2º Juzgado de Letras de Arica

MUÑOZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ARICA

Rol

C-58-2021

Fecha

1 de diciembre de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 12 de enero de 2021, en el folio 1, don Jorge Andree Ríos Barrera, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial, en representación convencional de don Orlando Del Rosario Muñoz Fanola, comerciante, ambos domiciliados para estos efectos en calle Sotomayor Nº 216, cuarto piso, de la ciudad de Arica, deduce demanda de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad De Arica, corporación de derecho público, RUT. 69.010.100-9, representada por su alcalde, don Gerardo Alfredo Espíndola Rojas, periodista, o quien en derecho represente a la demandada ambos con domicilio en calle Sotomayor Nº 415, de la ciudad de Arica, para que se declare la prescripción extintiva de las acciones que le corresponden a la demandada para el cobro de patentes comerciales que indica. Fundando su demanda, indica que su representado inició un emprendimiento, con la finalidad de incrementar sus ingresos y en razón de ello debió pagar patente comercial a la demandada, agregando que tuvo que cerrar dicho negocio por haber sido condenado por un injusto penal, quedando privado de libertad desde el año 2012 al año 2019.- por lo que indica que no se pagó la aludida patente comercial, por la que la demandada pretende cobrar la suma total de $685.026.- Indica que a la fecha de la presentación de su demanda, las acciones de la Ilustre Municipalidad de Arica para iniciar el cobro de esta suma de dinero, se encuentran prescritas debido a que ha trascurrido más de 5 años desde que se hicieron exigibles las obligaciones contraídas, no encontrándose el plazo interrumpido ni suspendido. Detalla los cobros de los cuales alega la prescripción de las acciones de la Municipalidad de Arica, según el siguiente cuadro: 2 Concepto Fecha Emisión Fecha Vencimiento Folio Saldo Reajuste Multa Total Pat. Comerc.Prof.Indust.Alcohol y F de Rol 10-01-2001 31-01-2011 326373 42.750 10.762 70.917 124.429 Pat. Comerc.Prof.Indust.Alcohol y F de Rol 11-07-2011 31-07-2011 3355106 43.833 10.115 67.2

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el abogado Jorge Andree Ríos Barrera, en representación de don Orlando Del Rosario Muñoz Fanola, interpuso demanda de prescripción extintiva de las acciones para el cobro de patentes que detalla, en contra de la Ilustre Municipalidad de Arica, representada por su alcalde, don Gerardo Alfredo Espíndola Rojas y al efecto señala, que estas acciones corresponden al cobro de patente comercial de un negocio que tuvo que cerrar, quedando este cobro pendiente de pago. Agrega tras detallar en un cuadro, los cobros de los cuales alega la prescripción de las acciones de la Municipalidad de Arica, que estos, se hicieron exigibles hace más de 5 años por lo que procedería se declare la prescripción de las acciones de la municipalidad para exigir su cumplimiento. Por último, solicita de acuerdo a las normas que cita, que se acoja su demanda en todas sus partes y, en definitiva

Fallo

se declarare que las acciones que le corresponden a la demandada por el cobro total de $ 685.026, por concepto de deuda, incluido reajustes, interés y multas, se encuentran prescritas, con expresa condena en costas. SEGUNDO: Que, la demandada no contestó la demanda, ni rindió prueba. TERCERO: Que, a fin de acreditar los supuestos de su acción, la demandante como prueba documental, acompañó un documento denominado “detalle de deuda”, emitido por la Ilustre Municipalidad de Arica. CUARTO: Que el artículo 2.514 del Código Civil dispone: "La prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligación se haya hecho exigible". A su vez, el artículo 2.515, del mismo texto civil establece a propósito del plazo de la prescripción que en general de 3 años para las acciones ejecutivas y de 5 años para las ordinarias. Según las normas transcritas, el inicio del plazo de prescripción de las acciones destinadas al cobro de la obligaciones adeudadas por el demandante se produjo en la fecha del vencimiento de cada una de ellas, que es la época en la que se hicieron exigibles y bajo este supuesto y, conforme al documento no objetado aportado por el actor, este hecho jurídico ocurrió, respecto de la última de dichas 4 obligaciones, el día 31 de julio del año 2013, fecha a partir de la cual ha corrido el plazo de prescripción sin interrupción ni suspensiones, según s

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1 CAUSA ROL Nº : C-58-2021 MATERIA : PRESCRIPCIÓN EXTINCIÓN DE ACCIONES ADQUISICIÓN DERECHOS Y OTRAS ACCIONES CÓDIGO : P18A DEMANDANTE : MUÑOZ FANOLA, ORLANDO DEL ROSARIO DEMANDADO : ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ARICA FECHA INICIO : 12 / 01 / 2021 Arica, uno de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS: Con fecha 12 de enero de 2021, en el folio 1, don Jorge Andree Ríos Barrera, abogado de la Corporació

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