2º Juzgado de Letras de Quilpue

BANCO DELESTADO DE CHILE/MEDINA

Rol

C-1170-2019

Fecha

1 de diciembre de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece don CLAUDIO FELIPE ALTAMIRANO RODRÍGUEZ, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, comuna de Santiago, quien comparece como mandatario judicial en representación convencional, según se acredita, de BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, Rut N°97.030.000-7, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo, don Juan Cooper Álvarez, ingeniero comercial, cédula de identidad N°9.096.866-1, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N°1111, comuna de Santiago, quien viene en deducir demanda ejecutiva en contra de doña ALEJANDRA BERNARDITA MEDINA SUÁREZ, ignora profesión u oficio, con domicilio en Alefriz N°2657, Puerto Marino III, comuna de Quilpué, según presentación de folio 52, en razón de los siguientes

Fundamentos

fundamentos: Funda su demanda señalando que, su representado es dueño del pagaré que se acompaña en el primer otrosí de la demanda, que fue suscrito en calidad de deudor principal por la demandada, ya individualizada, por la suma de $6.557.253, por concepto de capital, más un interés del 1.31% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 36 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $236.284 cada una, salvo la última cuota de $236.266, todas con vencimiento los días 5 de cada mes, venciendo la primera de ellas el día 5 de Diciembre de 2017. Señala que en dicho pagaré se estableció que, en caso de mora o simple retardo en el pago de cualquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. Manifiesta que, la deudora ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 7 de Enero de 2019, inclusive, y todas las posteriores,

Fallo

por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $4.655.351, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más las costas de esta causa. Refiere que, según consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, la suscriptora relevó al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de ésta se encuentra autorizada por Notario; además, la obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. Previa cita de normas legales, concluye solicitando tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de doña ALEJANDRA BERNARDITA MEDINA SUÁREZ, ya individualizada, en la calidad ya indicada, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $4.655.351, más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. A folio 56, se notificó personalmente a la parte ejecutada la demanda de autos. A folio 57, comparece la parte ejecutada y opone la excepción contemplada en el artículo 464 N°7, 2 y 4 del Código de Procedimiento Civil. A folio 61, la parte ejecutante evacuó el traslado conferido respecto a las excepciones opuestas, solicitando su total rechazo. A folio 62, se declararon admisibles las e

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FOJA: 52 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Quilpue CAUSA ROL : C-1170-2019 CARATULADO : BANCO DELESTADO DE CHILE/MEDINA Quilpue, uno de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: A folio 1, comparece don CLAUDIO FELIPE ALTAMIRANO RODRÍGUEZ, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, comuna de Santiago, quien comparece como mandatario judicial en representación

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