1º Juzgado de Letras de San Carlos

GARCÉS/

Rol

V-156-2021

Fecha

29 de noviembre de 2021

Materia

REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha 11 de agosto de 2021, folio 1, comparece doña MARÍA EMILIA GARCÉS ORTEGA, dueña de casa, con domicilio en Pasaje Marcela Paz N°345, San Gregorio, comuna de Ñiquén, quien interpone solicitud de cancelación de partida de nacimiento debido a la existencia de doble inscripción, y previas citas legales solicita se ordene al Servicio de Registro Civil e Identificación la cancelación de la segunda partida de nacimiento, inscrita bajo el nombre de Morelia Inés López Ortega, N°10 del año 1985, circunscripción San Carlos, quedando en definitiva la primera inscripción vigente para todos los efectos legales, ya que el nombre de María Emilia Garcés Ortega es el que siempre ha utilizado en el ámbito familiar y social. Funda la solicitud en que su nombre siempre ha sido María Emilia Garcés Ortega, su nacimiento ocurrió el día 16 de abril de 1983 y fue inscrito con el número 3554, Registro S, del año 1983 de la circunscripción de Quinta Normal; dicha inscripción fue requerida por sus padres biológicos don Humberto Garcés Matamala y doña Silvia del Carmen Ortega Roa. Indica que producto de la separación de sus padres, se traslada a vivir a la ciudad de San Carlos junto a su madre, quien comenzó una nueva relación de pareja con don Mamerto Antonio López Cerda y tuvieron una hija llamada Jacqueline Rosalía López Ortega. Siempre ha utilizado el nombre de María Emilia Garcés Ortega, siendo socialmente aceptada y reconocida con ese nombre, con fecha 24 de noviembre de 1999 contrajo matrimonio, del cual nacieron cuatro hijos. Manifiesta que en octubre de 2020 su hermana Jacqueline solicitó la posesión efectiva de su padre don Mamerto Antonio López Cerda, oportunidad en que tomó conocimiento que éste junto a su madre doña Silvia Ortega Roa solicitaron una nueva inscripción de su nacimiento, con el número 10 del año 1985, de la circunscripción de San Carlos, bajo el nombre de “Morelia Inés López Ortega”; el que nunca ha utilizado y que desconocía hasta esa fecha. Ante la d

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en estos autos doña MARÍA EMILIA GARCÉS ORTEGA, previamente individualizada, deduce solicitud de cancelación de partida de nacimiento debido a la existencia de doble inscripción, y en definitiva solicita se ordene al Servicio de Registro Civil e Identificación la cancelación de la segunda partida de nacimiento, inscrita bajo el nombre de Morelia Inés López Ortega, N°10 del año 1985, circunscripción San Carlos, quedando en definitiva la primera inscripción vigente para todos los efectos legales, ya que el nombre de María Emilia Garcés Ortega es el que siempre ha utilizado en el ámbito familiar y social, conforme los antecedentes de hecho y derecho consignados en lo expositivo de esta sentencia y que se tiene por reproducidos en aras de la economía procesal. SEGUNDO: Que, la solicitud de autos se sustenta en lo dispuesto en los artículos 17 y siguientes de la Ley N°4.808, que regulan la rectificación de las partidas emitidas por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Por una parte, se contempla la rectificación administrativa, facultad del Director General del Servicio y que procede en razón de omisiones o errores manifiestos, esto es, aquellos que se desprenden de la sola lectura de la inscripción o de los antecedentes que le dieron origen o que la complementan. Y la segunda posibilidad es la rectificación por vía judicial, mediante la cual con conocimiento de causa y a través de una sentencia ejecutoriada, el Tribunal altera o modifica una partida determinada que adolezca de errores; y de acuerdo a la jurisprudencia de la Excelentísima Corte Suprema, estos errores pueden clasificarse como “error original” que se presenta cuando al momento de practicarse la inscripción se consigna erróneamente un dato en la partida, o “error sobreviniente o consecuencial” en que no obstante haberse extendido correctamente la partida, se producen a posteriori ciertas circunstancias de importancia legal o se ejecutan actos jurídicos que modifican el estado civil. TERCERO: Que, en estos autos la peticionaria sostiene tener dos inscripciones de nacimiento diversas, con diferentes nombres y RUT, en que se indica como padre a individuos distintos, motivo por el cual pretende se cancele la segunda partida de nacimiento a nombre de doña Morelia Inés López Ortega, nombre que nunca ha utilizado. En consecuencia, lo primordial será determinar la efectiva identidad de persona entre las titulares de ambas inscripciones o partidas; en este sentido, la prueba rendida por la solicitante carece del mérito y rigor técnico y/o científico suficiente para acreditar de forma indubitada dicha circunstancia, es más, el Servicio de Registro Civil e Identificación en su informe número 6232 acompañado a autos, advierte que en la especie no puede concluirse que existe esta identidad debido a la discrepancia de los datos consignados y la inexistencia de antecedentes registrales o dactiloscópicos que puedan ser cotejado. CUARTO: Que, a mayor abundamient

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la Ley N°4.808; artículos 160, 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: Que, se rechaza en todas sus partes, la solicitud presentada con fecha 11 de agosto de 2021, por doña María Elena Garcés Ortega. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol N° V-156-2021.- Dictada por doña Débora Beatriz Riquelme Contreras, Juez Titular del Juzgado de Letras de San Carlos. Se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. San Carlos, veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-11-29T11:13:56-0300

Texto Completo (Preview)

Rol : V-156-2021.- Materia : Registro Civil, Rectificación partidas (R10). Solicitante : Garcés Ortega, María Emilia. Fecha de Inicio : 11 de agosto de 2021.- San Carlos, veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO: Con fecha 11 de agosto de 2021, folio 1, comparece doña MARÍA EMILIA GARCÉS ORTEGA, dueña de casa, con domicilio en Pasaje Marcela Paz N°345, San Gregorio, comuna de Ñiquén,

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