3º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

PERI CHILE ENCOFRADOS Y ANDAMIOS/INMOBILIARIA CORCOLEN LIMITADA

Rol

C-2055-2020

Fecha

1 de diciembre de 2021

Materia

CHEQUE, NOTIFICACIÓN PROTESTO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 11 de agosto de 2020, comparece don Mario Romero Castro, Abogado, domiciliado para estos efectos en Avenida Pedro Aguirre Cerda 14.200, La Chimba, Antofagasta, en representación convencional de la demandante Peri Chile Encofrados y Andamios Limitada, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por su gerente general don Jorge Valdés Lyon, constructor civil, ambos domiciliados en Avenida José de San Martín Nº 104, Parque Industrial Los Libertadores, comuna de Colina, precedido de gestión preparatoria de notificación judicial de protesto de cheque; y entabla demanda en juicio ejecutivo de obligación de dar en contra de la sociedad Inmobiliaria Corcolén Limitada, sociedad del giro de su denominación, representada por don Juan Miranda Aránguiz, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en calle 14 de Febrero N° 1822, piso 3, Antofagasta, a fin que se despache en su contra mandamiento de ejecución y embargo, por la suma de $9.564.111.-, más reajustes, intereses y costas, ordenando en definitiva seguir adelante la ejecución hasta obtener el pago íntegro de lo adeudado, con costas. Funda su pretensión en que su representada es dueña de un cheque girado en contra del Banco de Chile, por la sociedad Inmobiliaria Corcolén Limitada, correspondiente a cheque serie 2019JG, por la suma de $9.564.111.-. Indica que, dicho cheque al ser presentado a su cobro, finalmente fue protestado por el banco librador por falta de fondos, según consta del acta de protesto agregada al mismo. Refiere que, notificado judicialmente del protesto indicado a su girador, éste no consignó fondos suficientes para responder del capital de la deuda más sus intereses y costas, como tampoco opuso tacha de falsedad a su firma puesta en dicho documento, todo lo cual consta en la gestión preparatoria de autos. Manifiesta que, en estas circunstancias se ha constituido el título ejecutivo, la obligación es líquida, actualmente exigible y la

Fallo

por tanto, tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de la sociedad ejecutada, ya individualizada, disponiendo se despache en su contra mandamiento de ejecución y embargo, por la suma de $9.564.111.-, más reajustes, intereses y costas, ordenando en definitiva seguir adelante la ejecución hasta obtener el pago íntegro de lo adeudado, con costas. SEGUNDO: Que, con fecha 01 de septiembre de 2020, comparece Christian Caro Cassali, Abogado, en representación de Inmobiliaria Corcolén Limitada, representada por don Juan Carlos Miranda Aránguiz, empresario, ambos con domicilio para estos efectos en calle 14 de Febrero N°1822 Piso 3, Antofagasta, ejecutada en autos, quien en lo principal de su presentación, a folio 10, opone a la ejecución la excepción del numeral 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, “La concesión de esperas o la prórroga del plazo”. Expresa que, la deuda que se pretende cobrar ejecutivamente en autos, no es exigible, ya que en la actualidad su representada se encuentra en un proceso de reestructuración financiera y de refinanciamiento con una entidad bancaria de la plaza, razón por la cual negoció con la ejecutante, concediéndole ésta plazo para gestionar los recursos que permitan materializar la referida reestructuración financiera y con ello dar solución a la presente acreencia. Precisa que, se han realizado las propuestas y planes de pago a la ejecutante, las cuales actualmente se encuentran en estudio ante la comisión de ries

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TRIBUNAL : TERCER JUZGADO CIVIL ANTOFAGASTA. ROL : 2.055-2020 EJECUTANTE : PERI CHILE ENCOFRADOS Y ANDAMIOS EJECUTADO : INMOBILIARIA CORCOLEN LIMITADA MATERIA : JUICIO EJECUTIVO. Antofagasta, uno de diciembre de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 11 de agosto de 2020, comparece don Mario Romero Castro, Abogado, domiciliado para estos efectos en Avenida Pedro Aguir

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