4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

ASCENSORES SCHINDLER (CHILE) S.A./COMUNIDAD EDIFICIO CREATIVA II

Rol

C-4-2019

Fecha

2 de diciembre de 2021

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que con fecha 02 de enero de 2019, comparece el Abogado Gonzalo Mondaca Leal, con domicilio en calle Cerro El Plomo N° 5855, oficina 1706, comuna de Las Condes, Santiago, en representación de Ascensores Schindler (Chile) S.A., sociedad comercial del giro de acondicionamiento de edificios, representada legalmente por don Marcio Croccia, ingeniero, y por don Andrés Mauricio Gómez Labrador, economista, todos con domicilio en Avenida Nueva Providencia N°1901, piso 14, comuna de Providencia, Santiago; y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 698 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, deduce acción de cobro de pesos en juicio ordinario de menor cuantía en contra de la Comunidad Edificio Creativa II, representada por doña Antonieta Cáceres Cáceres, de quien ignora profesión u oficio, todos domiciliados en calle Salvador Reyes N° 1160, comuna de Antofagasta, de conformidad a los siguientes fundamentos. Explica que la comunidad Edificio Creativa II, contrató los servicios de reemplazo y suministro de nuevo print de control para los ascensores ubicados calle Salvador Reyes N° 1160, comuna de Antofagasta, conforme a presupuesto de reparación N° 144246752. Los servicios se prestaron oportunamente, no obstante, se adeuda el pago Factura electrónica N° 71313915 de fecha 30 de junio de 2017, por la suma de $1.396.523.-, correspondiente a los servicios indicados precedentemente y que da cuenta el presupuesto de reparación referido. Finalmente, en mérito de lo expuesto en los artículos 1437, 1524 y siguientes, 1545, del Código Civil, 698 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; solicita se tenga por interpuesta demanda de cobro de pesos en procedimiento ordinario de menor cuantía en contra la demandada, ya individualizada, a fin de que se declare que deben pagar a su parte la suma de $1.396.523, o en subsidio, la suma que el tribunal determine, con intereses y reajustes, conforme al mérito del proceso, todo ello con costas. Con fecha 09 de abril de

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que, Ascensores Schindler (Chile) S.A. ha demandado a la Comunidad Edificio Creativa II, el pago de la suma de $1.396.523, más intereses y reajustes, todo ello con costas, de conformidad a las consideraciones referidas precedentemente en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que la demanda se tuvo por contestada en rebeldía del demandado, por lo que se entiende que controvierte todos los hechos expuestos en el libelo de fecha 02 de enero de 2019. Así, lo primero que se debe determinar es la efectividad de que el demandado adeuda la suma señalada, en virtud de los servicios contratados a la demandante. TERCERO: Que, a fin de acreditar sus asertos, la demandante, en el primer otrosí de su libelo, acompañó la Factura electrónica N° 71313915 de fecha 30 de junio de 2017, por la suma de $1.396.523. Además, en la presentación de fecha 27 de marzo de 2020, acompañó el presupuesto de reparación N° 144246752. Y en las presentaciones de fecha 01 de abril de 2020, acompañó cadenas de correos electrónicos, y el documento de recepción de reparaciones N° 21843. CUARTO: Que, de los documentos individualizados precedentemente –que no fueron objetados por la contraria- se puede constatar que efectivamente la demandada contrajo la obligación de pagar la suma de dinero demandada, a la actora, por concepto del servicio de reemplazo y suministro de nuevo print de control para los ascensores ubicados calle Salvador Reyes N° 1160, comuna de Antofagasta. En efecto, en la Factura electrónica N° 71313915, emitida por Ascensores Schindler (Chile) S.A, del giro de acondicionamiento de edificios, por la suma de $1.396.523.-, se indica en el recuadro de cliente, la razón social: “Comunidad Edificio Creativa II”, y como destino de la factura se expresa la dirección de Salvador Reyes 1160, Antofagasta. Asimismo, se enuncia que su fecha de emisión es el 30.06.2017 y su vencimiento se estipuló para el 30.07.2017, describiéndose que corresponde a: “Oferta I44246752. Al término, reemplazo y suministro de nuevo print de control”. La oferta N°144246752 señalada precedentemente, ha sido acompañada a estos autos, y corresponde al documento individualizado como “Presupuesto de Reparación de Ascensores/Escaleras”, de fecha 15/06/2017, dirigido a la Comunidad Edificio Creativa II, calle Salvador Reyes 1160, Antofagasta. Especificándose que la suma $1.396.523.-, corresponde al material y mano de obra para el reemplazo y suministro de nuevo print de control. Dicha oferta se encuentra firmada por Nelson Antonio Gómez Canales, Supervisor Zona Norte. La aceptación de las condiciones indicadas en aquel presupuesto, consta en correos electrónicos acompañados en estos autos, particularmente el enviado por doña Antonieta Cáceres, el día 16 de junio de 2019, dirigido a Alicia Paola Montt Tirado, con copia a don Carlos Galaz y Nelson Gómez Canales, con el asunto: “Re: Presupuesto SEREYAN 01 144246752”. En dicha comunicación, se estipula lo siguiente: “Estimad

Fallo

en mérito de lo expuesto en los artículos 1437, 1524 y siguientes, 1545, del Código Civil, 698 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; solicita se tenga por interpuesta demanda de cobro de pesos en procedimiento ordinario de menor cuantía en contra la demandada, ya individualizada, a fin de que se declare que deben pagar a su parte la suma de $1.396.523, o en subsidio, la suma que el tribunal determine, con intereses y reajustes, conforme al mérito del proceso, todo ello con costas. Con fecha 09 de abril de 2019, se tiene por contestada la demanda, en rebeldía de la demandada, y se cita a las partes a audiencia de conciliación. Con fecha 27 de septiembre de 2019, se recibe la causa aprueba. Con fecha 19 de noviembre de 2021, se cita a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO PRIMERO: Que, Ascensores Schindler (Chile) S.A. ha demandado a la Comunidad Edificio Creativa II, el pago de la suma de $1.396.523, más intereses y reajustes, todo ello con costas, de conformidad a las consideraciones referidas precedentemente en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que la demanda se tuvo por contestada en rebeldía del demandado, por lo que se entiende que controvierte todos los hechos expuestos en el libelo de fecha 02 de enero de 2019. Así, lo primero que se debe determinar es la efectividad de que el demandado adeuda la suma señalada, en virtud de los servicios contratados a la demandante. TERCERO: Que, a fin de acreditar sus asertos, la demandante, en el prim

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-4-2019 CARATULADO : ASCENSORES SCHINDLER (CHILE) S.A./COMUNIDAD EDIFICIO CREATIVA II Antofagasta, dos de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: Que con fecha 02 de enero de 2019, comparece el Abogado Gonzalo Mondaca Leal, con domicilio en calle Cerro El Plomo N° 5855, oficina 1706, comuna de Las Cond

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