1º Juzgado Civil de Puente Alto

GALLARDO/CARRASCO

Rol

C-11199-2020

Fecha

2 de diciembre de 2021

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 14 de agosto de 2020, comparecen doña Maritza Loreto de Gregorio Álamos y doña Elisa Ignacia Cabrera Quilahueque, abogadas, domiciliadas en Avenida Vespucio Sur Nº700, oficina Nº504, comuna de Las Condes, en representación judicial de doña Susana Gloria Elizabeth Gallardo Maldonado, asistente de párvulo, domiciliada en 16 Norte Nº4483, comuna de Pedro Aguirre Cerda, quienes deducen demanda de designación de Juez Partidor de los bienes de la comunidad, en contra de doña Rosa Lucy Carrasco Maturana, educadora de párvulos, domiciliada en Juan de Dios Malebrán Nº3154, comuna de Puente Alto y doña Victoria del Carmen Carrasco Maturana, técnico en párvulos, domiciliada en Salvador Sanfuentes Nº116, comuna de Puente Alto. Expresan que su representada junto con las demandadas constituyen comunidad por ser dueñas en partes iguales del inmueble ubicado en Avenida Gabriela Mistral Nº742, comuna de Puente Alto, inscrito a fojas 4394 Vta. Nº6148 correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto del año 1992 y del inmueble ubicado en Pasaje Martín de Solís Nº 743, comuna de Puente Alto, inscrito a fojas Nº 6116 Vta. Nº4736, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto del año 2008, ambas propiedades fusionadas en un lote único. Indican que es voluntad de su representada poner fin al estado de indivisión de la comunidad y que se ha solicitado en reiteras oportunidades a las demandas liquidar la comunidad, quienes se han negado rotundamente, es por ello que se ha solicitado la designación de un árbitro para efectos de proceder a la liquidación de la comunidad sobre las propiedades individualizadas. C-11199-2020 En virtud de las normas que cita, pide al Tribunal citar al afecto a una audiencia de designación de un juez árbitro partidor y en subsidio, que éste sea designado por S.S conforme lo dispone la ley. Con fecha 8 de septiembre de 2020, se notificó de la demanda personalmente a la demanda

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña Susana Gloria Elizabeth Gallardo Maldonado, a través de su abogado que la representa, deduce demanda de designación de juez partidor para la liquidación de la comunidad de bienes habida con doña Rosa Lucy Carrasco Maturana y doña Victoria del Carmen Carrasco Maturana; existiendo dos inmuebles entre los bienes de la comunidad. SEGUNDO: Que notificada la demanda a las demandadas, comparecieron debidamente representadas, manifestando su voluntad que fuere el Tribunal el que procediera con la designación. TERCERO: Que con la finalidad de acreditar los hechos que sirven de base a la pretensión de designación, el demandante acompañó la siguiente documentación, no objetada: 1- Certificado de dominio vigente de la propiedad inscrita a fojas 4394 Vta. Nº6148 correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto del año 1992. 2- Certificado de dominio vigente de la propiedad inscrita a fojas Nº6116 Vta. Nº4736 del Registro de C-11199-2020 Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto del año 2008. 3- Certificado de Hipotecas y Gravámenes, interdicciones y Prohibiciones de enajenar y Litigios del inmueble de Avenida Gabriela Mistral Nº 742, comuna de Puente Alto, inscrito a fojas 4394 Vta. Nº6148 correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto del año 1992. 4- Certificado de Hipotecas y Gravámenes, Interdicciones y Prohibiciones de enajenar y Litigios ubicado en Pasaje Martín de Solís Nº 743, Comuna de Puente Alto, inscrito a fojas 6116 Vta. Nº 4736 correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto del año 1992. Por su parte, la parte demandada no acompañó prueba. CUARTO: Que con el mérito de los documentos acompañados legalmente y no objetados ha de tenerse por acreditado que efectivamente existe una comunidad de bienes entre doña Susana Gloria Elizabeth Gallardo Maldonado, doña Rosa Lucy Carrasco Maturana y doña Victoria del Carmen Carrasco Maturana, respecto del inmueble de Avenida Gabriela Mistral Nº742, comuna de Puente Alto y de Pasaje Martín de Solís Nº743, comuna de Puente Alto. QUINTO: Que en atención a lo anterior y habiéndose acreditado la existencia de una comunidad que no ha sido liquidada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 227 N°1 del Código de Orgánico de Tribunales y al no mediar acuerdo entre las partes para la designación de Juez Partidor, corresponde a este Tribunal proceder a su nombramiento por concurrir los presupuestos legales, por lo que se acogerá lo solicitado. SEXTO: Que, asimismo, el artículo 414 del Código de Procedimiento Civil, en su inciso segundo dispone que si las partes no se ponen de acuerdo en la designación de las personas, hará el nombramiento el Tribunal, constando en autos que no hubo acuerdo en el comparendo de rigor, por lo cual ambas partes solicitaron que el tribual realice tal designación. C-11199-2020 SÉPTIMO: Que los antecedentes de

Fallo

SE DECLARA: I. Que, se designa Juez Árbitro con el objeto de que proceda a la liquidación de la comunidad existente entre las partes, y conozca de los demás temas que digan directa relación a ella, al abogado don Juan Pablo Sánchez Sepúlveda, domiciliado en Huérfanos N° 835, oficina 801, Santiago, con fonos: 56226567180 56226646330 y correo electrónico jpss.abogado@gmail.com, quien deberá aceptar el cargo en forma legal. Póngase el nombramiento precedente en conocimiento de las partes y téngase por aprobado si no fuere objetado dentro de tercero día. Vencido este plazo, y ejecutoriada la presente sentencia, notifíquesele al nombrado, para que previa aceptación del cargo y juramento de rigor proceda a su cometido. II. Que cada parte soportará sus propias costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RESOLVIÓ DON CRISTIAN GARCÍA CHARLES, JUEZ TITULAR. Atendido el mérito del apercibimiento decretado con fecha 9 de noviembre de 2021, al apoderado de la parte demandada, se le tiene por notificado, por el estado diario, a contar de esta fecha de la presente sentencia conforme lo dispuesto en el artículo 53 del Código de Procedimiento Civil. mailto:jpss.abogado@gmail.com C-11199-2020 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Puente Alto, dos de Diciembre de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de

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C-11199-2020 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Puente Alto CAUSA ROL : C-11199-2020 CARATULADO : GALLARDO/CARRASCO Puente Alto, dos de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 14 de agosto de 2020, comparecen doña Maritza Loreto de Gregorio Álamos y doña Elisa Ignacia Cabrera Quilahueque, abogadas, domiciliadas en Avenida Vespucio Sur Nº700, oficina Nº504, comun

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