TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALPARAISO
Rol
C-742-2020
Fecha
2 de diciembre de 2021
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En lo principal del folio N 1, comparece don Maximiliano Stone° Mandiola, en representaci n convencional de Tanner Servicios Financierosó “ S.A. , empresa del giro de prestaci n de servicios financieros, representada” ó legalmente por don Antonio Turner Fabres, ingeniero comercial, quien deduce demanda de cobro de pesos en contra de la Ilustre Municipalidad de Valpara so, empresa del giro de su denominaci n, representada por doní ó Jorge Sharp Fajardo, alcalde. En el folio N 19, se notifica la demanda al demandado.° En el folio N 20, la parte demandada contesta la demanda.° En el folio N 25, la demandante presenta su escrito de r plica.° é En el folio N 27, la demandada evac a el tr mite de la d plica. ° ú á ú En el folio N 40, con la asistencia de ambas partes, se efect a el° ú llamado a conciliaci n, sin que se produzca un acuerdo.ó En el folio N 42, se recibe la causa a prueba, rindi ndose la que° é consta en autos. En el folio N 63, se cita a las partes a o r sentencia.° í En el folio N 64, se decreta una medida para mejor resolver.°
Fundamentos
CONSIDERANDO: EN CUANTO A LAS TACHAS: PRIMERO: Que, en el folio N 66, la demandante formula tacha al testigo° de la demandada, don Patricio Alejandro Ponce Domon, en virtud de lo dispuesto en el art culo 358 N 5 del C digo de Procedimiento Civil,í ° ó atendido que es trabajador que depende del municipio. Por ello solicita que su testimonio sea desestimado, rest ndole validez a la declaraci n.á ó SEGUNDO: Que, evacuando el traslado, la demandada solicita el rechazo de la tacha opuesta, con costas, toda vez que, en el caso de los funcionarios municipales, cualquiera sea su caso, no se configura la relaci n deó subordinaci n o dependencia de la norma invocada. En efecto, suó regulaci n se encuentra establecida en un estatuto especial, la Ley 18.883,ó no siendo aplicable
Fallo
por tanto el concepto de dependiente que establece el art culo 358 N 5, que la parte demandante de mala manera intenta aplicarí ° al caso. TERCERO: Que, atendido el especial r gimen que vincula al testigo con laé parte que lo presenta, lo que descarta la dependencia exigida por la norma, se denegar la tacha deducida del modo que se dir en lo resolutivo. á á CUARTO: Que, en el folio N 66, la demandante formula tacha a la° testigo de la demandada, do a Joceline Eugenia Jaime Fuenzalida, en virtudñ de lo dispuesto en el art culo 358 N 5 del C digo de Procedimiento Civil,í ° ó atendido que es trabajador que depende del municipio. Por ello solicita que su testimonio sea desestimado, rest ndole validez a la declaraci n.á ó QUINTO: Que, evacuando el traslado, la demandada solicita el rechazo de la tacha opuesta, con costas, toda vez que, en el caso de los funcionarios municipales, cualquiera sea su caso, no se configura la relaci n deó subordinaci n o dependencia de la norma invocada. En efecto, suó regulaci n se encuentra establecida en un estatuto especial, la ley 18.883, noó siendo aplicable por tanto el concepto de dependiente que establece el art culo 358 N 5, que la parte demandante de mala manera intenta aplicarí ° al caso. SEXTO: Que, atendido el especial r gimen que vincula al testigo con laé parte que lo presenta, lo que descarta la dependencia exigida por la norma, se denegar la tacha deducida del modo que se dir en lo resolutivo. á á EN CUANTO AL FONDO: S PTIMO:É Que, en
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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valpara so.º í CAUSA ROL : C-742-2020. CARATULADO : TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A./ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALPARA SO.Í MATERIA : COBRO DE PESOS. Valpara so, í dos de diciembre de dos mil veintiuno. VISTO: En lo principal del folio N 1, comparece don Maximiliano Stone° Mandiola, en representaci n convencional de Tanner Servicios F
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