SOTO/
Rol
V-78-2019
Fecha
9 de diciembre de 2021
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que a lo principal de fecha 06 de septiembre de 2019, rectificada con fecha 14 de septiembre de 2021, comparece JORGE SOTO MEDEL, abogado, actuando en nombre y representación de los socios del CONSEJO SAN BERNARADO, de la CORPORACIÓN UNIÓN DE TRABAJADORES FERROVIARIOS DE CHILE, CONSEJO SAN BERNARDO; Don SERGIO CARRASCO BERRIOS, Rut. 5.844.859-; Don HUGO SALINAS MARTI, Rut.4.745.459-K; JOSÉ ANTONIO CRIADO REYES, Rut. 3.094.182-9 y GUILLERMO CRUCES MENDOZA, Rut. 3.257.215-4, otorgada por escritura pública de fecha 2 de septiembre de 2019 en la Notaria de don Carlos Ruiz Bahamondes de San Bernardo, repertorio N°1187 de 2019, quién solicita de conformidad a lo dispuesto en los artículos 96, 97 y 98 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces que, previo informe de la Sra. Conservador de Bienes Raíces doña AMELIA GALVEZ CARVALLO, Rut. 4.693.734-1, abogado domiciliada en Arturo Prat N°314 San Bernardo, declare que la inscripción que pasa a indicar se efectuó en manifiesto incumplimiento y desacato de la sentencia recaída en la causa del Primer Juzgado de Letras de esta ciudad y en manifiesta infracción a los artículos 13, 61 y 78 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces y, en consecuencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos mencionados y artículo 96 del Reglamento del Conservador transcritos, aplique la sanción pecunia que dispone la norma, sin perjuicio de que se ordene que el “Conservador subsane la falta u omisión” ya sea mediante la cancelación por RAZONES ESTRICTAMENTE FORMALES de la inscripción ilegalmente efectuada, o, se ordene anotar al margen de ella la sentencia a que me referiré, archivando copia de esta al final del Registro de Propiedad. RIT« » Foja: 1 Manifiesta el compareciente que se pide la aplicación de una sanción por haber la Sra. Conservador efectuado una inscripción con manifiesta contravención a lo ordenado por la Excma. Corte Suprema y a los artículo 13, 61 y 78 del Reglamento respectivo, todo ello sin pe
Fundamentos
considerando sexto que comparte el criterio de la Señora Conservador “en cuanto a que no existe una concordancia con los títulos y los antecedentes registrales que justifique la inscripción de la referida escritura”, agregando que la I. Corte de Apelaciones confirmó el
Fallo
fallo de la Excma. Corte Suprema referido específicamente al título inscrito recaída en la causa V-82-2019 del Primer Juzgado de Letras de esta ciudad, practicó la siguiente inscripción: “DEL VALLE SpA, rol único tributaria 76.5.77.233-8, con domicilio en Agustinas 1350 oficina 64, comuna de Santiago, es dueña del inmueble ubicado en calle Bulnes antes S/N de la comuna de San Bernardo que deslinda al NORTE: propiedad Cruz Roja Chilena; al SUR: propiedad de don Carlos Ugarte, hoy don Armando Jul; al ORIENTE: calle Bulnes y al PONIENTE propiedad de don Moisés Venegas, Marcos Scott y Pedro Ibarra. “Adquirió este inmueble por compra que hizo a la CORPORACIÓN UNIÓN DE TRABAJADORES DE CHILE, según escritura otorgada con fecha 20 de abril del 2018 en la Notaría de Santiago de Osvaldo Pereira González, repertorio 2636, ratificada por la CORPORACIÓN DE TRABAJADORES FERROVIARIOS DE CHILE, CONSEJO SAN BERNARDO, según escritura otorgada con fecha 27 de septiembre de 2018 en la notaría de San Miguel de Jorge Bessone Reyes, repertorio 4651.” “El precio fue la suma de $375.000.000.- pagada en la forma indicada en la escritura. El título anterior está a fojas 1356, N° 2053 del Registro de Propiedades del año 1947, Rol 1823-3. Requirió Benjamín Truan Kaplan.” Expone que consta de dicha inscripción que se hace en mérito de dos títulos: RIT« » Foja: 1 1.- Escritura Compraventa otorgada con fecha 20 de abril del 2018 en la Notaría de Santiago de Osvaldo Pereira González, repertorio 2636; y 2.-
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 31 .- treinta y uno NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de San Bernardoº CAUSA ROL : V-78-2019 CARATULADO : SOTO/ San Bernardo, nueve de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: PRIMERO: Que a lo principal de fecha 06 de septiembre de 2019, rectificada con fecha 14 de septiembre de 2021, comparece JORGE SOTO MEDEL, abogado, actuando en nombre y represen
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