, de COMPAÑIA MINERA KAIROS CHILE LTDA., sociedad de responsabilidad limitada, constituida conforme a las leyes de la República de Chile, del giro de su denominación, rol único tributario número 76.375.367-0, ambos domiciliados en Franklin Delano Roosevelt N°886, La Serena, solicitando se dicte sentencia constitutiva de exploración del pedimento denominado “LA FORTUNA VII 13”, presentado con fecha 12 de agosto de 2021, solicitándose una superficie de 300 hectáreas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Minería. La personería de don GONZALO PHILLIPS DEL POZO para representar a COMPAÑIA MINERA KAIROS CHILE LTDA., consta del mandato judicial de escritura pública, de fecha 28 de junio del 2016, con firma electrónica Avanzada otorgada ante el notario suplente don Gonzalo Andrés Oñate Miranda, en la Cuarta Notaría de La Serena del titular don Rubén Reinoso Herrera, cuya copia legalizada se encuentra agregada a estos autos.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que rola pedimento ingresado al sistema de tramitación electrónica, por don GONZALO PHILLIPS DEL POZO, en representación de COMPAÑIA MINERA KAIROS CHILE LTDA., ya individualizados, con fecha 12 de agosto de 2021 y anotado en informe de registro de minas bajo el folio N° 421, del Primer Juzgado de Letras de Vallenar y mediante resolución de fecha trece de agosto de dos mil veintiuno, se ordena inscribir, publicar, dar copia y cuyo rol asignado es V-451- 2021. SEGUNDO: Que se agregaron a los autos copia autorizada de la inscripción del pedimento efectuado a fojas 597 Nº 244 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Alto del Carmen, correspondiente al año 2021; y páginas pertinentes del Boletín Oficial de Minería Nº 43.047, de fecha 06 de septiembre de 2021, en el que consta la publicación del pedimento referido. TERCERO: Que la concesión solicitada se ubica en la Región: Atacama, Provincia: Huasco, Comuna: Alto del Carmen, Sierra o lugar: Quebrada La Fortuna y las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro y punto medio son los siguientes: Vértice Norte: Este: P. M. 6.752.500,00 metros 363.500,00 metros V1 6.753.000,00 metros 362.000,00 metros V2 6.753.000,00 metros 365.000,00 metros V3 6.752.000,00 metros 365.000,00 metros V4 6.752.000,00 metros 362.000,00 metros. CUARTO: Que se evacua a folio 8, informe favorable, mediante Ord N° 7199, del Servicio Nacional de Geología y Minería, de fecha 17 de noviembre de 2021, acerca de los aspectos técnicos de la Concesión de Exploración denominada “LA FORTUNA VII 13”, Rol Nacional 03304-7703-2. QUINTO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Código de Minería, durante la vigencia de la concesión sólo su titular tendrá derecho, dentro de los límites de ella, a hacer libremente calicatas y otras labores de exploración. Que el ejercicio de este derecho quedará sujeto a las obligaciones y limitaciones que establecen los artículos 14, 15 inciso segundo y siguientes, 16 número tercero y 17 y demás pertinentes sobre policía y seguridad mineras. El titular se hará dueño sólo de las sustancias concesibles que necesite arrancar con motivo del ejercicio de ese derecho. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10 del mismo cuerpo legal citado. SEXTO: Que así, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Minería y en virtud del pedimento presentado el día 12 de agosto de 2021, se solicita se constituya la concesión de exploración. SÉPTIMO: Que en el referido pedimento se señala que la concesión solicitada, abarcará una superficie total de 300 hectáreas, bajo el nombre de “LA FORTUNA VII 13” y al solicitar sentencia constitutiva de exploración el solicitante refiere de éste abarcará en definitiva una superficie de 300 hectáreas. Y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Nº 18.097 y artículos 35, 55, 56, 87, 88, 90, 112, 113 y 114 de la Ley Nº 18.248, del Código de Minería y artículo 42 d

Texto Completo (Preview)

: 12 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Vallenarº CAUSA ROL : V-451-2021 CARATULADO : COMPA IA MINERA KAIROS CHILEÑ LIMITADA/ Vallenar, nueve de diciembre de dos mil veintiuno. Vistos: Que en estos autos rol V-451-2021, se presenta don GONZALO PHILLIPS DEL POZO, chileno, casado, Abogado, Cédula Nacional de Identidad Nº 10.143.029-4, en representación, de COMPAÑIA

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