Juzgado de Garantía de Ancud

KEVIN WILLIAM ÓRDENES RUMINOT C/ YONATTAN HERNÁN ZÚÑIGA COLIL

Rol

O-769-2025

Fecha

28 de junio de 2025

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Ancud, veintiocho de junio de dos mil veinticinco. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Que, por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 3, 5, 7, 11 Nº 9, 14, 15 N°1, 18, 21 y siguientes, 50, 61 y siguientes 70, 296 N° 3 del Código Penal y art. 5 de la ley 20.066, art. 240 inciso 2° del Código de Procedimiento Civil, disposiciones de la ley 18.216, y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a YONATHAN HERNAN ZÚÑIGA COLIL, cédula de identidad 18.281.647-7, ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO (41), más las penas accesorias de suspensión para cargos y oficios público durante el tiempo de la condena, en perjuicio de la víctima Vicente Pozas Pozas, lo anterior por su Código: YBXXXZLSPBJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl responsabilidad como autor en el delito de AMENAZAS SIMPLES, previsto sancionado en el art. 296 N° 3 del Código Penal, en grado de consumado, por el hecho ocurrido el 20 de mayo de 2025 en la ciudad de Quemchi. II.- Que SE CONDENA a YONATHAN HERNAN ZÚÑIGA COLIL, cédula de identidad 18.281.647-7, ya individualizado, a sufrir DOS penas de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO (41), más las penas accesorias de suspensión para cargos y oficios público durante el tiempo de la condena, más las penas accesorias del artículo 9 letras b) y d) por 1 año de la ley 20.066, esto es la prohibición de acercarse a las víctimas sus padres doña Hilda del Carmen Colil Herrera y don Luis Hernán Zúñiga Nahuelcar, a su domicilio, lugar de trabajo o en cualquier lugar que frecuenten y donde se encuentren, más la obligación de someterse a un tratamiento para el consumo abusivo de alcohol y drogas el que deberá cumplirse en el CESFAM de

Fallo

por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 3, 5, 7, 11 Nº 9, 14, 15 N°1, 18, 21 y siguientes, 50, 61 y siguientes 70, 296 N° 3 del Código Penal y art. 5 de la ley 20.066, art. 240 inciso 2° del Código de Procedimiento Civil, disposiciones de la ley 18.216, y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a YONATHAN HERNAN ZÚÑIGA COLIL, cédula de identidad 18.281.647-7, ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO (41), más las penas accesorias de suspensión para cargos y oficios público durante el tiempo de la condena, en perjuicio de la víctima Vicente Pozas Pozas, lo anterior por su Código: YBXXXZLSPBJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl responsabilidad como autor en el delito de AMENAZAS SIMPLES, previsto sancionado en el art. 296 N° 3 del Código Penal, en grado de consumado, por el hecho ocurrido el 20 de mayo de 2025 en la ciudad de Quemchi. II.- Que SE CONDENA a YONATHAN HERNAN ZÚÑIGA COLIL, cédula de identidad 18.281.647-7, ya individualizado, a sufrir DOS penas de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO (41), más las penas accesorias de suspensión para cargos y oficios público durante el tiempo de la condena, más las penas accesorias del artículo 9 letras b) y d) por 1 año de la ley 20.066, esto es la prohibición de acercarse a las víctimas sus padres do

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Individualización de Audiencia de Requerimiento simplificado verbal. Fecha Ancud., veintiocho de junio de dos mil veinticinco Magistrado HERNAN FELIPE ALARCON PEREZ Fiscal FERNANDO ESTEBAN METZNER IRIBARREN Defensor CARLOS BRAHONA RAMIREZ Delito DESACATO VIF Delito AMENAZAS SIMPLES VIF Delito AMENAZAS SIMPLES VIF Delito AMENAZAS SIMPLES Hora inicio 11:47AM Hora termino 12:32PM Sala Sala 1 Tribuna

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