1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

VITAMINA CHILE SPA/INSPECCIO´N COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO SUR ORIENTE.

Rol

I-383-2021

Fecha

21 de noviembre de 2022

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto por los artículos 420, 425 y siguientes, 456, 459, 511 y 512 del Código del Trabajo; SE RESUELVE: I.- Que, SE RECHAZA en todas sus partes la reclamación impetrada por la empresa VITAMINA CHILE S.p.A., R.U.T. N° 76.407.810-1, en contra de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO SUR ORIENTE. II.- Que, SE CONDENA en costas a la parte reclamante, por haber resultado totalmente vencida. Fijándose las mismas en la suma de QUINIENTOS MIL PESOS ($500.000.-). Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT I-383-2021. RUC 21- 4-0364994-2. Dictada por don GUSTAVO BENAVENTE MORA, Juez Titular (D) del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a veintiuno de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario, la resolución que antecede. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Demanda. Que, comparece VITAMINA CHILE SpA, R.U.T N° 76.407.810-1, domiciliada para estos efectos en Avenida Apoquindo N°4501, Oficina 1801, Las Condes, Región Metropolitana; quien viene en interponer reclamación judicial en contra de la Resolución de Multa Nº 3256/21/1, cursada el 12 de enero de 2021, por la Fiscalizadora doña Cecilia del Carmen Cariz Morales, en representación de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO SUR ORIENTE, ambas domiciliadas, para estos efectos, en Campos de Deporte Nº787, Ñuñoa, en virtud de la reclamante fue sancionada con la multa Nº3256/21/1-2, por la cantidad equivalente a 20 ingresos mínimos mensuales. Indica que, para entender por qué la cuantía de la referida multa debe ser rebajada prudencialmente, es necesario tener presente, en primer lugar que fue cursada por “no mantener toda la documentación exigida que deriva de las relaciones de trabajo necesaria para efectuar las labores de fiscalización, según el siguiente detalle: contrato de trabajo y/o actualizaciones, comprobantes de remuneraciones y cotizaciones previsionales del periodo requerido diciembre 2019 a diciembre 2020, planilla de organismo administrador mes diciembre 2020. Lo anterior respecto de las trabajadoras que a continuación se indican: Diana Morales, Constanza Betancur, Patricia Fuentes, Carolina Galarce, Yeremis Gordon, Camila Lineros y Marcela Cancino. Lo anterior constatado en visita inspectiva de fecha 12 de enero de 2021.” Sin embargo, lo anterior es equivocado, toda vez que el 12 de enero de 2021, el Centro Vitamina, ubicado en Mariano Sánchez Fontecilla N°11920, fue fiscalizado por la Inspección Comunal del Trabajo de Santiago Sur Oriente. Ocasión en que se levantó un “acta de constatación de infracciones y compromiso de corrección”, a través de la que se le solicitaba a su parte una serie de documentos de índole laboral a exhibir, hasta el 15 de enero de 2021, en específico, los contratos de trabajo y/o actualizaciones, comprobantes de pago de remuneraciones y cotizaciones previsionales del periodo comprendido entre diciembre de 2019, correspondientes a las trabajadoras Diana Morales, Constanza Betancur, Patricia Fuentes, Carolina Galarce, Yeremis Gordon, Camila Lineros y Marcela Cancino. Y, la planilla de órgano administrador del total de trabajadores de la empresa, correspondientes a diciembre de 2020. Debido a la emergencia sanitaria Covid-19, y considerando que la Inspección del Trabajo, en esas fechas se encontraba operando a través de medios telemáticos, su parte, con fecha 18 de enero de 2021, remitió la información solicitada vía correo electrónico a la casilla que había sido informada en la visita inspectiva (ccariz@dt.gob.cl). En dicho correo electrónico se adjuntaron los siguientes documentos: a) Liquidaciones de remuneración de las trabajadoras respecto de las que se realizó la fiscalización correspondientes al periodo comprendido entre diciembre de 2019 y diciembre de 2020; b) Los contratos de

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas, y visto además lo dispuesto por los artículos 420, 425 y siguientes, 456, 459, 511 y 512 del Código del Trabajo; SE RESUELVE: I.- Que, SE RECHAZA en todas sus partes la reclamación impetrada por la empresa VITAMINA CHILE S.p.A., R.U.T. N° 76.407.810-1, en contra de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO SUR ORIENTE. II.- Que, SE CONDENA en costas a la parte reclamante, por haber resultado totalmente vencida. Fijándose las mismas en la suma de QUINIENTOS MIL PESOS ($500.000.-). Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT I-383-2021. RUC 21- 4-0364994-2. Dictada por don GUSTAVO BENAVENTE MORA, Juez Titular (D) del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a veintiuno de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario, la resolución que antecede. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintiuno de noviembre de dos mil veintidós. VistoEn Santiago, a veintiuno de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO PRIMERO: Demanda. Que, comparece VITAMINA CHILE SpA, R.U.T N° 76.407.810-1, domiciliada para estos efectos en Avenida Apoquindo N°4501, Oficina 1801, Las Condes, Región Metropolitana; quien viene en interp

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