CABRERA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CATEMU
Rol
C-1111-2020
Fecha
2 de diciembre de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Se ha iniciado esta causa rol C-1111-2020, caratulada “Cabrera con Ilustre Municipalidad de Catemu”, sobre juicio ordinario de prescripción extintiva de acción, por demanda deducida con fecha 10 de marzo de 2021, por doña Rosa Ester Delgado Fredes, pensionada, en representación de don Jorge Bernabé Cabrera Dietert, ambos domiciliados en García Huidobro N°41, comuna de Catemu, en contra de la Ilustre Municipalidad Catemu, Corporación autónoma de derecho público, representada por su Alcalde Boris Ernesto Luksic Nieto, ambos domiciliados en Borja García Huidobro N°025, comuna de Catemu, en la que solicita se declare la prescripción extintiva de acción de cobro de patente comercial. Expresa que su mandante adeuda el pago de patente comercial correspondiente al periodo comprendido entre los años 2000 y 2016, ambos años inclusive. Notificada legalmente, la parte demandada no contestó la demanda deducida en su contra, la que se tuvo por contestada en su rebeldía a folio 12. A folio 13, con fecha 4 de mayo de 2020, la parte demandante evacua trámite de réplica, ratificando lo expuesto en su demanda. La parte demandada no evacuó, dentro del plazo legal, el traslado conferido a folio 14 respecto del trámite de dúplica. A folio 37, se lleva a efecto audiencia de conciliación, la que no se produce, sin perjuicio de ello, la demandada señala que se allana a la demanda. A folio 40, con fecha 30 de noviembre de 2021, se cita a las partes para oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte demandante, don Jorge Bernabé Cabrera Dietert, interpone demanda en juicio ordinario de prescripción de acción, en contra de la Ilustre Municipalidad de Catemu, solicitando se declare la prescripción extintiva de acción de cobro de patente comercial a su nombre, referente a los periodos que van desde el año 2000 a 2016, ambos inclusive, conforme a los fundamentos ya reseñados en lo expositivo del presente fallo. Cita además como fundamento de derecho los artículos 2493, 2514 y 2521 del Código Civil. SEGUNDO: Que, la parte demandada no procedió a contestar la demanda deducida en su contra. TERCERO: Que, la parte demandante, evacuando trámite de réplica, expresa que ratifica lo señalado en su libelo de demanda en todas y cada una de sus partes. CUARTO: Que, a fin de acreditar los fundamentos fácticos de su acción, la demandante acompañó en su demanda, con la debida ritualidad, certificado de deuda por patente comercial, expedido por Oficina de Rentas Municipales de la Municipalidad de Catemu, con fecha 6 de febrero de 2020, respecto a patente comercial rol 20218 a nombre del demandante. QUINTO: Que el inciso 1° del artículo 2521 del Código Civil, establece que “Prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades, provenientes de toda clase de impuestos”. SEXTO: Que, del análisis de los antecedentes y la prueba aportada al proceso, resulta establecido que la acción de la Ilustre Municipalidad de Catemu para cobrar los impuestos por concepto de patente comercial rol 20218, a nombre de don Jorge Bernabé Cabrera Dieter, correspondiente a los periodos que van desde el 2000 al 2016, ambos años inclusive, se encuentra prescrita, considerando además que, tal como ya se ha señalado, la demandada en audiencia de conciliación de folio 37 ha expresado que se allana al petitorio de la parte demandante, de manera tal que se hará lugar a la demanda de autos respecto a los periodos señalados. Y visto además lo dispuesto en los artículos 144, 170, 313, 342 y 346 del Código de Procedimiento Civil; artículos 1698, 2492, 2493, 2514, 2521 y Decreto Ley N°3063,
Fallo
se resuelve: I.- Que se hace lugar a la demanda de prescripción extintiva de deuda por concepto de patente comercial, deducida por don Jorge Bernabe Cabrera Dietert, en contra de la Ilustre Municipalidad de Catemu, y en consecuencia se declara prescrita la acción para el cobro de los impuestos por patente comercial rol 20218 a su nombre, correspondiente a los periodos que van desde el año 2000 al 2016, ambos, años inclusive. II.- Que no se condena en costas a la parte demandada por no haberse opuesto a la acción deducida en su contra. Notifíquese legalmente. Rol C-1111-2020.- Dictada por Omar Antonio Cifuentes Mena, Juez Titular. Autoriza, doña Danisa María Ordenes González, Secretaria Subrogante. En San Felipe, a dos de Diciembre de dos mil veintiuno, se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-12-02T13:31:34-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 34 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Felipe CAUSA ROL : C-1111-2020 CARATULADO : CABRERA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CATEMU San Felipe, dos de diciembre de dos mil veintiuno Vistos: Se ha iniciado esta causa rol C-1111-2020, caratulada “Cabrera con Ilustre Municipalidad de Catemu”, sobre juicio ordinario de prescripción extintiva de acción, por demanda
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica