MOLINO CAUPOLICÁN LIMITADA/MUNICIPALIDAD DE RENGO
Rol
C-1278-2020
Fecha
2 de diciembre de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 30 de junio de 2020, a folio N 1, y rectificaci n de folio N 6,° ó ° compareci don ó JAVIER IGNACIO P REZ MARCHANTÉ , abogado, c dulaé nacional de identidad N 17.107.937-3, en representaci n convencional de ° ó MOLINO CAUPOLIC N SpAÁ , sociedad por acciones del giro de su denominaci n, R.U.T. Nó ° 91.903.000-3, ambos domiciliados para estos efectos en Los C sares N 2200, comuna deé ° Rengo, quien interpuso demanda de prescripci n extintiva de deuda por concepto deó derechos de aseo domiciliario, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA COMUNA DE RENGO, persona jur dica de derecho p blico, R.U.T. N 69.081.200-í ú ° 2, representada legalmente por su Alcalde (s) don Julio Ibarra Maripangue, ignora profesi n u oficio, o por quien tenga la capacidad legal para representarla, con domicilioó para estos efectos en Jos Bisquert N 262, comuna de Rengo, solicitando se declarené ° extinguidas por prescripci n las obligaciones de pago de los derechos de aseo, respecto aó los per odos y montos indicados en su libelo.í Fund su demanda y se al que su representada es una sociedad por acciones,ó ñ ó dedicada al giro de su denominaci n, la que opera en su establecimiento industrialó principal ubicado el calle Los C sares N 2200, comuna de Rengo. Dichoé ° establecimiento est compuesto por 2 terrenos, ambos de propiedad de la sociedad,á correspondientes a: Lote A, terreno inscrito a fojas 524 N 300 del Registro de° Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Rengo del a o 1974, rol de aval o Ní ñ ú ° 216-17 y Lote B, terreno inscrito a fojas 1066 N 1217 del Registro de Propiedad del° Conservador de Bienes Ra ces de Rengo del a o 2013, rol de aval o N 216-36.í ñ ú ° Adicionalmente, la sociedad est enrolada, para efectos de patente municipal ante la I.á Municipalidad de Rengo bajo el rol N 1010015, patente industrial.° Dej constancia que, a partir del segundo semestre del a o 2004, la sociedadó ñ paga derechos de aseo correspondientes al Lote B, rol de aval o f
Fundamentos
CONSIDERANDO: EN CUANTO A LA DEMANDA PRINCIPAL: PRIMERO: Que, con fecha 30 de junio de 2020, a folio N 1, y rectificaci n de° ó folio N 6, compareci don ° ó JAVIER IGNACIO P REZ MARCHANTÉ , en representaci n convencional de ó MOLINO CAUPOLIC N SpAÁ , quien interpuso demanda de prescripci n extintiva de deuda por concepto de derechos de aseoó domiciliario, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA COMUNA DE RENGO, a fin de que se declare en definitiva, la prescripci n de las obligaciones queó indic ; atendida las razones de hecho y de derecho se aladas en lo expositivo de estaó ñ sentencia. SEGUNDO: Que, con fecha 18 de diciembre de 2020, a folio N 9, compareci° ó el abogado don Felipe Oro Villal n, por la Ilustre Municipalidad de Rengo, quien vinoó en contestar la demanda de autos, haciendo presente que la declaraci n de prescripci nó ó corresponde exclusivamente a los Tribunales de Justicia, atendidas las razones de hecho y de derecho se alados en lo expositivo del presente fallo.ñ TERCERO: Que, primeramente debe tenerse presente, que la instituci nó jur dica de la prescripci n extintiva, parte del supuesto de que exista v lidamente unaí ó á obligaci n, la cual no se ha hecho exigible ante los Tribunales competentes poró negligencia del acreedor, dentro de un per odo determinado de tiempo, para lo cual,í constituyen como requisitos legales de procedencia: 1.- la existencia de una obligaci n;ó 2.- que la acci n sea prescriptible; y 3.- la inactividad del acreedor durante unó determinado lapso de tiempo. CUARTO: Que, con el objeto de acreditar sus asertos, la parte demandante rindi la siguiente prueba ó documental: 1.- Certificado de vigencia del Conservador de Bienes Ra ces y Comercio de Santiago, respecto de inscripci n social de fojas 25918í ó n mero 13184 del Registro de Comercio de Santiago del a o 1988, correspondiente a laú ñ Sociedad Molino Caupolic n SpA , de fecha 16 de septiembre de 2019. 2.-“ á ” Comprobante de RUT de la demandante, documento emitido por el Servicio de Impuestos Internos. 3.- Consulta de situaci n tributaria de terceros, de fecha 26 de junioó de 2020, emitido por el Servicio de Impuestos Internos. 4.- Inscripci n de fojas 524 Nó ° 300 del Registro de Propiedad del a o 1974, del Conservador de Bienes Ra ces deñ í Rengo. 5.- Certificaci n de inscripci n de fojas 1066 N 1217 del Registro de Propiedadó ó ° del a o 2013, del Conservador de Bienes Ra ces de Rengo. 6.- Certificado de aval oñ í ú discal rol N 00216-00036, de fecha 26 de junio de 2020. 7.- Certificado de aval o discal° ú rol N 00216-00017, de fecha 26 de junio de 2020. 8.- Listado de propiedades para el° pago de contribuciones, emitido por el Servicio de Impuestos Internos. 9.- Certificad de pagos patentes comerciales, N Rol 1010015, de fecha 19 de febrero de 2019, emitido° por la I. Municipalidad de Rengo. 10.- Certificado de deuda Rol 000216-0017 de fecha 25 de junio de 2020, emitido por el Departamento de Aseo de la Municipalidad de Rengo. 11.- Certifica
Fallo
Por tanto, yé í previas citas legales solicit tener por interpuesta demanda reconvencional de cobro deó pesos, en contra de la demandada reconvencional, ya individualizada en autos, acogerla a tramitaci n y, en definitiva, hacer lugar a ella, declarando que sta debe pagar a suó é representada por concepto de morosidad en el pago de derechos de aseo domiciliario, los per odos y montos indicados, o las que el tribunal determine conforme el m rito deí é autos, debidamente reajustada conforme variaci n que experimente el IPC entre la fechaó de interposici n de esta demanda y la del pago efectivo y total de la deuda, o por eló per odo que el tribunal se ale, m s intereses por el mismo per odo, con costas. í ñ á í Que, con fecha 23 de diciembre de 2020, a folio N 13, compareci don Javier° ó P rez Marchant, por la demandante principal y demandada reconvencional, contestandoé la demanda reconvencional deducida, solicitando se rechace en todas sus parte, con expresa condena en costas. Indic que como el tribunal podr comprobar, la demanda reconvencional ó á se basa en obligaciones que, casi en su totalidad, se encuentran extintas por prescripci n aó esta fecha, cuesti n que adem s ha sido expresamente ó á sometida a conocimiento del tribunal mediante la demanda principal de autos. A adi que mediante el l beloñ ó í principal de autos, su representada ha solicitado declarar que, respecto de casi la totalidad de las obligaciones de pago de los derechos de aseo en favor de la demandante r
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Rengoº CAUSA ROL : C-1278-2020 CARATULADO : MOLINO CAUPOLIC NÁ LIMITADA/MUNICIPALIDAD DE RENGO Rengo, dos de Diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS: Que, con fecha 30 de junio de 2020, a folio N 1, y rectificaci n de folio N 6,° ó ° compareci don ó JAVIER IGNACIO P REZ MARCHANTÉ , abogado, c dulaé nacional de identidad N 17.107.937-
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