BANCO DE CHILE/
Rol
V-72-2021
Fecha
6 de diciembre de 2021
Materia
CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que, en causa rol V-72-2021 del ingreso de este juzgado, en el folio 1, don Mauricio Sandoval Romero, abogado, mandatario judicial, con domicilio en calle José Nogueira 1496 de Punta Arenas, en representaci n del Banco de Chile sociedadó an nima bancaria, de su mismo domicilio, expone que con fecha 29 de julio de 2021,ó don Maximiliano Alfonso Fern ndez Brigando, domiciliado en Sarmiento 923 Dpto. 52,á de la comuna de Punta Arenas, Regi n de Magallanes cedi al Banco de Chile unó ó Dep sito a Plazo con cl usula de renovaci n autom tica cada 60 d as endosable,ó á ó á í N 0111885 emitido por el Banco de Chile el 17 de julio de 2014, por la suma deº $3.989.763.- a la orden del cedente y con actual vencimiento el d a 21 de junio de 2019í por la suma de $3.989.763.- Se ala que la firma de las partes fue autorizada en Punta Arenas por el notarioñ don Igor Trincado Urra. En el contrato de cesi n se alado, se dej constancia de laó ñ ó aceptaci n de dicha cesi n por parte del librado, el Banco de Chile, y se dio poró ó efectuada la tradici n del t tulo de cr dito.ó í é Agrega que como consecuencia de lo anterior, su representado se convirti en eló nico beneficiario de dicho t tulo de cr dito.ú í é Expone que el documento original se ha extraviado, por lo que a fin de cautelar los intereses de su representado y proceder a su cobro, y atendido lo establecido en el art culo 1 de la ley 18.552 y en los art culos 88 y siguientes de ley 18.092 viene ení í solicitar a SS. que se sirva declarar el extrav o del citado documento y autorizar alí peticionario para ejercer los derechos como beneficiario y tenedor del referido documento, en especial el de cobrar y percibir su importe. Que, en el folio 1, se acompa : contrato de cesi n.ñó ó Que, en los folios 7 y 13 respectivamente, rola la publicaci n y certificaci nó ó efectuada conforme al art culo 89 inciso 2 de la Ley 18.092.í ° Que, en el folio 14, se trajeron los autos para resolver.
Fundamentos
CONSIDERANDO: RIT« » Foja: 1 Que con el m rito de lo expuesto por el solicitante y los antecedentes agregados aé la causa, se encuentra suficientemente acreditado en autos que el Banco de Chile es el nico beneficiario de dicho t tulo de cr dito y no existiendo impedimento en contrario,ú í é de conformidad con lo dispuesto en los art culos 88 y siguientes de la Ley 18.092 y 817í del C digo de Procedimiento Civil:ó
Fallo
Se declara extraviado, para todos los efectos legales, el Dep sito a Plazo conó cl usula de renovaci n autom tica cada 60 d as endosable, N 011188-5 emitido por elá ó á í º Banco de Chile el 17 de julio de 2014, por la suma de $3.989.763.- a la orden del cedente y con actual vencimiento el d a 21 de junio de 2019 por la suma deí $3.989.763.-, autoriz ndose al Banco de Chile a ejercer sus derechos como beneficiario yá tenedor del referido documento, en especial el de cobrar y percibir su importe, ejecutoriada que sea la presente sentencia. Reg strese, notif quese, dese copia y arch vese, en su oportunidad.í í í Rol V-72-2021. Dict do a Rosa Francisca Luque L pez, Jueza (s) del Segundo Juzgado deó ñ ó Letras de Punta Arenas. Certifico: que con esta fecha se dio cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 162 delí C digo de Procedimiento Civil. Punta Arenas, 6 de diciembre de 2021.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-12-06T18:30:11-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Punta Arenasº CAUSA ROL : V-72-2021 CARATULADO : BANCO DE CHILE/ Punta Arenas, seis de diciembre de dos mil veintiuno. Vistos: Que, en causa rol V-72-2021 del ingreso de este juzgado, en el folio 1, don Mauricio Sandoval Romero, abogado, mandatario judicial, con domicilio en calle José Nogueira 1496 de Punta Arenas, e
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