MINISTERIO PÚBLICO C/ ALEJANDRO ESTEBAN CAMPOS ANDRADE
Rol
O-678-2024
Fecha
26 de junio de 2025
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITOART. 195LEY DE TRA.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación, los antecedentes de investigaciones y manifiesta su conformidad con la aplicación del procedimiento abreviado. El tribunal dicta sentencia, la cual se encuentra íntegra en el registro de audio, ordenando transcribir sólo lo resolutivo de la misma: Teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 11 N°6, 11 N° 9, 14, 15, 16, 18, 30, 67 y siguientes del Código Penal; 229, 259, 261, 297, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216 y Ley 18.290, se declara: I.- Que SE CONDENA, a don ALEJANDRO ESTEBAN CAMPOS ANDRADE, cédula de identidad 16975442-K, ya individualizado, como autor de un delito de manejo en estado de ebriedad causando daños y de un delito de huir el lugar sin dar cuenta de accidente de tránsito en el cual se produzcan daños, hechos ocurridos en esta comuna el día 09 de mayo de 2024, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO accesoria de SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO durante el tiempo de la condena, MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y accesoria especial de SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR DOS AÑOS, entendiéndose como la PROHIBICIÓN DE OBTENERLA en su caso por el mismo período. Asimismo, la SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POR UN AÑO, entendiéndose como la PROHIBICIÓN DE OBTENERLA por el mismo Código: UUNFXZVKFZC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl período y MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, que se refiere al segundo de los ilícitos mencionado. II.- Que, en cuanto al cumplimiento de la pena privativa de libertad, se le sustituye por la de remisión condicional por el mismo tiempo de la pena privativa de libertad, debiendo quedar sujeto al control administrativo del Centro de Detención Preventiva de Puerto Aysén, quien deberá presentarse dentro del plazo de quinto día desde ejecutoriada la sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si
Fallo
se declara: I.- Que SE CONDENA, a don ALEJANDRO ESTEBAN CAMPOS ANDRADE, cédula de identidad 16975442-K, ya individualizado, como autor de un delito de manejo en estado de ebriedad causando daños y de un delito de huir el lugar sin dar cuenta de accidente de tránsito en el cual se produzcan daños, hechos ocurridos en esta comuna el día 09 de mayo de 2024, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO accesoria de SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO durante el tiempo de la condena, MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y accesoria especial de SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR DOS AÑOS, entendiéndose como la PROHIBICIÓN DE OBTENERLA en su caso por el mismo período. Asimismo, la SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POR UN AÑO, entendiéndose como la PROHIBICIÓN DE OBTENERLA por el mismo Código: UUNFXZVKFZC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl período y MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, que se refiere al segundo de los ilícitos mencionado. II.- Que, en cuanto al cumplimiento de la pena privativa de libertad, se le sustituye por la de remisión condicional por el mismo tiempo de la pena privativa de libertad, debiendo quedar sujeto al control administrativo del Centro de Detención Preventiva de Puerto Aysén, quien deberá presentarse dentro del plazo de quinto día desde ejecutoriada la sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra.
Texto Completo (Preview)
Unidad de Garantía Individualización de Audiencia de procedimiento abreviado. Fecha Puerto Aisén, veintiséis de junio de dos mil veinticinco Magistrado Dalia del Carmen Illezca Carrasco Fiscal Alex Eduardo Olivero Núñez Defensor Roberto César Silva Jara Hora inicio 09:43AM Hora termino 10:07AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysen Acta cnl RUC 2400532061-1 RIT 678 - 20
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