SOTO/
Rol
V-28-2020
Fecha
2 de diciembre de 2021
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: A fojas uno comparece don CARLOS GUSTAVO SOTO MIRANDA, cedula de identidad N° 14.230.005-2, chileno, soltero, de profesión Empresario Minero, domiciliado en Damián Riobó N°347, Comuna de Porvenir; y presentó con fecha veinte de marzo de dos mil veinte, la manifestación de un grupo de 10 pertenencias mineras, denominadas “OTTO 1/10”, de 10 hectáreas cada una, comprendiendo una superficie total de 100 hectáreas. SEGUNDO: Dicha manifestación se inscribió a fojas 12 vta., bajo el Nro. 18, del Registro de Descubrimientos de Minas del Conservador de Bienes Raíces de Tierra del Fuego, correspondiente al año 2020. TERCERO: La referida manifestación se publicó con fecha 09 de Abril del año 2020, en el Boletín Oficial de Minería N°42.628 del Diario Oficial de la República de Chile. CUARTO: La solicitud de mensura se publicó con fecha 26 de octubre del año 2020, en el Boletín Oficial de Minería N°42.789 del Diario Oficial de la República de Chile. QUINTO: El acta de mensura, da cuenta que se mensuraron las pertenencias “OTTO 1/7”, con una superficie total de 65 hectáreas. La mensura comprende 7 pertenencias, ubicadas en la comuna de Porvenir, Provincia de Tierra del Fuego, Foja: 1 Décima Segunda Región. Las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro mensurado son: VERTICE NORTE (mts.) ESTE (mts.) VERTICE 1 4.100.200,00 440.600,00 VERTICE 2 4.100.200,00 441.600,00 VERTICE 3 4.099.200,00 441.600,00 VERTICE 4 4.099.200,00 441.300,00 VERTICE 5 4.099.700,00 441.300,00 VERTICE 6 4.099.700,00 440.600,00 Las coordenadas U.T.M. del punto de interés en la presente manifestación, son: Norte 4.099.700,00 metros; Este 441.100,00 metros. SEXTO: Con fecha 10 de noviembre de 2021, el Servicio Nacional de Geología y Minería, mediante Oficio Ordinario N° 320 DR-MAG/2021, emitió el correspondiente informe consignando que la forma, dimensiones y orientación de la cara superior de las pertenencias se ajustan a las exigencias legales y están comprendi
Fundamentos
CONSIDERANDO: Del análisis de los antecedentes que obran en autos y el mérito del informe técnico del SERNAGEOMIN, este sentenciador concluye que el proceso se encuentra ajustado Foja: 1 a la ley, sin que existan vicios procesales ni causales que ameriten la denegación de la concesión o la declaración de caducidad por lo que es procedente acceder a lo solicitado por el interesado, aprobando el acta y plano, y declarando constituida la concesión de explotación solicitada. Y VISTOS, además, lo dispuesto en los artículos 85, 87, 90 y 239 del Código de Minería de 1983 y lo establecido en los artículos 42, 43 y 94 del Reglamento de dicho Código, Decreto Supremo N° 1 de fecha 3 de Enero de 1986 del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial, Edición N° 32.709 de fecha 27 de Febrero de 1987.
Fallo
SE DECLARA: SE APRUEBA el acta y plano de mensura de autos y se declara constituida la concesión de explotación de las pertenencias mineras denominadas “OTTO 1/7”, con una superficie total de 65 hectáreas, en favor de CARLOS GUSTAVO SOTO MIRANDA, ya individualizado. Extráctese la presente sentencia constitutiva al tenor de lo establecido en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese éste en el Boletín Oficial de Minería. Dése al interesado copia autorizada de la presente sentencia constitutiva, el original del plano y copia del acta de mensura para ser entregada por ésta o por quién la represente al Servicio Nacional de Geología y Minería. Inscríbase esta sentencia constitutiva y el acta de mensura en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Tierra del Fuego y remítase copia del plano al Conservador de Minas referido a fin de que proceda a su archivo en el Registro mencionado. Dése al interesado las copias autorizadas y simples de los documentos que correspondan. Cumplida que sea la inscripción antes ordenada, proceda el Conservador de Minas de Tierra del Fuego a la anotación de aquella al margen de la inscripción de la manifestación de autos que corre a fojas 12 vta, bajo el Nro. 18, del Registro de Descubrimientos de ese Conservador, correspondiente al año 2020, y a la remisión Foja: 1 de las copias pertinentes al Servicio Nacional de Geología y Minería al tenor de lo establecido en el artículo 94 del Reglamento del Código de Minería y del artículo 1
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 48 .- RESUMEN CAUSA ROL : V-28-2020 SOLICITANTE: CARLOS GUSTAVO SOTO MIRANDA MATERIA : MANIFESTACION MINERA “OTTO 1/10” A.P.F.: 26 de Noviembre de 2021. NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Porvenir CAUSA ROL : V-28-2020 CARATULADO : SOTO/ Porvenir, dos de Diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: A fojas uno comparece don
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