14º Juzgado Civil de Santiago

BANCO SANTANDER - CHILE/ASEOS INDUSTRIALES LTDA

Rol

C-6121-2021

Fecha

6 de diciembre de 2021

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece don Rodrigo Javier Atal Achelat, abogado, domiciliado en Agustinas Nº 1291, 4º piso oficina E, en representación convencional, según se acreditará, de BANCO SANTANDER-CHILE, sociedad del giro de su denominación, cuyo gerente general es don Miguel Mata Huerta, ingeniero civil, ambos domiciliados en calle Bandera 140, comuna de Santiago; quien interpone demanda de terminación de arrendamiento en contra de ASEOS INDUSTRIALES LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, representada por don Marco Antonio Navarrete Duran, Factor de comercio, y en contra de este último por si, en su calidad de fiador y codeudor solidario de la arrendataria, ambos con domicilio en Chiloé Nº 4.036, Comuna de San Miguel. Señala que según consta de los documentos que acompaña en el primer otrosí de su presentación, la sociedad que representa celebró 02 contrato de leasing o arrendamiento, con Aseos Industriales Limitada, los cuales detalla a continuación: 1.- Contrato Nº1: El contrato de arrendamiento, fue celebrado por escritura pública, de fecha 01 de Diciembre del año 2015, repertorio 44.163-2015, otorgada ante el Notario Público don Juan Ricardo San Martin Urrejola, mediante el cual Banco Santander Chile entregó en arrendamiento a Aseos Industriales Limitada, el siguiente bien de su ROL C-6121-2021 Fojas 2 propiedad: ubicada en la calle Chiloé Nº4036, Comuna De San Miguel, cuyos deslindes son: Norte con calle Brigadier De La Cruz, antes Magdalena Luisa. Sur con propiedad de don Francisco Godoy. Oriente, con resto de la propiedad vendida por Angel Rivera a don Alberto Herrera Tejada. Poniente con calle Chiloé. En cuanto a la entrega, según consta en la cláusula tercera del contrato de arrendamiento, los bienes arrendados se encontraban en poder de la arrendataria. En cuanto a Rentas de arrendamiento, se estipuló en la cláusula cuarta del contrato, que el arrendamiento: Uno) la renta mensual del arrendamiento es la suma equivalente en pesos, moneda corriente nacional

Fundamentos

considerando el valor de la Unidad de Fomento al 20 de Julio del año 2021, el cual corresponde a $29.747,09.- b) Por concepto de multa, y según lo pactado en el contrato, es decir, un 50% de las rentas que se encontraban pendientes de vencimiento a la época del incumplimiento; Contrato Nº2 a) Por concepto de rentas vencidas al día de la presentación de este escrito la suma de U.F. 3.657,28.- Impuesto al Valor Agregado incluido, equivalentes en pesos, moneda nacional de curso legal, a la suma de $108.793.437.-, considerando el valor de la Unidad de Fomento al 20 de Julio del año 2021, el cual corresponde a $29.747,09.- ROL C-6121-2021 Fojas 11 b) Por concepto de multa, y según lo pactado en el contrato, es decir, un 50% de las rentas que se encontraban pendientes de vencimiento a la época del incumplimiento Además, deberán pagar a Banco Santander Chile todas las rentas que se devenguen hasta la fecha de pago efectivo de la obligación. Lo anterior, sin perjuicio que al momento de la liquidación debe aplicarse el interés máximo convencional que la ley permite pactar para operaciones reajustables sobre el total de la obligación insoluta desde la fecha del incumplimiento hasta la fecha de su pago efectivo. 4.- Que se le condene al pago de las costas de la causa. Al cuarto otrosí, la parte demandante solicita exhortar al tribunal competente de la jurisdicción de San Miguel. A fojas 61, resolución de 29 de julio de 2021, se tiene por interpuesta acción en procedimiento especial de arrendamiento, cita a las partes a audiencia de contestación, conciliación y prueba. La resolución indica que atendido el carácter concentrado de la audiencia decretada, encontrándose suspendidos los términos probatorios en conformidad a lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley N° 21.226, solicítese agendar la respectiva audiencia una vez levantado el estado de excepción constitucional por calamidad pública y su eventual prórroga. A fojas 73, acta de 23 de agosto de 2021, consta certificación de Ministro de Fe de haber notificado la demanda a Aseos Industriales Limitada, representada por don Marco Antonio Navarrete Duran, en el domicilio de Chiloé Nº 4.036, Comuna de San Miguel, de conformidad a lo establecido en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil; por exhorto tramitado ante el 1° Juzgado Civil de San Miguel ROL C-6121-2021 Fojas 12 (E-6503-2021). Certifica haber practicado primera reconvención de pago, el que no efectuó. A fojas 74, acta de 23 de agosto de 2021, consta certificación de Ministro de Fe de haber notificado la demanda a don Marco Antonio Navarrete Durán en calidad de fiador y codeudor solidario de Aseos Industriales Limitada, en el domicilio de Chiloé Nº 4.036, Comuna de San Miguel, de conformidad a lo establecido en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil; por exhorto tramitado ante el 1° Juzgado Civil de San Miguel (E-6503-2021). Certifica haber practicado primera reconvención de pago, el que no efectuó. A fojas 79, presentación de

Fallo

fallo respectivo o en el que el tribunal estime conveniente. 3.- Que la arrendataria y/o el fiador y codeudor solidario deberá pagar a Banco Santander Chile la suma de $290.548.454.- que corresponde a los siguientes conceptos: Contrato Nº1 a) Por concepto de rentas vencidas al día de la presentación de este escrito la suma de U.F. 6.110,66.- Impuesto al Valor Agregado incluido, equivalentes en pesos, moneda nacional de curso legal, a la suma de $181.755.017.-, considerando el valor de la Unidad de Fomento al 20 de Julio del año 2021, el cual corresponde a $29.747,09.- b) Por concepto de multa, y según lo pactado en el contrato, es decir, un 50% de las rentas que se encontraban pendientes de vencimiento a la época del incumplimiento; Contrato Nº2 a) Por concepto de rentas vencidas al día de la presentación de este escrito la suma de U.F. 3.657,28.- Impuesto al Valor Agregado incluido, equivalentes en pesos, moneda nacional de curso legal, a la suma de $108.793.437.-, considerando el valor de la Unidad de Fomento al 20 de Julio del año 2021, el cual corresponde a $29.747,09.- ROL C-6121-2021 Fojas 11 b) Por concepto de multa, y según lo pactado en el contrato, es decir, un 50% de las rentas que se encontraban pendientes de vencimiento a la época del incumplimiento Además, deberán pagar a Banco Santander Chile todas las rentas que se devenguen hasta la fecha de pago efectivo de la obligación. Lo anterior, sin perjuicio que al momento de la liquidación debe aplicarse el interés

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ROL C-6121-2021 Fojas 1 NOMENCLATURA : 1. (40) Sentencia JUZGADO : 14º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-6121-2021 CARATULADO : BANCO SANTANDER CHILE / ASEOS INDUSTRIALES LTDA En Santiago, a seis días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno. VISTOS: Comparece don Rodrigo Javier Atal Achelat, abogado, domiciliado en Agustinas Nº 1291, 4º piso oficina E, en representación convencional,

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