Juzgado de Garantía de Valdivia

MP C/ HÉCTOR IVÁN DIOCARES LEIVA

Rol

O-5364-2024

Fecha

26 de junio de 2025

Materia

CONDUC.EBRIEDAD RESUL.LESIONES MENOS GRAVE.A196 I.2LEY.TRANS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 23 de agosto de 202 4 , alrededor de las 02:30 Hrs. aproximadamente, el requerido HÉCTOR IVÁN DIOCARES LEIVA, condujo en estado de ebriedad el automóvil marca Chevrolet, modelo Onix, placa patente única RKHZ.17 por avenida Santiago Bueras de Valdivia, y cuando ingreso a la intersección con avenida Ramón Picarte de Valdivia, colisiono al automóvil marca Hyundai modelo Accent placa patente única KKKF.38, que era conducido por la victima don Luis Alberto Rey Albornoz, resultando el vehículo de la víctima con daños de consideración en su estructura. Una vez que Carabineros llegó al lugar, se percataron de la ebriedad del requerido por su fuerte halito alcohólico rostro congestionado incoherencia al hablar a inestabilidad al caminar como por el resultado de la prueba respiratoria que arrojo 2.14 gramos por litro de alcohol en su sangre. El informe de alcoholemia practicado al requerido arrojó como resultado que al momento de desempeñar la conducción del vehículo este lo hacía con 3.07 gramos por mil de alcohol en la sangre. Los daños causados a la propiedad de la víctima fueron avaluados prudencialmente por esta en la suma de $8.000.000.- pesos”. La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC que luego se refiere, de la misma fecha de la sentencia y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14, 15, 30, 49, 70 del Código Penal; 110 y 196 de la Ley N°18.290; artículos 45, 47, 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 4, 24 y 38 de la Ley N°18.216, se declara: Código: XNMXXZLSXVD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Se condena a Héctor Iván Diocares Leiva, C.I. N°17.964.234-4, mayor de edad, domiciliado en sector Fundo Santa Elvira S/Nº, Valdivia, F.E.N. correo electrónico diocareshector@outlook.com, a sufrir la pena de cuarenta y un día

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14, 15, 30, 49, 70 del Código Penal; 110 y 196 de la Ley N°18.290; artículos 45, 47, 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 4, 24 y 38 de la Ley N°18.216, se declara: Código: XNMXXZLSXVD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Se condena a Héctor Iván Diocares Leiva, C.I. N°17.964.234-4, mayor de edad, domiciliado en sector Fundo Santa Elvira S/Nº, Valdivia, F.E.N. correo electrónico diocareshector@outlook.com, a sufrir la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, multa de una U.T.M a beneficio fiscal, accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, accesoria de suspensión la licencia de conducir por el plazo de dos años, por su responsabilidad como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, ejecutado con fecha 23 de agosto de 2024, en la comuna de Valdivia, en perjuicio de Luis Alberto Rey Albornoz. II.- Se concede a Héctor Iván Diocares Leiva la pena sustitutiva de la remisión condicional de la pena, debiendo someterse a la observación y vigilancia de la autoridad de Gendarmería de Chile, C.R.S. de Valdivia, por el término de un año. En el evento que la pena sustitutiva fuere revocada, no existen abonos que considerar. Deberá presentarse a dar cumplimiento de la pena sustitutiva otorgada dentro de quinto día de que

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, veintiséis de junio de dos mil veinticinco Hechos: “El día 23 de agosto de 202 4 , alrededor de las 02:30 Hrs. aproximadamente, el requerido HÉCTOR IVÁN DIOCARES LEIVA, condujo en estado de ebriedad el automóvil marca Chevrolet, modelo Onix, placa patente única RKHZ.17 por avenida Santiago Bueras de Valdivia, y cuando ingreso a la intersección con

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