1º Juzgado Civil de Viña del Mar

BANCO DEL ESTADO DE CHILE/ESCUDERO

Rol

C-3114-2020

Fecha

30 de noviembre de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 11 de agosto de 2020, folio 1, comparece Claudio Felipe Altamirano Rodr guezí , abogado, mandatario judicial en representaci n convencionaló del Banco del Estado de Chile, empresa aut noma deó cr ditos del Estado,é domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O Higgins N 1111,´ º piso 8 , Comuna deº Santiago, e interpone demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de é Christian Carlos Ignacio Escudero L pezó , profesi n u oficioó ignorados, con domicilio en Rio Tinguiririca 35, El Olivar, Vi a del Marñ , para obtener el pago de la suma de 255,1191.- Unidades de Fomento, en su equivalente en moneda corriente al d a delí pago, m s intereses pactados , reajustes y costasá . Con fecha 3 de octubre de 2020, bajo el folio 21, el ejecutado opuso la excepci n 2ó ª del art culoí 464 del C digo de Procedimiento Civil, la que se declaró ó admisible y se recibi a prueba con fecha 13 de octubre de 2020.ó Con fecha 27 de octubre de 2021. Folio 47, se cit a las partes para o ró í sentencia.

Fundamentos

Considerando: Primero: Demanda ejecutiva. Que con fecha 11 de agosto de 2020, folio 1, comparece Claudio Felipe Altamirano Rodr guezí , abogado, mandatario judicial en representaci n convencional del ó Banco del Estado de Chile, e interpone demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de é Christian Carlos Ignacio Escudero L pezó , todos ya individualizados, para obtener el pago de la suma de 255,1191.- Unidades de Fomento, en su equivalente en moneda corriente al d a del pago, m sí á intereses pactados, reajustes y costas. Funda su demanda se alando que ñ los t tulos cuyo cobro se persigue en los autosí corresponden a: 1.- Pagar suscrito con fecha 18 de junio de 2020, por do a Carola Paz Abarcaé ñ Conejeros y por do a Leslie Andrea Contreras Vilches, ambos empleados, ambosñ domicilia dos en Alameda Libertador Bernardo O Higgins N 1111, Santiago, en´ ° representaci n de don( a) CHRISTIANó ñ CARLOS IGNACIO ESCUDERO LOPEZ, en virtud del mandato conferido por este ltimo en lasú cl usulas 15 y 16 del contrato deá apertura de l nea de cr dito para Estudiantes de Educaci ní é ó Superior con Garant aí Estatal seg n la Ley 20.027, y que se acompa a en el primer otros de esteú ñ í libelo por la suma de 229,6072.- UF. 2.- Pagar suscrito con fecha 18 de junio de 2020, por do a Carola Paz Abarcaé ñ Conejeros y por do a Leslie Andrea Contreras Vilches, ambos empleados, ambosñ domiciliados en Alameda Libertador Bernardo O Higgins N 1111, Santiago, en´ ° representaci n de don( a) CHRISTIANó ñ CARLOS IGNACIO ESCUDERO LOPEZ, en virtud del mandato conferido por este ltimo eú n las cl usulas 15 y 16 del contrato deá apertura de l nea de cr dito para Estudiantes de Educaci ní é ó Superior con Garant aí Estatal seg n la Ley 20.027, y que se acompa a en el primer otros de esteú ñ í libelo por la suma de 25,5119.- UF. Agrega que de acuerdo a lo pactado en el(los) pagar (s), el capital adeudado, aé contar de la fecha de suscripci nó y hasta la de su pago efectivo, devengar a la tasa deí inter s m xima convencional que la ley permiteé á establecer para este tipo de operaciones de cr dito é de dinero. Adem s, se estipul en los t tulos que en caso de no pago de laá ó í deuda a la presentaci n a cobro deló respectivo pagar , se capitalizar n los interesesé á vencidos y la obligaci n devengar a favor deló á Banco, a partir de esta misma fecha, a t tulo de pena, intereses moratorios a la tasa de inter sí é m xima convencional fijada porá la autoridad a la fecha de suscripci n de pagar , a menos que rijaó é durante la mora o retardo sea superior, en cuyo caso se cobrar esta ltima.á ú Se alñ a que los pagar s fueron pactados a plazo, por los que a trav s de laé é presentaci n de la demanda su parte los hace exigiblesó y demanda el pago de la(s) citada(s) deuda(s), anteriormente individualizada(s), signada(s) con los n meros 1 yú 2, en ambos casos, con vencimiento 19 de junio de 2020 en su equivalente en pesos moneda legal al momento de pago efectivo, m s intereses pactados

Fallo

por tanto, don Claudio Altamirano no cuenta con capacidad o personer a o representaci n para actuar en nombre de Banco de Estado de Chileí ó . Cita jurisprudencia de la Excelent sima Corte Suprema, en recurso de fecha 18 de agostoí de 1923 (R.T.22, sec 1°, p.321). Tercero: Contestaci nó de la excepci nó . Que bajo el folio 24 el abogado Juan Carlos Contardo Hogtert, por la demandante, evacua el traslado solicitando el rechazo con costas de la excepci n y se ala que ó ñ El Banco del Estado de Chile es una empresa aut noma del Estado, con personalidadó jur dica y patrimonio propio, deí duraci n indefinida, sometida exclusivamente a laó Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, que se relaciona con el Gobierno a trav s del Ministerio deé Hacienda. Su estatuto est contenido en Leyá Org nica, Decreto Ley 2.079 de 1977,á publicado en el Diario Oficial de 18 de enero de 1978, modificado por la Ley 18.840, publicada en el Diario Oficial de 10 de octubre de 1989. Agrega que de acuerdo al art culo 22 del DL 2079, la representaci n judicialí ó del Banco corresponde a su Gerente General Ejecutivo, con las facultades del inciso primero del art culo 7 del C digo de Procedimiento Civil.í ° ó Finalmente se ala que don ñ Juan Cooper lvarez fue nombrado Gerente GeneralÁ Ejecutivo por Decreto N 483° de fecha 10 de abril de 2018, publicado en el Diario Oficial de 28 de julio de 2018. En consecuencia, la personer a y representaci n legalí ó de la demandante se encuentran suficient

Texto Completo (Preview)

FOJA: 48 .- Cuarenta y ocho .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-3114-2020 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/ESCUDERO Vi a del Marñ , treinta de Noviembre de dos mil veintiuno Vistos: Con fecha 11 de agosto de 2020, folio 1, comparece Claudio Felipe Altamirano Rodr guezí , abogado, mandatario judicial en representaci n convencionaló del

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica