13º Juzgado Civil de Santiago

LEÓN/

Rol

V-293-2021

Fecha

6 de diciembre de 2021

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que al folio 1, comparece María Elvira de Jesús León Wöppke, empresaria, cédula de identidad N° 3.067.323-9, domiciliada en Avenida El Bosque N° 827, departamento 301, comuna de Providencia, quien viene en solicitar se le autorice para efectuar la donación, en atención a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que se reseñan en los párrafos siguientes. Expone que es dueña de la Parcela o Retazo N° 48 de la subdivisión denominada Los Portales de Colina II, comuna de Colina, Región Metropolitana, e inscrita a fojas 37.208 N° 27.517 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1992, cuyo avalúo fiscal al segundo semestre del año 2021, asciende a $4.948.133. Indica que su mandante desea donar, irrevocablemente y por mera liberalidad la propiedad antes singularizada al Instituto Secular Hermanas Marianas de Schoenstatt, hoy Instituto Secular de Schoenstatt Hermanas de María, Rol Único Tributario N° 70.000.580-1, con la finalidad de que en dicha parcela se construyan instalaciones anexas al Santuario Schöenstatt para que el donatario pueda efectuar en él actividades que colaboren a dar sustento económico al Santuario. En relación a sus cargas familiares, refiere que contrajo matrimonio el 26 de julio de 1968, unión que fue anulada por sentencia ejecutoriada de fecha 28 de abril de 1977 dictada por el 4° Juzgado Civil de Santiago, subinscrita en la inscripción matrimonial con fecha 8 de julio de 1977, poseyendo así el estado civil de soltera. Agrega que no tiene descendencia y que sus padres se encuentran actualmente fallecidos, por lo que carece de herederos forzosos y, por ende, esta donación no puede afectar ninguna legítima. Manifiesta que la donación solicitada no perjudicará en modo alguno su patrimonio, dado que es propietaria de 100 parcelas en la comuna de Colina, y que su haber líquido supera los $400.000.000, ni contravendría disposición legal alguna, cumpliendo con lo dispuesto por el artículo 889 del Código de Procedimiento Civil. Previas citas legales, pide tener por interpuesta solicitud, y en definitiva se le autorice a la realizar la donación antes descrita. Con fecha 2 de noviembre de 2021, se tuvo por iniciada la gestión. El día 4 de noviembre de 2021, se rindió información sumaria de testigos. Con fecha 26 de noviembre de 2021, se incorporó al expediente electrónico certificado emitido por el Servicio de Impuestos Internos relativo al pago del impuesto a la donación. Por resolución dictada en la misma fecha, se trajeron los autos para fallo. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que al folio 1 comparece María Elvira de Jesús León Wöppke, solicitando autorización para donar irrevocablemente y por mera liberalidad a la persona jurídica señalada en su presentación, en los términos planteados en lo expositivo de esta sentencia; SEGUNDO: Que el artículo 1401 del Código Civil establece que “La donación entre vivos que no se insinuare, solo tendrá efecto hasta el valor de dos centavos y será nula en el exceso.” En tanto, el artículo 889 del Código de Procedimiento Civil dispone que “El que pida autorización judicial para una donación que deba insinuarse, expresará: 1) El nombre del donante y donatario, y si alguno de ellos se encuentra sujeto a tutela

Fallo

se declara: Que se acoge la solicitud de autos. En consecuencia, se concede a María Elvira de Jesús León Wöppke, cédula de identidad N° 3.067.323-9, la autorización judicial para efectuar donación al Instituto Secular Hermanas Marianas de Schoenstatt, hoy Instituto Secular de Schoenstatt Hermanas de María, Rol Único Tributario N° 70.000.580-1, de la Parcela o Retazo N° 48 de la subdivisión denominada Los Portales de Colina II, comuna de Colina, Región Metropolitana, e inscrita a fojas 37.208 N° 27.517 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1992. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol V-293-2021.- Dictada por Daniel Platt Astorga, Juez Suplente del Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, seis de Diciembre de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-12-06T12:42:14-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-293-2021 CARATULADO : LEÓN/ Santiago, seis de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: Que al folio 1, comparece María Elvira de Jesús León Wöppke, empresaria, cédula de identidad N° 3.067.323-9, domiciliada en Avenida El Bosque N° 827, departamento 301, comuna de Providencia, quien viene en solicitar se le autoric

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