3º Juzgado Civil de Concepción

BANCO DE CHILE/MORALES

Rol

C-764-2020

Fecha

4 de diciembre de 2021

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 11 de febrero de 2021, comparece Hugo Larra n Prat,í abogado, representaci n convencional del ó Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, cuyo gerente general es don Eduardo Ebenspergueró Orrego, ingeniero comercial, todos con domicilio para estos efectos en Calle Col n n mero 510, Talcahuano, quien impetra demanda ejecutiva deó ú desposeimiento en contra de don Claudio Alejandro Morales Aranda, ignora profesi n u oficio, domiciliado en la comuna de Talcahuano, calle J,ó casa 72, Condominio Las Araucarias, solicitando se despache Mandamiento de Ejecuci n y Desposeimiento en su contra, por la suma de 1.786,7457ó Unidades de Fomento, equivalentes al d a 14 de agosto de 2019 a la sumaí en pesos de $49.961.752, seg n el valor de dicho ndice a esa fecha,ú í reajustadas en conformidad a esta unidad, m s dividendos impagos y gastos,á m s la suma de $17.487.576 m s intereses pactados, penales y costas.á á Funda su demanda en que el Banco de Chile es due o y beneficiarioñ de los siguientes cr ditos: Cr dito contenido en copia autorizada de escrituraé é p blica de 6 de noviembre de 2012, otorgada ante el Notario P blico deú ú Concepci n don Juan Espinosa Bancalari, y que acompa a en un otros deó ñ í su presentaci n, en que el Banco de Chile, dio en mutuo a don Migueló Leonardo Figueroa Matamala, la cantidad de 2.412 Unidades de Fomento, que el demandado se oblig a pagar en el plazo de 216 meses a contar deló d a 1 de enero de 2013, por medio de igual n mero de dividendos,í ú mensuales, vencidos y sucesivos, los que comprender an la amortizaci n yí ó los intereses. Se estipul , adem s, que la obligaci n tiene el car cter deó á ó á indivisible para todos los efectos legales. Se pact que la tasa de inter s real,ó é anual y vencida que devenga el contrato ser a del 4,43% anual. Las partesí acordaron que el retardo por m s de 10 d as en el pago de cualquierá í RIT« » Foja: 1 dividendo facultar a al Banco para exigir el pago del total adeudado,í consider ndose de

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que se ala.ñ Menciona que, la excepci n opuesta debe ser rechazada, por cuantoó los hechos expuestos por la parte ejecutada no son ciertos ni efectivos y su parte no ha recibido pagos por parte de la tercera poseedora demandada ni por el deudor directo y personal, respecto del mutuo hipotecario y de los pagar s que se hace valer en estos autos.é Por lo anterior, la excepci n de pago debe ser desechada, con costas.ó Con fecha 19 de mayo de 2021, se declar admisible la excepci nó ó opuesta y se recibi la causa aprueba.ó Con fecha 22 de noviembre de 2021, se cit a las partes para o ró í sentencia. C ONSIDERANDO: RIT« » Foja: 1 1 .-° Que, se ha despachado mandamiento de desposeimiento en contra del ejecutado por la suma de 1.786,7457 Unidades de Fomento, equivalentes al d a 14 de agosto de 2019 a la suma en pesos deí $49.961.752.-, m s la suma de $17.487.576.-, m s intereses y costas,á á respecto del mutuo hipotecario y de los pagar s que se hace valer en estosé autos. 2 .-° Que, la acci n ejecutiva es el derecho subjetivo p blico a obteneró ú de los rganos jurisdiccionales, que se haga efectiva en el patrimonio deló ejecutado la responsabilidad contenida en un t tulo ejecutivo. í El t tulo ejecutivo en tanto, es un documento autosuficiente queí contiene una obligaci n exigible de dar, hacer o no hacer, que presenta unaó naturaleza an loga a la de una prueba privilegiada en t rminos tales que elá é acreedor dotado de l goza de la garant a jurisdiccional de solicitar elé í embargo de bienes suficientes del deudor y todo el peso de la prueba recae sobre el ltimo. Este debe desvanecer la presunci n de autenticidad y deú ó veracidad que el t tulo supone, de modo que si el ejecutado no rindeí probanza alguna en apoyo de sus pretensiones, sus excepciones no pueden prosperar. 3°.- Que, el ejecutado opuso a la ejecuci n la excepci n contempladaó ó en el art culo 464 N 9 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, elí ° ó pago de la deuda. 4°.- Que, en cuanto a las excepci n de pago de la deuda, es menesteró se alar que conforme a la norma de aplicaci n general contenida en elñ ó art culo 1698 del C digo Civil, corresponde a la parte ejecutada en el juicio,í ó acreditar sus defensas, sin embargo, la misma no rindi prueba algunaó respecto de los puntos de prueba fijados y que permitir an tener porí acreditados los hechos en que fundamenta su excepci n, motivo por el queó ser desestimada.á 5°.- Que, conforme se desprende del mutuo hipotecario y de los pagar s pagar de autos, (Custodia N 205-2021), el ejecutante cuenta coné é ° un t tulo ejecutivo representativo de la suma que persigue, siendo laí RIT« » Foja: 1 obligaci n l quida, actualmente exigible y su acci n ejecutiva no estó í ó á prescrita.

Fallo

por tanto, acusa ausencia de justificaci n legal.ó Con fecha 18 de mayo de 2021, la ejecutante evacu el trasladoó conferido de la excepci n opuesta solicitando su rechazo, con costas. ó Indica que, en cuanto a la excepci n establecida en el n mero 9 deló ú art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, pago de las deudasí ó cobradas en este proceso, que se basa en el hecho, supuesto, de haberse procedido a pagos realizados por distintos medios a la empresa Socofin S.A; solicita sea rechazada, acogi ndose la demanda ejecutiva, por los siguientesé fundamentos de hecho y de derecho que se ala.ñ Menciona que, la excepci n opuesta debe ser rechazada, por cuantoó los hechos expuestos por la parte ejecutada no son ciertos ni efectivos y su parte no ha recibido pagos por parte de la tercera poseedora demandada ni por el deudor directo y personal, respecto del mutuo hipotecario y de los pagar s que se hace valer en estos autos.é Por lo anterior, la excepci n de pago debe ser desechada, con costas.ó Con fecha 19 de mayo de 2021, se declar admisible la excepci nó ó opuesta y se recibi la causa aprueba.ó Con fecha 22 de noviembre de 2021, se cit a las partes para o ró í sentencia. C ONSIDERANDO: RIT« » Foja: 1 1 .-° Que, se ha despachado mandamiento de desposeimiento en contra del ejecutado por la suma de 1.786,7457 Unidades de Fomento, equivalentes al d a 14 de agosto de 2019 a la suma en pesos deí $49.961.752.-, m s la suma de $17.487.576.-, m s intereses y costas,á á respec

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 99 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-764-2020 CARATULADO : BANCO DE CHILE/MORALES Concepci nó , cuatro de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 11 de febrero de 2021, comparece Hugo Larra n Prat,í abogado, representaci n convencional del ó Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, cuyo gerente general es

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