10º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ ERNESTO FERNANDO MORALES CURAQUEO

Rol

O-1741-2020

Fecha

25 de junio de 2025

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “Que desde un tiempo a la fecha de su detención, se logró determinar mediante diversas técnicas de investigación, tales como escuchas telefónicas y vigilancias, efectuadas por funcionarios de la Brigada Antinarcóticos Metropolitana de la Policía de Investigaciones de Chile, en conjunto con la Fiscalía Regional Metropolitana Sur, acerca de la existencia un grupo de sujetos dedicados a comercializar droga en la comuna de Lo Espejo y Recoleta, siendo identificados como Ernesto Fernando MORALES CURAQUEO y Karina FERRADA CARRASCO. En virtud de lo anterior y debidamente autorizados por el 10° Juzgado de Garantía, el día 19 de junio de 2020 se efectuaron entradas y registros en tres domicilios, arrojando el siguiente resultado: Pasaje Uruguay N° 3461, comuna de Recoleta Alrededor de las 11:05 horas, funcionarios policiales ingresaron al referido domicilio, sorprendiendo en su interior a Ernesto Fernando MORALES CURAQUEO, quien guardaba 01 paquete envuelto en plástico transparente, contenedor de cocaína clorhidrato con un peso bruto de 117 gramos, sin contar con la autorización competente para ello, además de $130.000, 33 Dólares Americanos y $565.410 producto de la venta de droga. Pasaje San José N° 3502, comuna de Recoleta Alrededor 11:05 horas, funcionarios policiales ingresaron al referido domicilio, sorprendieron en su interior a Karina FERRADA CARRASCO, quien guardaba 01 Código: JKDXXZHNXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl paquete de nylon contenedor de cannabis sativa con un peso bruto de 1 kilo 75 gramos y 3 bolsas nylon contenedoras de un total de 610 gramos de clorhidrato de cocaína, sin contar con la autorización competente para ello. Gil de Castro N° 03667, block 22, departamento 201, comuna de Lo Espejo Alrededor de las 12:45 horas, funcionarios policiales ingresaron al referido domicilio, incautando desde su interior 40 bolsas de cannabis sativa con un peso bruto de 23 gramos, 91 p

Fallo

se declara: l.- Que se condena a ERNESTO FERNANDO MORALES CURAQUEO, ya individualizado, a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y a la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dura la condena, sin costas, como autor del delito de tráfico ilícito de drogas, consumado, cometido el 19 de junio de 2020, además al pago de una multa a beneficio fiscal de diez (10) unidades tributarias mensuales y al comiso de los efectos instrumentos del delito, incluido el dinero incautado. II.- Que la pena corporal la impuesta se le dará por cumplida con el mayor tiempo que ha permanecido privado de libertad en esta causa, esto es del 19 de junio del año 2020, fecha de su detención, hasta el día de hoy. III.- Que para el pago de la multa impuesta se conceden diez (10) cuotas iguales, mensuales y sucesivas de una unidad tributaria mensuales, que serán pagaderas en 60 días que la presente sentencia quede firme y ejecutoriada. El no pago de la multa, no procederá su conversión de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal. IV.- Que una vez ejecutoriada la sentencia, se determinará la huella genética del sentenciado, que será incluida en el registro de condenados contemplado en la Ley 19.970. Que se de aplicación a lo dispuesto en el artículo 5° Letra C de la Ley 17.798. Regístrese y dese cumplimiento al artículo 468 del C

Texto Completo (Preview)

RUC : 2000622543-9 RIT : 1741 – 2020 MAGISTRADO : GLORIA ALEJANDRA LOLAS BASUALDO NOMBRE IMPUTADO : ERNESTO FERNANDO MORALES CURAQUEO CÉDULA DE IDENTIDAD : 12.879.624-K DOMICILIO : Calle URUGUAY Nº 3461, Recoleta. FISCAL : PAULA FLORES VARGAS DEFENSA PRIVADA : RODRIGO FERNANDO GARCÍA ACEVEDO TRIBUNAL : 10º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : veinticinco de junio de dos mil veinti

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