2º Juzgado Civil de Chillán

BANCO DE CHILE/YÁÑEZ

Rol

C-4447-2016

Fecha

6 de diciembre de 2021

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece don Fabi n Huepe Artigas, abogado, mandatarioá convencional, en representaci n de SOCOFIN S.A., sociedad an nima de cobranzas, yó ó sta a su vez, en representaci n de Banco de Chile, sociedad an nima bancaria,é ó ó representada por su Gerente General don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero, todos domiciliados para estos efectos en Bulnes 772, Comuna de Chill n y deduce demanda deá cobro de pesos, en procedimiento ordinario de menor cuant a, en contra de don Lionelí Y ez Cofre, de quien ignora profesi n u oficio, con domicilio en calle Las Coles 16,áñ ó Sector Subdivisi n Santa Clara, Chill n. Se ala que su representado otorg con fecha 24ó á ñ ó de marzo de 2014 a don Lionel Ya ez Cofr un pr stamo por la suma de $10.050.541,ñ é é que el deudor se oblig a pagar en 72 cuotas, conforme al siguiente programa: 71 cuotasó iguales, mensuales y sucesivas, que se pagar an a partir del 16 de junio de 2014, y así í sucesivamente, por un monto de $200.983 cada una de ellas, salvo la ltima que ser a deú í $200.946, venciendo el 18 de mayo de 2020. Asimismo, se ala que el deudor se oblig añ ó pagar intereses del 1,0% mensual vencido y para el caso de mora o simple retardo la tasa de inter s se elevar a al respectivo inter s m ximo convencional, vigente a la fechaé í é á de suscripci n del pagar o a la poca de la mora o retardo, cualquiera de las dos queó é é sea el m s alto, desde el momento del retardo y hasta el pago efectivo. Refiere elá demandante que, el referido pagar no ha sido pagado desde la 16 cuota coné ª vencimiento el 16 de septiembre de 2015, adeud ndose, en consecuencia, en capital laá cantidad de $8.667.621, m s los intereses pactados y penales a partir de la mora. Indicaá que, para facilitar el cobro, el deudor suscribi , en la misma fecha, un pagar n meroó é ú 43128 ante Notario y a la orden del Banco de Chile. Se ala que, en dicho instrumentoñ se oblig el deudor a pagar, en caso de no pago oportuno del pr stamo, el inter só é é m x

Fundamentos

fundamentos legales, en las disposiciones transcritas y en el hecho cierto de haber dejado el deudor, de cumplir con las obligaciones contractuales que para lé derivan del mutuo ya rese ado, motivo por el cual, conforme lo precept a elñ ú ordenamiento legal vigente, procede dar curso a la presente demanda ordinaria de cobro de pesos, de menor cuant a. í Solicita tener por interpuesta demanda en juicio ordinario de menor cuant a ení contra de don Lionel Ya ez Cofre, ya individualizado, recibirla a tramitaci n y enñ ó definitiva acogerla declarando: 1.-Que don Lionel Ya ez Cofre adeuda al Banco deñ Chile la suma de $8.667.621, m s los intereses pactados y penales devengados y porá devengar o la suma que este juez determine en derecho, como consecuencia del mutuo de dinero que le otorgar dicha entidad bancaria. 2.-Que el demandado deber pagar aá á su representado el monto adeudado seg n se determine por US., dentro de tercero d aú í de ejecutoriada la sentencia que as lo ordena o en el plazo que se fije. 3.-Que elí demandado deber pagar adem s las costas de la causa.á á A folio 50, el 19 de junio de 2018 se notific personalmente al demandado donó Lionel Ya ez Cofre. ñ A folio 56, se tuvo por contestada la demanda en rebeld a.í A folio 80, se llev a efecto audiencia de conciliaci n.ó ó A folio 83, se recibi la causa a prueba y se fijaron como hechos substanciales,ó pertinentes y controvertidos, los siguientes: 1.- Efectividad que el actor otorg a laó demandada un pr stamo de dinero, en su caso, monto de l, modalidades de pago y sué é fecha. 2.-En la afirmativa del punto anterior, efectividad que los contratantes cumplieron las obligaciones impuestas, en su caso, modo y data de ello. A folio 89, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que SOCOFIN S.A. en representaci n de Banco Chile sostieneó que otorg a don Lionel Ya ez Cofre el 24 de marzo de 2014 un pr stamo por $ó ñ é 10.050.541 que se oblig a pagar en 72 cuotas iguales, y sucesivas a contar del 16 deó junio de 2014. Agrega que, el demandado no cumpli con el pago de la cuota N 16ó ° con vencimiento el 16 de septiembre de 2015, adeudando un capital de $ 8.667.621 m sá intereses pactados y penales a partir de la mora. Solicita acoger la demanda y ordenar al demandado el pago de la suma indicada. C-4447-2016 Foja: 1 SEGUNDO: Que se tuvo por contestada la demanda en rebeld a delí demandado. TERCERO: Que se recibi la causa a prueba y se fijaron como hechosó sustanciales, pertinentes y controvertidos: 1.- Efectividad que el actor otorg a laó demandada un pr stamo de dinero, en su caso, monto de l, modalidades de pago y sué é fecha. 2.-En la afirmativa del punto anterior, efectividad que los contratantes cumplieron las obligaciones impuestas, en su caso, modo y data de ello CUARTO: Que el actor acompa legalmente y sin objeci n, los siguientesñó ó documentos: 1) Pagar a plazos N 000000043128 suscrito el 24 de marzo deé ° 2014 por don Lionel Arturo Ya ez Cofre en beneficio de Ban

Fallo

se resuelve C-4447-2016 Foja: 1 I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don Fabi n Huepe Artigas ená representaci n de SOCOFIN S.A. y este en representaci n de Banco Chile en contraó ó de don Lionel Arturo Ya ez Cofre y se condena a ste al pago de $ 8.667.621, sumañ é que devengar el inter s m ximo convencional para operaciones no reajustables, desdeá é á el 16 de septiembre de 2015 y hasta la poca de efectivo pago. é II.- Que se condena al demandado al pago de las costas por haber resultado totalmente vencido. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad. í í í Dictada por do a Milena Andrea Aedo Zapata, Juez Titular. ñ Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Chillan, seis de Diciembre de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-12-06T16:58:50-0300

Texto Completo (Preview)

C-4447-2016 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Chill nº á CAUSA ROL : C-4447-2016 CARATULADO : BANCO DE CHILE/Y EZÁÑ Chillan, seis de Diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS: A folio 1, comparece don Fabi n Huepe Artigas, abogado, mandatarioá convencional, en representaci n de SOCOFIN S.A., sociedad an nima de cobranzas, yó ó sta a su vez, en representaci n de Ban

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica