Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte

COMPAÑÍA MINERA TECK QUEBRADA BLANCA S.A./

Rol

V-4369-2020

Fecha

7 de diciembre de 2021

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña María Isabel Reinoso Grau, chilena, soltera, abogada, cédula de identidad Nº 10.798.706-1, domiciliada en Avenida Isidora Goyenechea Nº 2800 oficina 802, comuna de Las Condes, Santiago, en representación, de COMPAÑÍA MINERA TECK QUEBRADA BLANCA S.A., empresa chilena del giro minero, Rol Único Tributario Nº 96.567.040-8, domiciliada en calle Esmeralda Nº 340 piso 9, ciudad de Iquique, presentó con fecha 23 de Junio del 2020, la manifestación minera de un grupo de 20 pertenencias mineras de 10 hectáreas cada una, abarcando una superficie total de 200 hectáreas denominadas "VANI 1 AL 20", en uso del derecho que le confiere la concesión de exploración de la que es titular, denominada “VANI”. El punto de interés de la concesión minera de explotación se encuentra ubicado en la Comuna de Pozo Almonte, Provincia del Tamarugal, Región de Tarapacá. Finalmente hace presente que en razón del derecho que le confiere la referida concesión de exploración, la manifestación minera de estos autos debe tenerse por presentada con fecha 26 de Marzo del año 2018, fecha que corresponde a la presentación del pedimento minero antes mencionado. SEGUNDO: Que, la manifestación se inscribió a fojas 2326 bajo el Nº 1926, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Pozo Almonte, correspondiente al año 2020. TERCERO: Que, la manifestación y la solicitud de mensura de las referidas pertenencias mineras, se publicaron con fecha 13 de Julio del 2020 y 25 de Enero del 2021 respectivamente, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que, con fecha 24 de Noviembre del 2021 mediante Ord. N° 2498 el Servicio Nacional de Geología y Minería informa correcta la operación de mensura consignando que “los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta, y plano están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura” QUINTO: Que, las coordenadas UTM de los vértices del perímetro de la cara superior del grupo de pertenencias mineras denominadas “VANI 1 AL 15”, resultantes de la operación de mensura, materia de esta concesión, son: VERTICE NORTE (m) ESTE (m) 1 7.679.000,00 480.500,00 4 7.679.000,00 482.000,00 24 7.678.000,00 482.000,00 21 7.678.000,00 480.500,00 P.I. 7.678.500,00 481.000,00 Y VISTO además lo dispuesto en los artículos 85 y 87 del Código de Minería, y 42 de su Reglamento,

Fallo

SE DECLARA: Que SE APRUEBA el acta y plano de mensura del grupo de 15 pertenencias denominadas "VANI 1 AL 15”, con una superficie total de 150 hectáreas y se declaran constituidas las referidas pertenencias a favor de COMPAÑÍA MINERA TECK QUEBRADA BLANCA S.A., ya individualizada. Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. Inscríbase esta sentencia y el acta de mensura dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería, en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Pozo Almonte y remítase copia del plano al Conservador de Minas, para su archivo. Hágase entrega al interesado del original del plano y de una copia del acta de mensura a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. El solicitante deberá extraer del sistema de tramitación electrónica las copias necesarias para el cumplimiento de lo ordenado. En su oportunidad certifíquese la ejecutoria de la sentencia. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. D Dictada por Juez(a) del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, que se individualiza en la firma electrónica avanzada estampada en la presente sentencia. En Pozo Almonte, a siete de Diciembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario, la resolución precedente./ice Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc

Texto Completo (Preview)

FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte CAUSA ROL : V-4369-2020 CARATULADO : COMPAÑÍA MINERA TECK QUEBRADA BLANCA S.A./ POZO ALMONTE A SIETE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL VEINTIUNO VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña María Isabel Reinoso Grau, chilena, soltera, abogada, cédula de identidad Nº 10.798.706-1, domiciliada en Avenida Isidora Goyene

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