MARABOLÍ/
Rol
V-111-2021
Fecha
3 de diciembre de 2021
Materia
CURADOR, NOMBRAMIENTO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerandos: Primero: De la Solicitud de nombramiento de curador. Que, a lo principal de la presentación de fecha 27 de julio de 2021, a folio 1, compare doña Delmira de La Cruz Maraboli Parra, labores de casa, domiciliada en Camino Internacional número 33, Tabolango, Limache, solicitando se le nombre como curadora general y legítima de don Victorino de La Cruz Maraboli Parra, fundando su solicitud en que consta en los autos caratulados "MARABOLI", Rol V-3-2020 de este mismo Tribunal, que se dictó sentencia definitiva por la cual su padre Victorino de La Cruz Maraboli Parra fue declarado en interdicción por demencia, y doña Nataly Yanaret Maraboli Núñez fue nombrada curadora general. Agrega que la curadora recién mencionada no quiso aceptar el cargo por motivos personales, por lo que en estos momentos su padre Victorino de La Cruz Maraboli Parra carece de representante legal. Manifiesta que el artículo 843 del Código de Procedimiento Civil establece que declarada por sentencia firme la interdicción del demente, debe procederse a nombrarle curador en la forma prescrita por el artículo 839 del mismo cuerpo normativo. Añade que este nombramiento puede ser impetrado por las mismas personas que, conforme a los artículos 443, 444 y 459 del Código Civil, pueden provocar el respectivo juicio de interdicción. Expresa que en calidad de hija del interdicto, se encuentra habilitada para formular la presente solicitud. Citó los artículos 338, 340, 342, 353 incisos primeros y tercero, 366 inciso primero y 462 N°2 del Código Civil; 839 y 843 del Código de Procedimiento Civil y 150 del Código Orgánico de Tribunales, solicitando ser nombrada como curadora general y legítima de don Victorino de La Cruz Maraboli Parra. Segundo: De los medios de prueba acompañados. Que la peticionaria acompañó a su solicitud los siguientes medios de prueba, agregados digitalmente a folio 1: 1. Solicitó que se traigan a la vista los autos sobre interdicción por demencia y nombramiento de curador caratulados "MARABOLI", Rol V- 3-2020 de este tribunal. 2. Certificado de nacimiento de doña Delmira de La Cruz Maraboli Parra. 3. Certificado de discapacidad de don Victorino de La Cruz Maraboli Parra. Tercero: De la Audiencia de parientes. Que, con fecha 24 de agosto de 2021, a folio 9, la abogada solicitante acompañó la publicación efectuada en el Diario “El Mercurio de Valparaíso”. Asimismo, a folio 11, con fecha 25 de agosto de 2021, la Secretaria del Tribunal certificó que la publicación acompañada por la abogada solicitante, en la cual se cita a audiencia de parientes, corresponde efectivamente a la efectuada en la edición del día viernes 20 de agosto de 2021, en el diario “El Mercurio De Valparaíso”. Que, a folio 12, con fecha 30 de agosto del año en curso, en consideración a las instrucciones impartidas por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia a través del Acta N°53-2020, de acuerdo a lo establecido en la Ley N°21.226 de 2 de abril de 2020, y atendido el estado de eme
Fallo
se declarará en lo resolutivo del presente fallo, la exención de la obligación de prestar fianza al curador que se designará. Por estas consideraciones y; visto además lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 18.600, artículos 440, 447, 456, 459, 461 del Código Civil y demás normas pertinentes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que, se acoge la solicitud efectuada en lo principal de folio 1; designándose como curadora legítima definitiva y general de don Victorino de La Cruz Maraboli Parra, cédula nacional de identidad N°3.382.081-K a su hija doña Delmira de La Cruz Maraboli Parra, Cédula Nacional de Identidad N°10.227.947-6, domiciliada en Camino Internacional número 33, Tabolango, Limache, quien deberá aceptar el cargo en forma legal. II.- Que se exime a la curadora de la obligación de rendir fianza. III.- Que se remite a la curadora de la obligación de inventariar solemnemente los bienes del interdicto. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Pronunciada por doña Ivonne Francisca Cortes Mora, Jueza Subrogante del Juzgado de Letras de Limache. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.c
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Limache, tres de diciembre de dos mil veintiuno Vistos y considerandos: Primero: De la Solicitud de nombramiento de curador. Que, a lo principal de la presentación de fecha 27 de julio de 2021, a folio 1, compare doña Delmira de La Cruz Maraboli Parra, labores de casa, domiciliada en Camino Internacional número 33, Tabolango, Limache, solicitando se le nombre como curadora general y legítima de do
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