1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SUAZO/VTR COMUNICACIONES S.P.A.

Rol

O-1021-2022

Fecha

21 de noviembre de 2022

Materia

Costas, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos señalados en la carta de despido, el actor controvierte su efectividad, indicando que se mencionan hechos de una falsedad notoria y grotesca, por lo que concluye que su despido sería injustificado. Previas consideraciones jurídicas y fácticas, solicita en definitiva: 1.- Que se declare que el acto de despido fundado en el artículo 160 N°7 es injustificado. 2.- Que se condene a los demandados al pago de la indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $939.503. 3.- Que se condene a los demandados al pago de la indemnización por años de servicio, por la suma de $1.879.006. 4.- Que se condene a los demandados al pago del recargo de un 80% conforme al artículo 168 del Código del Trabajo, por la suma de $1.879.006. 5.- Que las sumas a que se condena a la demandada deben ser con reajustes e intereses. 6.- Que se condene a la demandada al pago de las costas de la causa. SEGUNDO: Que comparece por la demandada, don ALEJANDRO MUSA CAMPOS, contestando la demanda, solicitando su rechazo, con costas. Indica que no serían efectivos los hechos en los que la demandante funda su pretensión, salvo los que expresamente sean reconocidos por su parte. Menciona que, de acuerdo con lo indicado en la carta de despido, el demandante fue desvinculado por la causal contenida en el artículo 160 Nº 7 del Código del Trabajo, en atención a que con motivo de una revisión rutinaria y aleatoria de los procedimientos y gestiones de ventas registrados en los sistemas tecnológicos utilizados por su empleador, realizada por el área de auditoría interna de VTR, desde el 12 de noviembre de 2021 y hasta mediados de Diciembre del mismo año, se pudo constatar que entre el día 01 y el día 30 de octubre 2021 se realizaron un total 3232 ventas por parte 20 trabajadores de la campaña TNT Sports de VTR, que estaban bajo la supervisión directa del señor Suazo, en las cuales se habrían identificado graves faltas e incumplimientos de contrato al transgredir los protocolos internos, script

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en estos autos RIT O-1021-2022, comparece don Víctor Alfonso Suazo Salas, cédula de identidad N° 18.221.999-1, domiciliado en calle Ministro Bonilla 931, de la comuna de El Bosque, debidamente representado, quien interpone Demanda en Procedimiento de Aplicación General por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales que indica, en contra de su ex empleador, Grupo de Servicios Integrales Chile S.A., RUT 76.952.550-5, representada legalmente por don Leonardo Lazo Olmedo, cédula nacional de identidad N°12.211.568-2, ambos domiciliados en calle Mac Iver 283, comuna de Santiago; y en régimen de subcontratación, solidaria o subsidiariamente, en contra de la empresa VTR Comunicaciones SPA, RUT 76.114.143-0, representada legalmente por don Derek Yeomans Gibbons, cédula nacional de identidad N°12.882.341-7, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo N°4800, comuna de Las Condes, sustentada en las consideraciones de hecho y fundamentos de derecho que expone. Fundamenta su pretensión en que ingresó a prestar servicios personales para la demandada, bajo vínculo de subordinación y dependencia, con fecha 01 de agosto del año 2019, realizando labores de auditor de calidad, según indica en su libelo. Indica que, para efectos de lo dispuesto en el artículo 172 del Código el Trabajo, percibía una remuneración ascendiente a $ 939.503. Menciona que la relación laboral con la demandada concluyó por despido, con fecha 17 de diciembre del año 2021, habida consideración a que la demandada le habría notificado tal decisión, por aplicación de la causal establecida en el artículo 160 N° 7 del código del trabajo. Agrega que las labores que debía realizar, consistían principalmente en realizar funciones de auditor de calidad para las ventas remotas de VTR, configurándose, según detalla en su libelo, una relación de subcontratación entre las demandadas Continúa detallando que sus labores diarias en la empresa Grupo de Servicios Integrales Chile S.A., correspondían a evaluar audios de ventas mediante una página web llamada EOL, que les entrega a los auditores de calidad audios al azar de la empresa VTR, para analizar, sistema que para estos efectos utilizaba la empresa demandada VTR. Agrega que, según su contrato, sus obligaciones eran las siguientes: - Auditar las gestiones telefónicas realizadas en las plataformas comerciales y operacionales de la empresa, siguiendo las pautas de calidad entregadas por el cliente, respetando cada parámetro de la gestión y los procedimientos internos que para este efecto se encuentran establecidos en la empresa. - Auditar la gestión administrativa del personal Back Office. - Apoyar a agentes y supervisores a obtener mejores resultados por medios de control del habla, técnicas de persuasión y lineamientos del cliente. - Escuchar y analizar las gestiones telefónicas de los ejecutivos para definir falencias o brechas. - Proponer ejecutivos para ser capacitados de acuerdo a brechas p

Fallo

por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 160, 162, 163, 168, 173, 420, 446 y siguientes, 453 y siguientes del Código del Trabajo; y artículo 1698 del Código Civil, se declara: I. Que se rechaza la demanda interpuesta por don Víctor Alfonso Suazo Salas, en contra de su ex empleador, Grupo de Servicios Integrales Chile S.A., representada legalmente por don Leonardo Lazo Olmedo, por lo que se declara que el despido del actor ocurrido con fecha 17 de diciembre de 2021 fue justificado. II. Que no se condena en costas al demandante, al considerar que tuvo motivo plausible para litigar. Notifíquese a las partes vía correo electrónico tal y como fue señalado en audiencia de juicio. En caso de no ser esto posible, en la forma indicada en el artículo 457 del código del trabajo Rit : O – 1021 – 2022 RUC : 22- 4-0385514-K Pronunciada por PABLO ZAMBRANO CASTILLO, Juez Suplente del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veintiuno de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintiuno de noviembre del año dos mil veintidós. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en estos autos RIT O-1021-2022, comparece don Víctor Alfonso Suazo Salas, cédula de identidad N° 18.221.999-1, domiciliado en calle Ministro Bonilla 931, de la comuna de El Bosque, debidamente representado, quien interpone Demanda en Procedimiento de A

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