5° COMISARÍA PITRUFQUÉN C/ DAVID BERNARDO BASTÍAS FUENTES
Rol
O-832-2025
Fecha
24 de junio de 2025
Materia
CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos establecidos: Se tuvo por acreditado que, el día 13 de abril del año 2.025, aproximadamente a las 12:45 hrs., en vía pública, la ruta S-70 a la altura del kilómetro 24 de la comuna de Pitrufquén, el requerido DAVID BERNARDO BASTIÁS FUENTES, conducía el camión marca fotón, modelo OLN 2.5 CS, que tiene un peso bruto vehicular de 4.615 kilos, momentos en que es fiscalizado por funcionarios policiales, quienes a la revisión de la documentación del requerido se percatan de que éste no contaba con licencia de conducir profesional que lo habilite para la conducción de vehículos de transporte de carga.. Parte resolutiva: Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5, 7, 11 N° 9, 14, 15, 24, 25, 49, 50, 67 y siguientes y demás pertinentes del Código Penal; 393 y siguientes y demás pertinentes del Código Procesal Penal; artículos 194 y demás pertinentes de la Ley 18.290; artículos 1, 4, 11 y demás pertinentes de la Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que se CONDENA al requerido, don DAVID BERNARDO BASTÍAS FUENTES, ya individualizado, como AUTOR, en grado de CONSUMADO, del delito de CONDUCCION DE VEHÍCULO MOTORIZADO SIN CONTAR CON LICENCIA PROFESIONAL DEBIDA, perpetrado en esta jurisdicción el día 13 de abril del año 2.025, a sufrir las siguientes penas: a.- SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, y accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 11 de la Ley 18.216, y concurriendo la voluntad expresa del imputado se sustituye el cumplimiento de la pena Código: DXXBXYPGNEZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl privativa de libertad impuesta, por la pena de 81 horas de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, debiendo el imputado presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Temuco, dentro del plazo de cinco días contados desde que la presen
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5, 7, 11 N° 9, 14, 15, 24, 25, 49, 50, 67 y siguientes y demás pertinentes del Código Penal; 393 y siguientes y demás pertinentes del Código Procesal Penal; artículos 194 y demás pertinentes de la Ley 18.290; artículos 1, 4, 11 y demás pertinentes de la Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que se CONDENA al requerido, don DAVID BERNARDO BASTÍAS FUENTES, ya individualizado, como AUTOR, en grado de CONSUMADO, del delito de CONDUCCION DE VEHÍCULO MOTORIZADO SIN CONTAR CON LICENCIA PROFESIONAL DEBIDA, perpetrado en esta jurisdicción el día 13 de abril del año 2.025, a sufrir las siguientes penas: a.- SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, y accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 11 de la Ley 18.216, y concurriendo la voluntad expresa del imputado se sustituye el cumplimiento de la pena Código: DXXBXYPGNEZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl privativa de libertad impuesta, por la pena de 81 horas de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, debiendo el imputado presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Temuco, dentro del plazo de cinco días contados desde que la presente sentencia se encuentre firme o ejecutoriada bajo apercibimiento legal de detención en su contra. La pena sustitutiva impuesta
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Pitrufquén, veinticuatro de junio de dos mil veinticinco. Conforme al artículo 62, inciso 3°, del Acta 71-2016, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. Los hechos establecidos: Se tuvo por acreditado que, el día 13 de abril del año 2.025, aproximadamente a las 12:45 hrs., en vía pública, la ruta S-70 a la altura del kilómetro 24 de la c
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