Juzgado de Letras Loncoche

CURÍN / DIRECCION REGIONAL DE AGUAS

Rol

C-6441-2002

Fecha

3 de diciembre de 2021

Materia

AGUAS, DERECHOS APROVECHAMIENTO, C. AGUAS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: 1.- Que, don FRANKLIN CURIN SEPULVEDA, agricultor, c dula de identidadé 6.115.074-9, domiciliado en Hijuela Traitraico de la comuna de Loncoche, solicit aó la Direcci n General de Aguas, Novena Regi n, de acuerdo al Art culo 2ó ó í Transitorio del C digo de Aguas, derechos de aprovechamiento de aguasó superficiales y corrientes de uso consuntivo, de ejercicio permanente y continuo en la provincia de Caut n, requiriendo regularizar 2 litros por segundo de unaí vertiente sin nombre y constituci n de 2 litros por segundo de una vertiente sinó nombre ambas con captaci n gravitacional en los siguientes puntos de coordenadasó UTM (Km): 1.- Norte: 5.649,792. Este: 690,731. 2.- Norte: 5.649,747. Este: 690,100. Datum provisorio Sudamericano 1956. 2.- Que, seg n consta en Certificado Nº 312, de fecha 19 de Febrero de 2001,ú de la Direcci n General de Aguas IX Regi n de la Araucan a, la solicitud deó ó í regularizaci n de derechos de aprovechamiento de aguas no fue objeto deó oposici n. En vista de lo expuesto y conforme a lo dispuesto por el art culo 176ó í del C digo Org nico de Tribunales y el art culo 177 del C digo de Aguas, eló á í ó rgano administrativo remiti a este Tribunal los antecedentes de la solicitudó ó mediante Ordinario N° 1919 de fecha 23 de Diciembre de 2002, a efectos de emitir pronunciamiento respecto de la solicitud intentada de acuerdo a las reglas del juicio sumario. 3.- Que recibidos los antecedentes, se procedi a fijar comparendo de contestaci nó ó y conciliaci n, el que se verific con fecha 24 de mayo de 2019 con la solaó ó asistencia de la parte solicitante, se efectu el llamado a conciliaci n la que no seó ó produjo y en el mismo comparendo se recibi la causa a prueba.ó 4.- Que con fecha 08 de Noviembre de 2021, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el objeto de la solicitud de don FRANKLIN CURIN SEPULVEDA dice relaci n con la regularizaci n de un derecho deó ó aprovechamiento de aguas, consuntivo, de aguas superficiales y corrientes, de ejercicio permanente y continuo por un caudal de 2 litros por segundo sobre una vertiente sin nombre ubicada en la comuna de Loncoche, Provincia de Caut n,í Novena Regi n. De acuerdo a lo se alado en la solicitud, el agua se captadaó ñ gravitacionalmente en el punto de la coordenadas U.T.M (km): Norte: 5.649,792 y Este: 690,731. En consecuencia, debe determinarse si en la especie concurren los requisitos del Art culo 2° Transitorio del C digo de Aguas para conceder elí ó derecho de aprovechamiento requerido. C-6441-2002 Foja: 1 SEGUNDO: Que, seg n consta de los antecedentes remitidos por la Direcci nú ó General de Aguas, no se dedujo oposici n alguna en contra la solicitud presentadaó por don FRANKLIN CURIN SEPULVEDA dentro del plazo considerado para ello seg n consta en certificado Certificado Nº 312, de fecha 19 de Febrero de 2001,ú agregado al expediente.- TERCERO: Que, adem s la Direcci n General de Aguas remiti junto con losá ó ó antecedentes de la solicitud Informe T cnico N° 785, de fecha 19 de Diciembreé de 2002, que da cuenta que el peticionario solicit la regularizaci n de un derechoó ó de aprovechamiento de aguas, de uso consuntivo, de aguas superficiales y corrientes, de ejercicio permanente y continuo por un caudal de 2 litros por segundo sobre una vertiente sin nombre ubicada en la comuna de Loncoche, Provincia de Caut n, Novena Regi n, que se captan gravitacionalmente en el puntoí ó de la coordenadas U.T.M (km): Norte: 5.649,792 y Este: 690,731. Que, adem s el organismo referido dio cuenta que se cumpli con lasá ó publicaciones establecidas por el art culo 131 del C digo de Aguas y no huboí ó oposici n a la solicitud.ó Por ltimo, da cuenta que se efectu una inspecci n ocular al sector y seú ó ó verific que la vertiente sin nombre en materia se encuentra emplazada en unó predio ubicado en el sector Pidenco de la comuna de Loncoche, al que se accede a trav s de un camino secundario que parte desde el pueblo de Lastarria a la alturaé del kil metro 14. La vertiente nace al interior del mismo predio producto de unó afloramiento y en su recorrido cruza solo por el terreno donde es usada. Se trata de un cauce afluente permanente del estero Pidenco. Se comprob que el punto deó captaci n indicado por el peticionario concuerda con el verificado en terreno. Deó acuerdo a lo observado la extracci n del agua que se solicita regularizaró corresponde a un uso ancestral, utilizada para consumo humano, bebida animal y riego de huertas. Su uso es muy antiguo por las obras de captaci n consistentes enó canoas y canaletas de madera y la antig edad de la vivienda, por lo tanto lasü extracciones que se realizan cumplen con los requisitos de antig edad establecidosü en el art culo 2° transitorio del C digo de Aguas. En cuanto al caudal u

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que HA LUGAR a la solicitud de aprovechamiento de agua y en consecuencia se determina que don FRANKLIN CURIN SEPULVEDA, c dula deé C-6441-2002 Foja: 1 identidad 6.115.074-9, es due o y propietario titular de los derechos deñ aprovechamiento de aguas de uso consuntivo de ejercicio permanente y continuo de aguas superficiales y corrientes, por un caudal de 2 litros por segundo, captadas en forma gravitacional del estero sin nombre ubicado en la comuna de Loncoche, provincia de Caut n, Regi n de La Araucan a, en punto de coordenadas U.T.Mí ó í (km): Norte:5.649,430 y Este: 690,495 Datum WGS 84 Huso 18, derechos que se encuentran regularizados y se consagran como leg timos.í II.- Inscr base los derechos de aprovechamiento de aguas a favor deí FRANKLIN CURIN SEPULVEDA, c dula de identidad 6.115.074-9, en el Registroé de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Ra ces de Loncoche.í III.- Ejecutoriada que sea esta sentencia, rem tase copia autorizada a laí Direcci n Regional de Aguas Regi n de la Araucan a, para los fines que estableceó ó í el art culo 122 del C digo de Aguas.í ó Notif quese y arch vese en su oportunidad.í í Rol C-6441-2002 Dictada por ARACELY JIMENA VASQUEZ ACU AÑ , Juez Suplente del Juzgado de Letras de Loncoche. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Loncoche, tres de Diciembre de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en htt

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C-6441-2002 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras Loncoche CAUSA ROL : C-6441-2002 CARATULADO : CUR N / DIRECCION REGIONAL DE AGUASÍ Loncoche, tres de Diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS: 1.- Que, don FRANKLIN CURIN SEPULVEDA, agricultor, c dula de identidadé 6.115.074-9, domiciliado en Hijuela Traitraico de la comuna de Loncoche, solicit aó la Direcci n General d

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