ELGUETA/MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES
Rol
C-7595-2021
Fecha
1 de diciembre de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 9 de septiembre 2021, comparece Natalia Catalina Fierro Far as, í abogada, mandataria judicial en representaci n de don ó ENRIQUE ELGUETA G LMEZ,Á chileno, casado y separado totalmente de bienes, constructor civil, ambos domiciliados para estos efectos en Isidora Goyenechea N° 3.162, oficina 501, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, interponiendo demanda en juicio ordinario de mayor cuant a por prescripci n extintiva de lasí ó acciones para el cobro de patente municipal, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES, persona jur dica de derecho p blico,í ú representada legalmente por su alcaldesa Daniela Pe aloza Ramos, psic loga, ambosñ ó domiciliados en Avenida Apoquindo N° 3400, Las Condes. Expone que viene en solicitar la declaraci n de prescripci n de las accionesó ó para el cobro de las patentes municipales adeudadas en el per odo comprendidoí entre el primer semestre del a o 2013 al segundo semestre de 2018,ñ correspondiente a los certificados n meros 221527, 221528, 221529, 221530,ú 221531, 221532, 221533, 221534, 221535, 221536, 221537, 221538 y 221539 fundado en que la demandada no ejerci dentro de tiempo til las acciones deó ú cobro que el Decreto Ley N°3.063 establecen, las por ende se encontrar aní extinguidas por haberse cumplido el plazo de prescripci n de tres a os establecidoó ñ en el inciso primero del art culo 2521 del C digo Civil.í ó Agrega que la patente Municipal tiene el car cter de impuesto municipalá regulado en el t tulo IV del Decreto Ley N° 3.063 de 1979 sobre Rentasí Municipales, y que para tales la jurisprudencia administrativa de Contralor aí C-7595-2021 Foja: 1 General de la Rep blica ha sostenido que le resulta aplicable la prescripci n deú ó corto tiempo del art culo 2521 del C digo de Bello, plazo que debe comenzar aí ó computarse desde que las obligaciones son exigibles. Al tenor de los art culos 2492 y siguientes del C digo Civil, as como de losí ó í art culos 23 y 24 del Decreto Ley N° 3.063 de 19
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareci ó Natalia Catalina Fierro Far así , mandataria judicial en representaci n de don ó ENRIQUE ELGUETA G LMEZ,Á interponiendo demanda en juicio ordinario de mayor cuant a de prescripci n extintiva de lasí ó acciones para el cobro por concepto de patentes municipales devengadas en el per odo correspondiente í primer semestre de 2013 y el segundo semestre de 2018, ambos inclusive, correspondientes a los certificados n meros 221527, 221528,ú 221529, 221530, 221531, 221532, 221533, 221534, 221535, 221536, 221537, 221538 y 221539, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES, representada legalmente por su alcaldesa Daniela Pe aloza Ramos,ñ todos ya individualizados, esgrimiendo como fundamento el transcurso del lapso de m sá de tres a os que dispone el art culo 2521 del C digo Civil, desde que la obligaci nñ í ó ó por tal concepto se hizo exigible sin haberse interpuesto por la demandada acci nó de cobro alguna en su contra que interrumpiera el plazo de prescripci n.ó SEGUNDO: Que la demandada, debidamente notificada, en su escrito de contestaci n se allan totalmente a la demanda incoada en su contra, respecto deó ó los montos adeudados que exceden el plazo de prescripci n establecido en eló art culo 2521 del C digo Civil.
Fallo
Por tanto, se encontrar a prescrita la acci n paraí ó í ó cobrar la deuda por concepto de impuestos, reajustes y multas correspondientes a la patente comercial rol N° 299770-3, respecto de los per odos que van entre elí primer semestre de 2013 y el segundo semestre de 2018, ambos inclusive. Asimismo, hizo presente que las obligaciones de pago de la demandante tienen causa y no fueron cumplidas en su oportunidad. TERCERO: Que, evacuando el tr mite de r plica, sostiene que del per odoá é í comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 30 de junio de 2019, tambi n seé encontrar a prescrita la acci n para su cobro. Al respecto habr de tenerse presenteí ó á que, conforme a lo dispuesto en el art culo 312 del C digo de Procedimiento Civil,í ó en el tr mite de la r plica se podr ampliar, adicionar o modificar las accionesá é á C-7595-2021 Foja: 1 formuladas, sin alterar el objeto principal del pleito, quedando limitado el alcance de la r plica a lo formulado en el libelo pretensor por el actor. é CUARTO: Que, para la prueba de sus asertos, la parte demandante acompa , en forma legal, dentro de plazo y sin objeci n de la contraria, copiañó ó simple de certificado de deuda de impuestos y derechos municipales actualizado el 2 de agosto de 2021, emitido por el Departamento de Tesorer a de laí Municipalidad de Las Condes. QUINTO: Que, el documento singularizado da cuenta que don Enrique Alberto Elgueta G lmez, RUT n mero 4.553.840-0, direcci n Puerta del Sol 55,á ú ó oficina 31, adeuda
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C-7595-2021 Foja: 1 FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7595-2021 CARATULADO : ELGUETA/MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES Santiago, uno de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 9 de septiembre 2021, comparece Natalia Catalina Fierro Far as, í abogada, mandataria judicial en representaci n de don ó ENRIQUE ELGUETA G LMEZ,Á chileno,
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