FACTORONE S.A./CENTRO DE IMPRESIÓN GRÁFICA DELCOF LIMITADA
Rol
C-369-2019
Fecha
6 de diciembre de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 comparece la abogada se ora Cherie Romero Malla,ñ en representaci n de la sociedad FactorOne S.A., persona jur dica del giro de suó í denominaci n, representada legalmente por Felipe Alberto Mu oz Rodr guez, ingenieroó ñ í comercial, todos domiciliados para estos efectos en Plaza O Higgins N 85, Vallenar,’ º demandando ejecutivamente el cobro del pagar a plazo N 208392, por un valor inicialé º de $2.170.812.- pagadero en 2 cuotas con vencimientos mensuales y sucesivos a partir del d a 05 de febrero de 2019, incluido los gastos e intereses pactados con una tasa fijaí de 2.02% mensual, a Centro de Impresi n Grafica Delcof Limitada, persona jur dica deló í giro de su denominaci n, representada legalmente por don Walter Antonio Pe a D az,ó ñ í desconoce profesi n u oficio, ambos con domicilio en calle Serrano N 1303,ó º Departamento A, Villa Centro, Vallenar y a don Walter Antonio Pe a D az, yañ í individualizado, en su calidad de avalista y codeudor solidario del mismo instrumento, por haber pagado parcialmente la primera de las cuotas, constituy ndose en mora aé partir del d a 05 de febrero de 2019, adeudando un total de $2.125.191.- (dos millonesí ciento veinticinco mil ciento noventa y un pesos). Que
Fallo
por lo expuesto, siendo la obligaci n l quida, actualmente exigible, constandoó í en t tulo ejecutivo y no prescrita, solicita se despache mandamiento de ejecuci n yí ó embargo en contra de los ejecutados y se disponga que se siga adelante esta ejecuci nó hasta hacerse entero y cumplido pago de la cantidad ya referida, con costas. SEGUNDO: Que a folio 20 comparece por s y por la ejecutada Centro deí Impresi n Grafica Delcof Limitada, el se or Walter Antonio Pe a D az, oponiendo laó ñ ñ í excepci n contemplada en el numeral 17 del art culo 464 del C digo de Procedimientoó í ó Civil, fund ndola en que al haber sido notificados de la demanda el 11 de junio de 2020,á ha transcurrido m s de un a o desde este acto y el vencimiento de la segunda de lasá ñ cuotas, y la excepci n dispuesta en el numeral 9 del art culo 464 del mismo cuerpoó ° í legal, esto es, el pago de la deuda, se alando que la deuda por $2.170.812, se encuentrañ total y absolutamente pagada. RIT« » Foja: 1 TERCERO: Que evacu ndose el traslado conferido por la ejecutante a folio 22,á y declar ndose admisibles las excepciones, se recibe la causa a prueba y se cita a lasá partes a o r sentencia el d a 1 de diciembre de 2021.í í CUARTO: Respecto de la excepci n de prescripci n de la acci nó ó ó ejecutiva. Que del m rito del pagar acompa ado es posible constatar que la segunda de lasé é ñ cuotas contenidas se alaba como d a del vencimiento el 7 de marzo del 2019, yñ í notific ndose v lidamente la demanda el d a 3 de
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 35 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Vallenarº CAUSA ROL : C-369-2019 CARATULADO : FACTORONE S.A./Centro de Impresi n Gr ficaó á Delcof Limitada Vallenar, seis de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 comparece la abogada se ora Cherie Romero Malla,ñ en representaci n de la sociedad FactorOne S.A., per
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