1º Juzgado de Letras de San Carlos

CASTRO/

Rol

V-55-2021

Fecha

29 de noviembre de 2021

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha 16 de abril de 2021, folio 1, comparece la abogada Mariana Castro Lledó, domiciliada para estos efectos en Chillán, calle 18 de septiembre 671, oficina 605, en nombre y representación de INVERSIONES LAUSEN LIMITADA, persona jurídica de derecho privado, con domicilio en Fundo La Palma, comuna de Ñiquén, representada a su vez, por don Ricardo Alfredo Lausen Kowald, agricultor, domiciliado en Fundo La Palma, sin número, comuna de Ñiquén; quien conforme lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces deduce reclamo ante la negativa del Conservador de Bienes Raíces de San Carlos, y previas citas legales solicita se ordene a dicho funcionario proceder a practicar la inscripción de la escritura de Partición y Adjudicación de fecha 14 de junio de 2019, Repertorio Notarial 2.524, otorgada ante el Notario don Alexis Patricio Paredes Aguilera, Notario Suplente del titular de la Primera Notaría de Chillán de don Gerardo Alfredo Cortés Gasaui, cuyo epígrafe es “Partición y Adjudicación Claudio Hernández Sotomayor” en su carácter de Juez Partidor del Juicio Arbitral caratulado “Inversiones Lausen Ltda., y Óscar Morales y Otros”, respecto de la cual se requirió la inscripción de adjudicación a favor de “Inversiones Lausen Ltda.”, del inmueble y derechos de aprovechamiento de aguas, requerimiento que se anotó en el Libro Repertorio de dicho Conservador el 17 de marzo de 2020, bajo los números 1817 y 1818. Funda su acción en que con fecha 26 de julio de 2016 su representada adquirió mediante compraventa todos los derechos que a Francisco José Alliende Arriagada le corresponden en el predio rural ubicado en el título Huenutil de la Cabrería, comuna de Ñiquén, de una superficie aproximada de treinta y seis cuadras más o menos, y cuyos deslindes son Norte, Río Ñiquén; Oriente, Sucesión de Sebastián González y Pablo Labrín; Sur, Pablo Labrín; y Poniente, Juan de Dios Toro y Otros. Derechos inscritos a nombre de Inversiones Laus

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en estos autos la abogada Mariana Castro Lledó, en representación de INVERSIONES LAUSEN LIMITADA, persona jurídica de derecho privado, representada a su vez, por don Ricardo Alfredo Lausen Kowald, todos previamente individualizados; quien conforme lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces interpone reclamo ante la negativa del Conservador de Bienes Raíces de San Carlos, y en definitiva solicita se ordene a dicho funcionario proceder a practicar la inscripción de la escritura de Partición y Adjudicación de fecha 14 de junio de 2019, Repertorio Notarial 2.524, otorgada ante don Alexis Patricio Paredes Aguilera, Notario Suplente del titular de la Primera Notaría de Chillán don Gerardo Alfredo Cortés Gasaui, cuyo epígrafe es “Partición y Adjudicación Claudio Hernández Sotomayor” en su carácter de Juez Partidor del Juicio Arbitral caratulado “Inversiones Lausen Ltda., y Óscar Morales y Otros”, respecto de la cual se requirió la inscripción de adjudicación a favor de “Inversiones Lausen Ltda.”, de inmueble y derechos de aprovechamiento de aguas, requerimiento que se anotó en el Libro Repertorio de dicho Conservador el 17 de marzo de 2020, bajo los números 1817 y 1818, según los antecedentes de hecho y derecho consignados en lo expositivo y que se tienen por reproducidos en aras de la economía procesal. SEGUNDO: Que, el señor Conservador de Bienes Raíces de la comuna evacuó informe de rigor, expresando los fundamentos de su negativa a practicar la inscripción solicitada, los que fueron señalados en lo expositivo de esta sentencia y se tienen por reproducidos. TERCERO: Que, el artículo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces autoriza a aquél que ha sido perjudicado con la negativa del señor Conservador a ocurrir ante el Tribunal competente, quien en vista de la solicitud y de los motivos expuestos por éste deberá resolver lo que en derecho corresponda. En la especie, el juicio versa sobre la negativa del señor Conservador de Bienes Raíces a inscribir en los registros a su cargo, escritura pública de 14 de junio de 2019 sobre partición y adjudicación, en virtud de la cual la reclamante Inversiones Lausen Limitada se adjudicó un inmueble y derechos de aprovechamiento de aguas a su favor, producto de un juicio particional llevado a cabo ante don Claudio Hernández Sotomayor en calidad de Juez Partidor. CUARTO: Que, el artículo 13 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces contiene los principios que dirigen la conducta del señor Conservador, señalando que éste no podrá rehusar ni retardar las inscripciones; no obstante, deberá negarse si la inscripción es en algún sentido legalmente inadmisible. En consecuencia, la competencia de este Tribunal consiste en establecer si el Conservador de Bienes Raíces de esta comuna ha actuado conforme al principio de legalidad y su rehusamiento se encuentra en armonía con las disposiciones legales que se apl

Fallo

Por tanto, en razón de lo expuesto y de lo dispuesto en los artículos 645 siguientes del Código Civil; artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; artículos 13 y 18 Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces; se resuelve: Que, SE RECHAZA la solicitud presentada con fecha 16 de abril de 2021, folio 1, por la abogada Mariano Castro Lledó, en representación de Inversiones Lausen Limitada, en contra de la negativa del señor Conservador de Bienes Raíces de San Carlos, por cuanto se estima que la calificación registral realizada por dicho funcionario respecto de la escritura pública de fecha 14 de junio de 2019, Repertorio Notarial 2.524, otorgada ante el Notario Público Suplente de la Primera Notaría de Chillán, fue conforme a su envestidura, en uso de las prerrogativas legales y conforme los antecedentes de la causa. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. ROL V-55-2021.- Dictada por doña Débora Beatriz Riquelme Contreras, Jueza Titular del Juzgado de Letras de San Carlos. Se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. San Carlos, ventinueve de noviembre de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Sal

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Rol : V-55-2021.- Materia : Bienes Raíces, Reclamo negativa del Conservador (R08) Solicitante : Inversiones Lausen Limitada. Fecha de Inicio : 16 de abril de 2021.- San Carlos, veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO: Con fecha 16 de abril de 2021, folio 1, comparece la abogada Mariana Castro Lledó, domiciliada para estos efectos en Chillán, calle 18 de septiembre 671, oficina 605, e

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