3º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/POBLETE

Rol

C-1301-2021

Fecha

7 de diciembre de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 18 de mayo de 2021, comparece doña Nancy Mellado Rojas, abogada, domiciliada en esta ciudad, Washington Nº 2675, Oficina 701, Edificio Centenario, como endosataria en comisión de cobranza y mandataria judicial del Banco de Crédito e Inversiones, persona jurídica dedicada al giro de su denominación, representada legalmente por el señor Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, Ingeniero Civil, con domicilio en esta ciudad, calle Washington Nº 2.683, quien interpone demanda en juicio ejecutivo en contra de don Rodolfo Andrés Poblete Pasten, empleado, domiciliado en Avenida Iquique N° 3100, Villa San Luis, Antofagasta. Funda su acción señalando que, consta del pagaré que acompaña Nº Operación D01354342491, que el ejecutado se constituyó deudor de la institución que representa por la suma de $54.636.231.- (Cincuenta y cuatro millones seiscientos treinta y seis mil doscientos treinta y un pesos) por concepto de capital, que se obligó a pagar en 60 cuotas mensuales iguales y sucesivas de $1.140.180.- cada una, venciendo la primera de ellas el día 09 de febrero de 2021 y las restantes los días 09 de cada mes, venciendo la última de ellas el día 09 de enero de 2026. Esta obligación devengará una tasa de interés del 0,71% mensual, vencido, durante todo el plazo pactado. C-1301-2021 Por su parte, los intereses se obligó a pagar en las mismas fechas señaladas para las amortizaciones de capital. El no pago oportuno de una cualquiera de las cuotas de capital y/o interés comprendidos en esta obligación, dará derecho al acreedor a hacer exigible de inmediato y anticipadamente el monto total del saldo insoluto adeudado a esa fecha, el que desde ese misma fecha se considerará de plazo vencido y devengará en favor del acreedor o de quien sus derechos represente, el interés máximo convencional que rija durante la mora o simple retardo. Se deja expresamente establecido que el ejercicio de este derecho constituye una sanción a

Fallo

por tanto, tener por entablada la presente demanda ejecutiva en contra del ejecutado, ya individualizado, y despachar en su contra mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $54.636.231.-, más el interés máximo convencional que rija durante la mora o simple retardo y disponer se siga adelante con la ejecución hasta obtener el entero pago del capital adeudado, intereses y costas. SEGUNDO: Que, con fecha 26 de julio de 2021, comparece don Rodrigo Silva Montes, abogado, en representación del ejecutado de autos, don Rodolfo Andrés Poblete Pastén, ambos domiciliados en calle Huérfanos Nº 835, piso 19, ciudad de Santiago, quien en lo principal de su presentación, opone a la ejecución la siguiente excepción. 1.- Excepción del N° 7 del art. 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demandado. Indica que, en primer lugar opone esta excepción, ya que el título invocado carece de mérito ejecutivo, por lo que no puede hacerse valer en este juicio. En efecto, en el pagaré acompañado en autos y que sirve de base de la pretensión del demandante, no consta el pago del impuesto que rige a dicho documento, en virtud de lo dispuesto en el Decreto Ley 3.475, Ley sobre Impuesto de Timbres y Estampillas, artículo 1°, 9°, y 25. Señala que, el acreedor hace referencia al inciso 2 de este último artículo para señalar que la

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C-1301-2021 FOJA 41. ROL : C-1.301-2021 EJECUTANTE : BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES EJECUTADO : RODOLFO ANDRÉS POBLETE PASTÉN MATERIA : JUICIO EJECUTIVO _______________________________________________________/ Antofagasta, a siete de diciembre de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 18 de mayo de 2021, comparece doña Nancy Mellado Rojas, abogada, domiciliada en esta

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