LIBERTY COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES S.A/BRAVO
Rol
C-3655-2020
Fecha
4 de diciembre de 2021
Materia
INDEMNIZACIÓN PERJUICIOS ART.169 LEY TRÁNSITO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: lvaro Gonz lez Naveill n, abogado, con domicilio en avenida Pedro AguirreÁ á á Cerda N 1511, comuna de San Pedro de la Paz, Concepci n; en representaci nº ó ó convencional de Liberty Compa a de Seguros Generales S.A.,ñí sociedad del giro de su denominaci n, representada legalmente por Carlos Anderson Ferrer, con domicilio enó avenida Andr s Bello N 2457, piso 12, torre Costanera Center, comuna de Providencia,é º Santiago, deduce demanda de indemnizaci n de perjuicios por da os en choque, enó ñ juicio sumario, en contra de Patricio Antonio Salinas Andrade, ignora profesi n uó oficio, con domicilio en Avenida Nahuelbuta 2450, casa 14, Pen nsula de Andalu ,í é comuna de San Pedro de la Paz, en su calidad de conductor del veh culo patente UX-í 8422, y en contra de Tom s Alfredo Bravo Catal ná á , ignora profesi n u oficio, conó domicilio en Bulnes N 10, comuna de Concepci n, en su calidad de propietario del° ó veh culo patente UX-8422, por los da os y perjuicios ocasionados al veh culo patenteí ñ í BDTY-19, asegurado seg n p liza N 10998849 tem 1, solicitando que sean condenadosú ó º Í solidariamente a pagar los da os y perjuicios ocasionados al veh culo asegurado patenteñ í BDTY-19, avaluados en la cantidad de $2.415.000.-, o la suma mayor o menor que se determine conforme al proceso, m s reajustes desde la fecha del accidente de tr nsitoá á hasta su entero y completo pago o dentro de las fechas que el tribunal determine, m sá intereses y costas. Funda su demanda en que el d a 26 de julio de 2018 el veh culo aseguradoí í patente BDTY-19, conducido por Luis Marcelino Salgado L pez, circulaba por calleó Riquelme, de la comuna de Talcahuano, cuando al llegar a la intersecci n con calleó Gabriel Toro, fue impactado por el veh culo patente UX-8422, conducido por elí demandado Salinas Andrade, quien se incorpor a la pista de circulaci n del veh culoó ó í asegurado, sin ir atento a las condiciones del tr nsito del momento, no respetando laá se al Pare que enfrentaba,
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1 .- ° Que, seg n lo consignado en lo expositivo precedente, la demandanteú persigue la responsabilidad solidaria de los da os provocados en el veh culo asegurado,ñ í causados en la colisi n en que participaron el veh culo asegurado y el veh culo deó í í propiedad del demandado Tom s Bravo Catal n que el d a de los hechos era conducidoá á í por el demandado Patricio Salinas Andrade. 2 .-° Que, en el comparendo de estilo el demandado Patricio Salinas afirma que al haber concluido el procedimiento penal en que fuera condenado, por sobreseimiento definitivo, la acci n indemnizatoria no procede, adicionando que existi exposici nó ó ó imprudente al da o de parte del conductor del veh culo asegurado. ñ í 3 .-° Que, la demandante acompa como medio de prueba la documentalñó consistente en: C-3655-2020 Foja: 1 1.- Copia de la sentencia definitiva condenatoria dictada con fecha 28 de noviembre del a o 2018 correspondiente a los autos Rit N 6679-2018 y Ruc Nñ º ° 1800720748-0 del Juzgado de Garant a de Talcahuano.í 2.- Siete fotograf as simples las cuales dan cuenta de los da os sufridos por elí ñ veh culo asegurado patente BDTY-19.í 3.- Hoja de antecedentes que contiene la p liza N 10998849 tem 1 del veh culoó ° Í í asegurado patente BDTY-19, vigente a la poca de los hechos investigados.é 4.- Recibo de indemnizaci n, finiquito y cesi n de derechos, autorizado anteó ó notario p blico.ú 5.- Orden de pago en la cual consta que se pag una suma de $3.450.000.- aó favor del asegurado Luis Marcelino Salgado L pezó 6.- Liquidaci n de factura electr nica N 2551 emitida por Andr s Ignacio Laraó ó ° é Alba, por concepto de la venta de los restos del veh culo asegurado patente BDTY-19í por un total de $1.035.000.- 7.- Resoluci n de la Superintendencia de Valores y Seguros de fecha 04 de julioó de 2017 donde se aprueba la fusi n Liberty Compa a de Seguros Generales S.A. conó ñí Compa a de Seguros Generales Penta S.A.ñí 8.- Certificado de Anotaciones Vigentes del veh culo patente UX-8422.í 9.- Comprobante de p rdida total del veh culo asegurado patente BDTY-19,é í emitida por Skan Services Ltda. 10.- Documento judicial de aceptaci n de requerimiento a nombre de Patricioó Salinas Andrade. 11.- Dos capturas de pantalla del Rit N 6679-2018 y Ruc N 1800720748-0 delº ° Juzgado de Garant a de Talcahuano.í 4 .-° Que, por su parte el demandado Tom s Alfredo Bravo Catal n, acompaá á ñó la documental consistente en certificado de Inscripci n y anotaciones vigentes en eló Registro Nacional de Veh culos Motorizados del veh culo placa patente UX.8422-K,í í boleta N 5976, emitida por Gr as Cobra, declaraci n de veh culo motorizado de 26 de° ú ó í julio de 2018, emitido por el Servicio de Registro Civil y una fotograf a digitalizada. í 5 .- Que, conforme a lo expuesto, resulta claro que la acci n indemnizatoria° ó intentada tiene su basamento en la supuesta responsabilidad de los demandados en el accidente de tr nsito que ocurri con fecha 26 de julio de 2018.á ó C-365
Fallo
fallo que se° encuentra ejecutoriado, seg n se desprende de lo se alado en el art culo 392 incisoú ñ í tercero del C digo Procesal Penal; procedimiento en el cual se conden a Patricioó ó Antonio Salinas Andrade, en su calidad de conductor del veh culo patente UX-8422,í como autor por conducir bajo la influencia del alcohol causando da os, il cito previsto yñ í sancionado en los art culos 193 N 1 de la Ley de Tr nsito 18.290, en consecuencia, deí ° á ser responsable del accidente investigado. Refiere que la acci n fue antirreglamentaria, es constitutiva de cuasidelito civil yó obliga a indemnizar los da os causados, en conformidad a los art culos 2.314 y siguientesñ í del C digo Civil, art culo 165, 167, 169, 170 y siguientes de la Ley N 18.290, art culosó í º í 254 y siguientes, art culo 680 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil y art culoí ó í 534 del C digo de Comercio, que consisten en da o emergente, avaluado en la suma deó ñ $2.415.000.- (dos millones cuatrocientos quince mil pesos), por concepto de la indemnizaci n de los graves da os ocasionados que significaron la p rdida total deló ñ é veh culo asegurado patente BDTY-19, suma que se demanda debidamente reajustadaí conforme a las variaciones del ndice de Precios al Consumidor desde la fecha delÍ accidente de tr nsito hasta su entero y completo pago o bien dentro de las fechas que elá tribunal determine de justicia, m s intereses y costas.á Hace presente que el 04 de julio de 2017, se aprueba la fusi n entre
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C-3655-2020 Foja: 1 FOJA: 37 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-3655-2020 CARATULADO : LIBERTY COMPA A DE SEGUROSÑÍ GENERALES S.A/BRAVO Concepci nó , cuatro de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: lvaro Gonz lez Naveill n, abogado, con domicilio en avenida Pedro AguirreÁ á á Cerda N 1511, comuna de San Pedro de la Paz, Concepci n; en re
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