BRAYAN CRISTOPHER KEIM VARGAS C/ NICOLÁS GERARDO ALMONACID PACHECO
Rol
O-1054-2020
Fecha
28 de junio de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en esta causa RUC N°2000139694-4, RITN°1054 - 2020.- En la audiencia respectiva estuvieron presentes ininterrumpidamente este sentenciador, el Fiscal del Ministerio Público don Narciso García, el requerido NICOLÁS GERARDO ALMONACID PACHECO, cédula nacional de identidad número 20.098.255-K, con domicilio en calle Jose Manuel Balmaceda Nº 450, Osorno, y el Defensor Penal don Hellmar Teuber, y con el mérito probatorio de los antecedentes que fundamentan la acción fiscal, en especial aquellos indicados detalladamente por el Ministerio Público en la audiencia de fecha 28 de junio de 2025, los que fueron conocidos por la defensa, lo que se suma a la admisión de responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento por parte del encausado, el Tribunal tiene por establecido que: El día 04 de febrero de 2020, alrededor de las 13.00 horas en calle Los Carrera frente al terminal de buses de Osorno el imputado NICOLÁS ALMONACID PACHECO, amenazó de forma seria y verosímil a la víctima Bryan Christopher Keim Vargas diciéndole “te voy a agarrar a tunazo en la cabeza” provocando fundado temor, denunciando posteriormente ante carabineros. Los hechos así descritos constituyen el delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 296 Nº3 del Código Penal, en grado de consumado, en perjuicio de la víctima ya individualizada, en los que le corresponde al requerido, participación en calidad de autor. Que habiéndose solicitado por el Ministerio Público la aplicación de la pena única de CUARENTA Y UN DÍAS de prisión en su grado máximo, más accesorias legales, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 395 del Código Procesal Penal, el Tribunal no puede imponer al sentenciado una sanción más desfavorable que aquella. Código: UEVLXZTXMGM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por estas consideracion
Fallo
Por estas consideraciones, y aquellas señaladas por este sentenciador en la audiencia respectiva, las que constan en el audio correspondiente y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°6, 15, 25, 30, 49, 50, 67, 69, 296 Nº3, del Código Penal, y artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, y artículo 4 y 38 de la Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a NICOLÁS GERARDO ALMONACID PACHECO, cédula nacional de identidad número 20.098.255-K, ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS de prisión en su grado máximo, en su calidad de autor del delito de AMENAZAS, en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 296 Nº3 del Código Penal, perpetrado el 04 de febrero de 2020, en perjuicio de don Bryan Christopher Keim Vargas, en la comuna de Osorno. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216 y artículo 3 del Decreto N°1.120 Reglamento de la Ley 18.216, SE LE CONCEDE LA SUSTITUTIVA DE REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, por el lapso de UN AÑO. En el evento que la sustitutiva le fuere revocada por cualquier motivo, cumplirá la pena privativa de libertad en forma efectiva. El condenado deberá presentarse a Gendarmería de Chile correspondiente al lugar de su domicilio, dentro del plazo de cinco días contado desde que se encuentre firme y ejecutoriado el presente fallo. Si transcurrido el referido plazo el condenado no se presentare a cumplirla, dicho organismo deberá informar a este Tribunal de ta
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RUC N°2000139694-4 RIT N°1054 - 2020 IMPUTADO: NICOLÁS GERARDO ALMONACID PACHECO PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO DELITO: AMENAZAS Osorno, veintiocho de junio de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en esta causa RUC N°2000139694-4, RITN°1054 - 2020.- En la audiencia respectiva estuvieron presentes ininter
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